Arganda del Rey (BOCM-20250514-39)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 114
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2025
Pág. 163
1.11. Nombrar a D. Pedro Vicente Majolero López, titular de la Concejalía Delegada
de Promoción Económica y Movilidad delegándole las competencias de la Alcaldía en los
siguientes ámbitos materiales y con el alcance y condiciones señalados:
Ámbito material de la Delegación
—
—
—
—
—
—
—
—
—
—
—
Desarrollo y promoción económica.
Canalización de recursos externos.
Desarrollo local.
Proyecto de apoyo a emprendedores.
Servicios de formación y capacitación de trabajadores, desempleados emprendedores y creación de empleo.
Inspección instalaciones adscritas al servicio.
Ferias.
Gestión programas y actuaciones en materia de tráfico de vehículos y personas en
vías urbanas.
Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad.
Transporte colectivo urbano.
Consorcio de Transportes de la Comunidad de Madrid.
Facultades directivas:
1. Ejercer la representación, ordenación y dirección de todos los servicios y actuaciones de la Concejalía relativos al ámbito material de la delegación.
2. Fijar los objetivos de la Concejalía de su competencia, aprobar los Planes de gestión y actuación de la misma y asignar los recursos necesarios para su ejecución, de acuerdo
con las normas presupuestarias correspondientes.
3. Dictar cuantas providencias de impulso y tramitación sean precisas o convenientes en los respectivos expedientes.
4. Elevar al Pleno o Junta de Gobierno las propuestas que les correspondan en el ámbito de las competencias de su Área.
5. Cooperación o Colaboración con otras Administraciones Públicas, entidades de
derecho público o entidades de derechos privado y particulares, que tengan como fin la ejecución de las competencias que son objeto de esta delegación incluyendo la aprobación y
formalización de Convenios, a excepción de los convenios urbanísticos.
6. Redacción y propuesta de Ordenanzas Municipales orientadas a la regulación del
ámbito material objeto de delegación.
7. Gestionar e inspeccionar todos los servicios e instalaciones adscritas a la Concejalía.
8. Dirección de la promoción económica y el desarrollo industrial e innovación del
municipio.
Facultades Resolutorias y Ejecutivas:
9. Resolver todo tipo de solicitudes que los particulares o empresas puedan formular
o todo tipo de expedientes incoados por el Ayuntamiento en el ámbito de las competencias
delegadas en la concejalía, salvo las que deban ser competencia de otros órganos bien por
la normativa vigente o bien por delegación.
10. Diseño e implementación de Estrategias de promoción del territorio para la localización de nuevas actividades económicas y de inversión.
11. Coordinación de recursos municipales para el desarrollo local.
12. Elaborar, aprobar y gestionar programas de apoyo a emprendedores y de creación de empleo.
13. Adopción de medidas provisionales que según la Ley de Procedimiento Administrativo Común puedan adoptarse en relación con las materias atribuidas a la citada Concejalía.
14. Publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos del Ayuntamiento en
aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas a la citada Concejalía.
15. Remisión al portal de transparencia de todos los actos y acuerdos que conforme
a las Leyes de Transparencia en vigor fueran preceptivas en relación con el ámbito material de la delegación.
16. La estimación o desestimación de las solicitudes que los particulares puedan
formular en el ámbito de las competencias que les delegue esta Alcaldía en relación con el
área, concejalía o servicio encomendado.
BOCM-20250514-39
Facultades delegadas
B.O.C.M. Núm. 114
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2025
Pág. 163
1.11. Nombrar a D. Pedro Vicente Majolero López, titular de la Concejalía Delegada
de Promoción Económica y Movilidad delegándole las competencias de la Alcaldía en los
siguientes ámbitos materiales y con el alcance y condiciones señalados:
Ámbito material de la Delegación
—
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Desarrollo y promoción económica.
Canalización de recursos externos.
Desarrollo local.
Proyecto de apoyo a emprendedores.
Servicios de formación y capacitación de trabajadores, desempleados emprendedores y creación de empleo.
Inspección instalaciones adscritas al servicio.
Ferias.
Gestión programas y actuaciones en materia de tráfico de vehículos y personas en
vías urbanas.
Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad.
Transporte colectivo urbano.
Consorcio de Transportes de la Comunidad de Madrid.
Facultades directivas:
1. Ejercer la representación, ordenación y dirección de todos los servicios y actuaciones de la Concejalía relativos al ámbito material de la delegación.
2. Fijar los objetivos de la Concejalía de su competencia, aprobar los Planes de gestión y actuación de la misma y asignar los recursos necesarios para su ejecución, de acuerdo
con las normas presupuestarias correspondientes.
3. Dictar cuantas providencias de impulso y tramitación sean precisas o convenientes en los respectivos expedientes.
4. Elevar al Pleno o Junta de Gobierno las propuestas que les correspondan en el ámbito de las competencias de su Área.
5. Cooperación o Colaboración con otras Administraciones Públicas, entidades de
derecho público o entidades de derechos privado y particulares, que tengan como fin la ejecución de las competencias que son objeto de esta delegación incluyendo la aprobación y
formalización de Convenios, a excepción de los convenios urbanísticos.
6. Redacción y propuesta de Ordenanzas Municipales orientadas a la regulación del
ámbito material objeto de delegación.
7. Gestionar e inspeccionar todos los servicios e instalaciones adscritas a la Concejalía.
8. Dirección de la promoción económica y el desarrollo industrial e innovación del
municipio.
Facultades Resolutorias y Ejecutivas:
9. Resolver todo tipo de solicitudes que los particulares o empresas puedan formular
o todo tipo de expedientes incoados por el Ayuntamiento en el ámbito de las competencias
delegadas en la concejalía, salvo las que deban ser competencia de otros órganos bien por
la normativa vigente o bien por delegación.
10. Diseño e implementación de Estrategias de promoción del territorio para la localización de nuevas actividades económicas y de inversión.
11. Coordinación de recursos municipales para el desarrollo local.
12. Elaborar, aprobar y gestionar programas de apoyo a emprendedores y de creación de empleo.
13. Adopción de medidas provisionales que según la Ley de Procedimiento Administrativo Común puedan adoptarse en relación con las materias atribuidas a la citada Concejalía.
14. Publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos del Ayuntamiento en
aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas a la citada Concejalía.
15. Remisión al portal de transparencia de todos los actos y acuerdos que conforme
a las Leyes de Transparencia en vigor fueran preceptivas en relación con el ámbito material de la delegación.
16. La estimación o desestimación de las solicitudes que los particulares puedan
formular en el ámbito de las competencias que les delegue esta Alcaldía en relación con el
área, concejalía o servicio encomendado.
BOCM-20250514-39
Facultades delegadas