C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20250515-3)
Plan estratégico subvenciones – Orden de 25 de abril de 2025, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 115
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE MAYO DE 2025
Pág. 57
ANEXO I
LÍNEAS DE SUBVENCIÓN EN RÉGIMEN
DE CONCURRENCIA COMPETITIVA
Objetivos y efectos perseguidos:
Se pretende fomentar la formación en el sector del transporte por carretera a través de
la realización de actividades formativas dirigidas tanto a los trabajadores como a los propios empresarios.
La adecuada preparación de empresarios y trabajadores es un requisito imprescindible
para la buena marcha de cualquier sector de actividad, más aún en un entorno de creciente
competencia internacional. En el caso del transporte, esta necesidad de formación se ve
acentuada por dos circunstancias específicas del sector: la existencia de una exhaustiva y
cambiante regulación emanada de las distintas Administraciones Públicas, que exige un
permanente esfuerzo de actualización, y la incidencia que las actividades de transporte tienen sobre la seguridad vial en general.
Por ello, al objeto de llevar a cabo la realización de las funciones públicas de ordenación del sector, es preciso contar con la colaboración de las asociaciones profesionales de
transportistas y empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte, las federaciones integradas de modo exclusivo por dichas asociaciones y las organizaciones sindicales con implantación efectiva en el sector del transporte por carretera de la Comunidad
de Madrid, a cuyo efecto tales asociaciones, federaciones y organizaciones, todas ellas sin
ánimo de lucro, podrán ser beneficiarias de esta ayuda.
Las actuaciones que se realicen a través de esta línea de ayuda contribuirán a:
— Incrementar la realización de actividades formativas relacionadas con el sector del
transporte por carretera.
— Contribuir a la mejora en la seguridad vial.
— Hacer más competitivo el sector del transporte, tanto en el ámbito nacional como
en el internacional.
Plazo para su consecución:
El plazo de ejecución de estas actuaciones es el año 2025.
Costes previsibles y fuente de financiación:
La acción de fomento general de actividades formativas en el sector del transporte por
carretera dispondrá de 140.000 euros y se financiará con cargo al programa 453 “Control y
Gestión del Transportes”, subconcepto 48099, “Otras Instituciones sin fines de lucro”, de
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2025.
Plan de acción:
Estas subvenciones se regularán por las bases reguladoras aprobadas mediante la Orden de 10 de julio de 2019, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras.
En el primer semestre del ejercicio 2025 se efectuará la convocatoria de esta línea de
subvenciones.
El órgano instructor de los expedientes será la Dirección General de Transportes y Movilidad.
El órgano que resolverá la convocatoria será el Consejero de Vivienda, Transportes e
Infraestructuras.
El procedimiento de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Seguimiento y evaluación:
El seguimiento y control corresponderá a la Dirección General de Transportes y Movilidad.
La Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, la Intervención General, la
Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid y otros órganos competentes podrán realizar cuantas comprobaciones estimen oportunas, y recabar información del beneficiario para
verificar la adecuada aplicación de la ayuda.
BOCM-20250515-3
1. Subvenciones para la formación en el sector del transporte por carretera
a través de la realización de actividades formativas dirigidas tanto
a los trabajadores como a los propios empresarios
B.O.C.M. Núm. 115
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE MAYO DE 2025
Pág. 57
ANEXO I
LÍNEAS DE SUBVENCIÓN EN RÉGIMEN
DE CONCURRENCIA COMPETITIVA
Objetivos y efectos perseguidos:
Se pretende fomentar la formación en el sector del transporte por carretera a través de
la realización de actividades formativas dirigidas tanto a los trabajadores como a los propios empresarios.
La adecuada preparación de empresarios y trabajadores es un requisito imprescindible
para la buena marcha de cualquier sector de actividad, más aún en un entorno de creciente
competencia internacional. En el caso del transporte, esta necesidad de formación se ve
acentuada por dos circunstancias específicas del sector: la existencia de una exhaustiva y
cambiante regulación emanada de las distintas Administraciones Públicas, que exige un
permanente esfuerzo de actualización, y la incidencia que las actividades de transporte tienen sobre la seguridad vial en general.
Por ello, al objeto de llevar a cabo la realización de las funciones públicas de ordenación del sector, es preciso contar con la colaboración de las asociaciones profesionales de
transportistas y empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte, las federaciones integradas de modo exclusivo por dichas asociaciones y las organizaciones sindicales con implantación efectiva en el sector del transporte por carretera de la Comunidad
de Madrid, a cuyo efecto tales asociaciones, federaciones y organizaciones, todas ellas sin
ánimo de lucro, podrán ser beneficiarias de esta ayuda.
Las actuaciones que se realicen a través de esta línea de ayuda contribuirán a:
— Incrementar la realización de actividades formativas relacionadas con el sector del
transporte por carretera.
— Contribuir a la mejora en la seguridad vial.
— Hacer más competitivo el sector del transporte, tanto en el ámbito nacional como
en el internacional.
Plazo para su consecución:
El plazo de ejecución de estas actuaciones es el año 2025.
Costes previsibles y fuente de financiación:
La acción de fomento general de actividades formativas en el sector del transporte por
carretera dispondrá de 140.000 euros y se financiará con cargo al programa 453 “Control y
Gestión del Transportes”, subconcepto 48099, “Otras Instituciones sin fines de lucro”, de
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2025.
Plan de acción:
Estas subvenciones se regularán por las bases reguladoras aprobadas mediante la Orden de 10 de julio de 2019, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras.
En el primer semestre del ejercicio 2025 se efectuará la convocatoria de esta línea de
subvenciones.
El órgano instructor de los expedientes será la Dirección General de Transportes y Movilidad.
El órgano que resolverá la convocatoria será el Consejero de Vivienda, Transportes e
Infraestructuras.
El procedimiento de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Seguimiento y evaluación:
El seguimiento y control corresponderá a la Dirección General de Transportes y Movilidad.
La Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, la Intervención General, la
Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid y otros órganos competentes podrán realizar cuantas comprobaciones estimen oportunas, y recabar información del beneficiario para
verificar la adecuada aplicación de la ayuda.
BOCM-20250515-3
1. Subvenciones para la formación en el sector del transporte por carretera
a través de la realización de actividades formativas dirigidas tanto
a los trabajadores como a los propios empresarios