Arganda del Rey (BOCM-20250514-39)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 114

26. Autorizar y disponer los gastos relativos a la carga financiera de la entidad local
Autorizar, disponer y reconocer las obligaciones relativas a órdenes de pagos a justificar.
27. Reconocer y liquidar las obligaciones derivadas de los compromisos de gastos,
legalmente adquiridos.
28. Ordenar los pagos y firmar los correspondientes talones bancarios y órdenes de
transferencias.
29. Dar el visto bueno a las certificaciones y escritos de contenido económico.
30. Autorización y constitución de anticipos de caja fija, su cancelación, nombramiento de habilitados, aprobación de cuentas justificativas y ordenación de reposición de
fondos.
31. Reconocimiento y liquidación de intereses de demora.
32. Apertura y cancelación de cuentas operativas, restringidas y de colocación de excedentes, incluyendo, en su caso, la firma y formalización de los contratos.
33. Autorización de entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria.
34. Aprobación del Plan de inspección anual que comprenderá los hechos y actividades sujetas a las actuaciones de comprobación e investigación de los tributos en el
municipio de Arganda del Rey a desarrollar por el Servicio de Inspección Tributaria.
35. Autorizar la inclusión de los contribuyentes en el Plan de Inspección que vayan
a ser objeto de un procedimiento de comprobación e investigación; aprobación de las resoluciones del procedimiento inspector y demás acuerdos que pongan término a los mismos;
y, en su caso, aprobar las liquidaciones resultantes de los anteriores, de acuerdo a lo previsto en su normativa de aplicación.
36. Autorización de documentos contables, presupuestarios y no presupuestarios
que impliquen formalización de ingresos de todo tipo, incluso patrimoniales, así como su
anulación, baja y rectificación.
37. Aprobación y modificación de incorporaciones de remanentes de crédito junto
con su financiación de cualquier tipo.
38. Adopción de medidas provisionales que según la Ley de Procedimiento Administrativo Común puedan adoptarse en relación con las materias atribuidas a la citada
Concejalía.
39. Publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos del Ayuntamiento en
aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas a la citada Concejalía.
40. Remisión al portal de transparencia de todos los actos y acuerdos que conforme
a las Leyes de Transparencia en vigor fueran preceptivas en relación con el ámbito material de la delegación.
41. La rectificación de errores de actos dictados en el ámbito de la competencia delegada en los términos de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.
42. Infraestructura y logística de todo lo relacionado con los eventos o espectáculos
taurinos y de las Fiestas Patronales y Navideñas.
43. Tramitación y resolución de solicitudes de acceso a la información respecto de
procedimientos en curso, que los interesados puedan formular, en el ámbito de las competencias delegadas, en los términos establecidos en el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
44. Llevar a puro y debido cumplimiento, una vez firmes y acatadas, las resoluciones administrativas y judiciales en materia de tributos e ingresos recaídas en asuntos del
ámbito de sus competencias, así como, efectuar propuestas de cumplimiento a otros órganos competentes de su ejecución, por razón del ámbito de la competencia de la concejalía.
45. Aprobar, formalizar y publicar los encargos a la Empresa de Servicios Municipales de Arganda (ESMAR, S. A.) como medio propio personificado del Ayuntamiento de
Arganda en relación con los ámbitos materiales delegados y, al amparo de lo previsto en el
artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, incluida, por tanto, la aprobación y el compromiso del gasto que comporte dicho encargo y siempre que no exceda de los límites que
en materia de gastos sea competencia de la Alcaldía.
Facultades de fomento:
46. Solicitud y justificación de subvenciones incluidas en su ámbito de gestión e inspección objeto de delegación.
47. Promoción, aprobación y concesión de subvenciones o premios en el ámbito de
las competencias delegadas y los expedientes de justificación y, en su caso reintegro.

BOCM-20250514-39

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