B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250514-2)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 1084/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Técnica, Categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 26
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 114
— Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B, o haber cumplido las condiciones necesarias para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
— Ostentar la condición de personal funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo
de Agentes Forestales, Escala Operativa, Categoría de Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, y haber
prestado servicios efectivos como personal funcionario de carrera durante, al menos, dos años en el aludido Cuerpo, Escala y Categoría.
Asimismo, podrá participar el personal funcionario de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentre prestando servicios en la Administración de la
Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el
artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y que pertenezca en su Administración de origen a un Cuerpo, Escala o Especialidad del Subgrupo C1 equivalente al Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Operativa, Categoría de Agente Forestal, de Administración Especial,
Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, y haya prestado servicios
efectivos como personal funcionario de carrera durante, al menos, dos años en el
Cuerpo, Escala o Especialidad funcionarial de procedencia.
2. Todos los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta
el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera del Cuerpo, Escala y Categoría sobre la que versa la presente Orden.
Cuarta
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes se presentarán electrónicamente, junto con la documentación que
debe acompañarlas, a través del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid,
en virtud de lo regulado en el artículo 6 del Decreto 127/2022, de 7 de diciembre.
Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de
uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o cualquier otro sistema
de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar
a través de la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocioninterna-administracion-servicios-comunidad-madrid , o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid
Los interesados deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos
exigidos por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Asimismo, tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de
la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.
La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos, salvo que el
interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se
exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. No obstante lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la autorización expresa del interesado.
Las Administraciones Públicas deberán recabar los documentos electrónicamente a
través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de
datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.
Al ser los solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, la notificación se realizará a través de medios electrónicos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal. A
tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones
BOCM-20250514-2
Solicitudes y plazo de presentación
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 114
— Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B, o haber cumplido las condiciones necesarias para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
— Ostentar la condición de personal funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo
de Agentes Forestales, Escala Operativa, Categoría de Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, y haber
prestado servicios efectivos como personal funcionario de carrera durante, al menos, dos años en el aludido Cuerpo, Escala y Categoría.
Asimismo, podrá participar el personal funcionario de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentre prestando servicios en la Administración de la
Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el
artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y que pertenezca en su Administración de origen a un Cuerpo, Escala o Especialidad del Subgrupo C1 equivalente al Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Operativa, Categoría de Agente Forestal, de Administración Especial,
Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, y haya prestado servicios
efectivos como personal funcionario de carrera durante, al menos, dos años en el
Cuerpo, Escala o Especialidad funcionarial de procedencia.
2. Todos los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta
el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera del Cuerpo, Escala y Categoría sobre la que versa la presente Orden.
Cuarta
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes se presentarán electrónicamente, junto con la documentación que
debe acompañarlas, a través del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid,
en virtud de lo regulado en el artículo 6 del Decreto 127/2022, de 7 de diciembre.
Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de
uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o cualquier otro sistema
de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar
a través de la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocioninterna-administracion-servicios-comunidad-madrid , o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid
Los interesados deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos
exigidos por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Asimismo, tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de
la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.
La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos, salvo que el
interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se
exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. No obstante lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la autorización expresa del interesado.
Las Administraciones Públicas deberán recabar los documentos electrónicamente a
través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de
datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.
Al ser los solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, la notificación se realizará a través de medios electrónicos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal. A
tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones
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Solicitudes y plazo de presentación