B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250514-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 1084/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Técnica, Categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM

MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 114

nico policial. Legislación aplicable. Tendidos eléctricos peligrosos para la avifauna: Tipología, Especies afectadas, Legislación y medidas correctoras. Colisiones de avifauna con
superficies acristaladas: Medidas preventivas.
20. Uso del veneno contra la fauna en el medio natural. Tipos de sustancias utilizadas. Técnicas forenses: sintomatología, indicios y pruebas. Inspección ocular técnico policial en la escena del delito. Entomología forense. Datación del cadáver. Decreto 144/2018,
de 2 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Actuación contra el uso ilegal de veneno en el medio natural de la Comunidad de Madrid. Unidades caninas contra el veneno.
21. Legislación aplicable en incendios forestales. El Plan de Protección Civil de
Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA).
22. Investigación de la causalidad de los incendios forestales.
23. Fauna cinegética y piscícola de la Comunidad de Madrid: Descripción y principales características. Ordenación cinegética: Legislación aplicable, planes de aprovechamiento cinegético. Normativa cinegética y piscícola aplicable en la Comunidad de Madrid.
Especial referencia a las órdenes de veda vigentes. Técnicas de muestreo, censos e inventarios en fauna cinegética y piscícola. Directrices técnicas para la captura de especies cinegéticas predadoras: Homologación de métodos de captura y acreditación de usuarios. Captura de aves fringílidas en la Comunidad de Madrid. Homologación de trofeos de caza.
24. Evaluación Ambiental. Normativa de evaluación de impacto ambiental aplicable
en la Comunidad de Madrid.
25. Centro de recuperación de animales silvestres de la Comunidad de Madrid:
CRAS. Otros centros de recuperación de animales silvestres: GREFA, BRINZAL.
26. Trabajo en equipo. Diseño y realización de protocolos de actuación y procedimientos normalizados de trabajo para agentes forestales en sus funciones de emergencias, apoyo
técnico, vigilancia e inspección policial. Actuaciones de trabajos en altura relacionados con
Agentes Forestales. Equipos, materiales de trabajo y Equipos de Protección individual.
27. Protección de animales domésticos. Régimen jurídico de la tenencia de animales
potencialmente peligrosos. Legislación aplicable.
28. El lobo en la Comunidad de Madrid. Biología y etología. Problemática, ayudas,
medidas preventivas. Peritaje por daños de canidos y buitres. Especies de ganado afectadas.
Legislación aplicable. Apicultura en la Comunidad de Madrid. Legislación aplicable.
29. Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid.
30. Vías pecuarias en la Comunidad de Madrid. Legislación.
31. Selvicultura. Concepto. Tratamientos de Monte alto. Cortas de regeneración.
Claras. Clareos. Condicionantes de aplicación. Tratamientos de Monte bajo. Condicionantes de aplicación. Tratamientos de dehesas. Tratamientos parciales: Podas, desbroces.
32. Técnicas de producción forestal. Aprovechamientos forestales y explotación de los
montes. Técnicas dasométricas. Cortas de madera, señalamiento, apeo, desembosque. Gestión de los residuos y control de los restos vegetales y quemas controladas. Maquinaria forestal: Tipos y utilización. Aspectos relacionados con la conservación del medio natural.
ANEXO II
CUADRO DE APTITUD MÉDICA PARA EL INGRESO EN EL CUERPO
DE AGENTES FORESTALES, ESCALA TÉCNICA, CATEGORÍA
DE TÉCNICO MEDIO AGENTE FORESTAL, DE ADMINISTRACIÓN
ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A2, DE LA COMUNIDAD DE MADRID
La persona aspirante ha de estar exenta de toda enfermedad orgánica, de toda secuela
de accidente y de cualquier deficiencia física o psíquica que pueda constituir una dificultad
en la práctica profesional, teniendo como base los criterios preventivos que se indican a
continuación:
Oftalmología:
No presentar:
— Agudeza visual lejana con/sin corrección de menos de 0.8 en el ojo mejor y de 0.4
en el peor (agudeza visual medida por el test de Snellen). El error de refracción en
el examen de salud estará comprendido entre +5 a –6Dp.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID