D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250517-7)
Convenio –  Convenio específico de 7 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Juegaterapia, para la decoración de la zona del Hospital de Día de Oncología, del Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 117

Segundo
Que con fecha 20 de diciembre de 2017 se suscribió el Convenio Marco entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y
la Fundación Juegaterapia (a partir de ahora “la Fundación”), para la realización de actividades en los centros sanitarios que mejoren la calidad de vida de los pacientes de oncología infantil y/u otras patologías infantiles.
El objeto de dicho convenio marco es regular la colaboración entre la Comunidad de
Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación,
mediante la promoción del juego, la creatividad y el arte como recurso de bienestar, para favorecer la humanización de la asistencia sanitaria a los pacientes pediátricos oncológicos y
con otras patologías ingresados y/o en tratamiento en los siguientes hospitales: el Hospital
General Universitario “Gregorio Marañón”, Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”,
Hospital Universitario “12 de Octubre” y Hospital Universitario “La Paz”-Cantoblanco“Carlos III”, pudiéndose extender a cuantos otros hospitales pudieran estimar oportuno las
partes. La vigencia del convenio es de cuatro años, hasta el 20 de diciembre de 2021.
Que conforme a lo dispuesto en la cláusula novena del convenio marco y a fin de continuar las actividades reflejadas en el mismo, el 28 de octubre de 2021 las partes firmaron una
adenda de modificación y prórroga que amplía el período de la vigencia del convenio marco
desde el 21 de diciembre de 2021 hasta el 20 de diciembre de 2025, ambas fechas inclusive.
Tercero
Que la cláusula primera de dicho convenio marco, determina que, en su desarrollo, podrán suscribirse los convenios específicos que delimiten las actuaciones concretas que acuerden las partes, dentro de las líneas de colaboración que establece el propio convenio marco
y entre las que se encuentra la decoración de las salas de pediatría y de cualquier sala hospitalaria en general donde se reciban pacientes de oncología infantil y otras patologías.
Cuarto
Que, en desarrollo de la cláusula primera del convenio marco, se suscribe este convenio específico con el objeto de potenciar la realización de actividades dirigidas a la humanización de los entornos sanitarios que mejoren la calidad de vida de los pacientes en los hospitales del Servicio Madrileño de Salud y en particular ejecutar las actuaciones previstas en
el anexo I, que se llevarán a cabo en el Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”.
Quinto
Que el Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús” está adscrito al Servicio Madrileño de
Salud, de acuerdo con la disposición adicional segunda del Decreto 246/2023, de 4 de octubre.
Sexto
Que el presente documento se enmarca dentro del despliegue de actividades de la estrategia de humanización de la Consejería de Sanidad con el objeto de impulsar y promover intervenciones que mejoren la humanización en el proceso asistencial en los centros y
servicios sanitarios del Servicio Madrileño de Salud posibilitando un sistema sanitario cercano que, sin disminuir su calidad científico-técnica, destaque la importancia de la dimensión humana de la atención sanitaria y la personalización de la asistencia. Dentro de estas
actividades se encuentra la puesta al servicio del ciudadano de servicios sanitarios cercanos, transformando los centros y servicios sanitarios en entornos más humanos.

Que la Fundación Juegaterapia es una entidad sin ánimo de lucro, clasificada por Orden SSI/2642/2012 de 27 de noviembre de 2012, e inscrita en el Registro de Fundaciones
del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad bajo el número 28-1699, está inscrita en el registro de fundaciones de competencia estatal del Ministerio de Justicia con número
de registro 1056 e incluida entre las reguladas en el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de
diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo y que de conformidad con el artículo 3 de sus Estatutos, por el que se establecen los fines fundacionales, se elaborarán e implementarán las actuaciones de colaboración previstas en el anexo I adjunto.

BOCM-20250517-7

Séptimo