Chinchón (BOCM-20250509-49)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 110

Administración o que no se hubiere permitido su consulta en la presentación de la solicitud
del proceso selectivo:
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas
por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de
funcionario/a en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. Los/las nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o en
situación equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función
pública.
b) En el supuesto categorías que impliquen contacto habitual con menores, certificación expedida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales del Ministerio de
Justicia, en el que constará que no existe información penal del/de la interesado/a.
c) Documentación acreditativa de los restantes requisitos que, en su caso, pudieran
exigirse en el anexo de las presentes bases.
10.2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, quienes dentro del plazo indicado en el apartado 10.1, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida en estas bases o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas no podrán
ser nombrados/as funcionarios/as de carrera ni diligenciarse los contratos del personal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
10.3. En el citado plazo de veinte días hábiles fijado en la base 10.1, se publicará en
la sede electrónica del Ayuntamiento de Chinchón la relación de puestos a ofertar a los/las
aspirantes a efectos de que procedan, en el citado plazo, a la presentación de su solicitud de
adjudicación de los destinos.
Undécima. Adjudicación de destinos
11.1. La adjudicación de puestos de trabajo al personal funcionario y laboral de nuevo ingreso se efectuará de acuerdo con las peticiones de los/las interesados/as entre los
puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo.
11.2. Si algún/a aspirante no presentase solicitud de adjudicación de destinos, se le
adjudicará el puesto que no hubiera sido asignado a ningún/a otro/a aspirante.
Duodécima. Nombramiento como funcionario/a de carrera y formalización
de los contratos del personal laboral fijo
12.1. Concluido el proceso selectivo quienes lo hubieran superado y aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en estas bases, se procederá, según corresponda, a su nombramiento como funcionarios/as de carrera o a la declaración de la condición de personal laboral fijo por el titular del órgano competente.
12.2. La toma de posesión como funcionarios/as de carrera o la formalización del
contrato de trabajo del personal laboral fijo, por los/las aspirantes que hubiesen superado el
proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la
fecha de publicación de su nombramiento como funcionarios/as de carrera o declaración de
la condición de personal laboral fijo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID. Transcurrido el plazo de un mes, los/las aspirantes que no hayan tomado posesión
o suscrito el contrato de trabajo, perderán todos los derechos adquiridos durante el proceso
selectivo quedando anuladas todas sus actuaciones.

Contra las presentes bases, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición,
en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien podrá interponerse directamente, en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 114.1.c)

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Decimotercera. Recursos