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Convenio – Convenio de 8 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Madrileña de Oficios Artesanos, para la celebración de la Feria Mercado de Artesanía de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 117
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE MAYO DE 2025
Pág. 7
Segunda
Obligaciones de la Asociación Artesana AMOA
1. Organización de la Feria Mercado de Artesanía de Madrid.
AMOA, con objeto de potenciar e incrementar la eficacia de la Feria Mercado de Artesanía de Madrid, asume la organización de la misma, y para su correcta realización aporta:
a) Los recursos humanos suficientes para garantizar la gestión encomendada, así
como aquellos otros medios complementarios que estipule este Convenio y que resulten suficientes para garantizar la eficaz gestión de la organización y desarrollo
de la Feria Mercado de Artesanía de Madrid, respetando siempre los principios básicos de contratación: objetividad, transparencia, publicidad y no discriminación.
b) Todos los medios materiales de que dispone, así como cualesquiera otros que estipule este Convenio.
c) Su mejor saber y forma de actuar para la organización de todas las actividades incluidas dentro de esta actividad Ferial.
d) El compromiso de asumir la responsabilidad de la organización de la Feria Mercado de Artesanía de Madrid en todas sus fases y actividades, las cuales se enumeran a efectos meramente indicativos y no limitativos, a saber:
— La tramitación y pago de las oportunas autorizaciones administrativas ante el
Ayuntamiento de Madrid o cualquier otra administración pública.
— La comercialización y promoción de la Feria.
— La difusión de la Feria en los medios que se determine.
— La búsqueda y/o coordinación de actos y/o apoyos e iniciativas promocionales a la Feria por parte de otras instituciones.
— La coordinación del montaje y desmontaje de las casetas y de cualesquiera
otros elementos de que conste la instalación y el equipamiento de la Feria.
— La contratación del servicio de seguridad y vigilancia que garantice la seguridad de los bienes y las personas durante el montaje, el desarrollo y el desmontaje de la Feria, seleccionando para ello y supervisando a la empresa de seguridad, así como tomando todas las medidas que ayuden a alcanzar este fin.
— La aportación del servicio de azafatas y coordinadores, si se estimara necesario.
— La información al público.
— La atención al expositor.
— El mantenimiento de todos los elementos de la Feria.
— La suscripción de un seguro de responsabilidad civil de explotación, derivada
de accidentes de trabajo y protección jurídica. En ningún caso cubrirá daños
producidos por incendio, vandalismo, hurto, robo, inundaciones.
— La organización de los actos de inauguración y presentación de la Feria.
— La elaboración de un Informe de Resultados de la Feria, que deberá ser remitido
a la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios con fecha límite
del 1 de febrero del año siguiente al de la celebración.
2. Fechas y lugar de celebración.
AMOA se compromete a organizar la Feria Mercado de Artesanía de Madrid en el período navideño anual, con una duración aproximada de un mes pudiendo dar comienzo en
los primeros días del mes de diciembre, salvo que, por causa justificada, no pudiera iniciarse en las fechas previstas.
Así mismo, AMOA realizará la Feria en el lugar de la ciudad de Madrid que reúna las
condiciones necesarias para el desarrollo adecuado de esta actividad, y que cuente con las
autorizaciones correspondientes.
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
1. Cesión de los derechos de Propiedad Industrial.
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
cederá, durante el período en que se desarrolle la Feria y hasta la fecha de presentación del
Informe de Resultados, los derechos de propiedad Industrial, que se expresan en el Anexo I
de este Convenio, significando con ello que AMOA ostentará la titularidad y disfrute de todo
lo referido a la Feria Mercado de Artesanía de Madrid. Todo ello conforme al artículo 59 de
BOCM-20250517-2
Tercera
B.O.C.M. Núm. 117
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE MAYO DE 2025
Pág. 7
Segunda
Obligaciones de la Asociación Artesana AMOA
1. Organización de la Feria Mercado de Artesanía de Madrid.
AMOA, con objeto de potenciar e incrementar la eficacia de la Feria Mercado de Artesanía de Madrid, asume la organización de la misma, y para su correcta realización aporta:
a) Los recursos humanos suficientes para garantizar la gestión encomendada, así
como aquellos otros medios complementarios que estipule este Convenio y que resulten suficientes para garantizar la eficaz gestión de la organización y desarrollo
de la Feria Mercado de Artesanía de Madrid, respetando siempre los principios básicos de contratación: objetividad, transparencia, publicidad y no discriminación.
b) Todos los medios materiales de que dispone, así como cualesquiera otros que estipule este Convenio.
c) Su mejor saber y forma de actuar para la organización de todas las actividades incluidas dentro de esta actividad Ferial.
d) El compromiso de asumir la responsabilidad de la organización de la Feria Mercado de Artesanía de Madrid en todas sus fases y actividades, las cuales se enumeran a efectos meramente indicativos y no limitativos, a saber:
— La tramitación y pago de las oportunas autorizaciones administrativas ante el
Ayuntamiento de Madrid o cualquier otra administración pública.
— La comercialización y promoción de la Feria.
— La difusión de la Feria en los medios que se determine.
— La búsqueda y/o coordinación de actos y/o apoyos e iniciativas promocionales a la Feria por parte de otras instituciones.
— La coordinación del montaje y desmontaje de las casetas y de cualesquiera
otros elementos de que conste la instalación y el equipamiento de la Feria.
— La contratación del servicio de seguridad y vigilancia que garantice la seguridad de los bienes y las personas durante el montaje, el desarrollo y el desmontaje de la Feria, seleccionando para ello y supervisando a la empresa de seguridad, así como tomando todas las medidas que ayuden a alcanzar este fin.
— La aportación del servicio de azafatas y coordinadores, si se estimara necesario.
— La información al público.
— La atención al expositor.
— El mantenimiento de todos los elementos de la Feria.
— La suscripción de un seguro de responsabilidad civil de explotación, derivada
de accidentes de trabajo y protección jurídica. En ningún caso cubrirá daños
producidos por incendio, vandalismo, hurto, robo, inundaciones.
— La organización de los actos de inauguración y presentación de la Feria.
— La elaboración de un Informe de Resultados de la Feria, que deberá ser remitido
a la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios con fecha límite
del 1 de febrero del año siguiente al de la celebración.
2. Fechas y lugar de celebración.
AMOA se compromete a organizar la Feria Mercado de Artesanía de Madrid en el período navideño anual, con una duración aproximada de un mes pudiendo dar comienzo en
los primeros días del mes de diciembre, salvo que, por causa justificada, no pudiera iniciarse en las fechas previstas.
Así mismo, AMOA realizará la Feria en el lugar de la ciudad de Madrid que reúna las
condiciones necesarias para el desarrollo adecuado de esta actividad, y que cuente con las
autorizaciones correspondientes.
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
1. Cesión de los derechos de Propiedad Industrial.
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
cederá, durante el período en que se desarrolle la Feria y hasta la fecha de presentación del
Informe de Resultados, los derechos de propiedad Industrial, que se expresan en el Anexo I
de este Convenio, significando con ello que AMOA ostentará la titularidad y disfrute de todo
lo referido a la Feria Mercado de Artesanía de Madrid. Todo ello conforme al artículo 59 de
BOCM-20250517-2
Tercera