D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250517-7)
Convenio – Convenio específico de 7 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Juegaterapia, para la decoración de la zona del Hospital de Día de Oncología, del Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 117
SÁBADO 17 DE MAYO DE 2025
Pág. 53
En virtud de lo expuesto, las partes, en el ejercicio de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto, la definición, desarrollo y ejecución de actuaciones dirigidas a la humanización de los entornos sanitarios que permitan mejorar la calidad de vida de los pacientes ingresados y/o en tratamiento y de sus familiares o allegados,
mediante la adecuación de espacios en el Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”, en
concreto, la decoración de la zona de Hospital de Día de Oncología ubicada en la planta primera. El objetivo prioritario es conseguir que los entornos hospitalarios sean más humanos
y hagan que los pacientes y sus familiares se sientan en un entorno más acogedor y familiar, de acuerdo a las actuaciones que se especifican en el anexo I de este convenio.
Segunda
1. La Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad se compromete a:
— Utilizar los circuitos de comunicación existentes para difundir las actividades que
desarrolle la Fundación en el Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”.
— Difundir en la página web de la Consejería de Sanidad el enlace de acceso a la memoria anual de la Fundación detallando la actividad objeto del presente convenio,
al objeto de facilitar la información a ciudadanos y profesionales sanitarios.
2. El Servicio Madrileño de Salud se compromete a:
— Facilitar a la Fundación toda la información técnica y de cualquier otra naturaleza
o tipo que tenga a su disposición y sea necesaria para la ejecución de lo previsto
en el Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”.
— Coordinar junto con la Fundación las obras de ejecución a través de sus equipos
técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por la Fundación en
este sentido, habrán de ser previamente consensuadas con el equipo técnico del
Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”, de acuerdo a los requisitos técnicos
y de seguridad que la intervención requiera.
— Validar y aprobar cada una de las fases del proyecto, así como la aprobación previa para cualesquiera cambios que pudieran producirse.
— Proceder, una vez concluida la obra, conforme a lo estipulado y a la normativa vigente, a la recepción de la misma, y a efectuar los trámites oportunos para la inclusión y registro de los elementos que lo requieran en el patrimonio de la Comunidad de Madrid.
3. La fundación Juegaterapia, se compromete a:
— Invertir las cantidades necesarias para concluir la ejecución del proyecto, cuyo
presupuesto y plazos de ejecución figuran en el anexo I.
— Contratar los medios técnicos y humanos necesarios para la realización del proyecto, contratando directamente con las sociedades y entidades que considere
oportunas para su ejecución.
— Coordinar, junto con el Servicio Madrileño de Salud, las obras de ejecución a través de sus equipos técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por
la Fundación, habrán de ser previamente consensuadas con el Servicio Madrileño
de Salud a través del equipo técnico del Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”, de acuerdo a los requisitos técnicos y de seguridad que la intervención requiera, cumpliendo las condiciones específicas señaladas en el anexo I.
— Hacerse cargo de todos los estudios, planos, proyecto de adecuación, presupuesto,
etc., necesarios para la total ejecución del proyecto.
— Cumplir los requisitos y trámites administrativos pertinentes y asumir el coste total de la obra.
— Acordar con las unidades de prensa y comunicación de la Consejería de Sanidad,
el Servicio Madrileño de Salud y el Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”,
la difusión de las intervenciones realizadas en los medios de comunicación.
BOCM-20250517-7
Compromisos de las partes
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 117
SÁBADO 17 DE MAYO DE 2025
Pág. 53
En virtud de lo expuesto, las partes, en el ejercicio de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto, la definición, desarrollo y ejecución de actuaciones dirigidas a la humanización de los entornos sanitarios que permitan mejorar la calidad de vida de los pacientes ingresados y/o en tratamiento y de sus familiares o allegados,
mediante la adecuación de espacios en el Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”, en
concreto, la decoración de la zona de Hospital de Día de Oncología ubicada en la planta primera. El objetivo prioritario es conseguir que los entornos hospitalarios sean más humanos
y hagan que los pacientes y sus familiares se sientan en un entorno más acogedor y familiar, de acuerdo a las actuaciones que se especifican en el anexo I de este convenio.
Segunda
1. La Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad se compromete a:
— Utilizar los circuitos de comunicación existentes para difundir las actividades que
desarrolle la Fundación en el Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”.
— Difundir en la página web de la Consejería de Sanidad el enlace de acceso a la memoria anual de la Fundación detallando la actividad objeto del presente convenio,
al objeto de facilitar la información a ciudadanos y profesionales sanitarios.
2. El Servicio Madrileño de Salud se compromete a:
— Facilitar a la Fundación toda la información técnica y de cualquier otra naturaleza
o tipo que tenga a su disposición y sea necesaria para la ejecución de lo previsto
en el Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”.
— Coordinar junto con la Fundación las obras de ejecución a través de sus equipos
técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por la Fundación en
este sentido, habrán de ser previamente consensuadas con el equipo técnico del
Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”, de acuerdo a los requisitos técnicos
y de seguridad que la intervención requiera.
— Validar y aprobar cada una de las fases del proyecto, así como la aprobación previa para cualesquiera cambios que pudieran producirse.
— Proceder, una vez concluida la obra, conforme a lo estipulado y a la normativa vigente, a la recepción de la misma, y a efectuar los trámites oportunos para la inclusión y registro de los elementos que lo requieran en el patrimonio de la Comunidad de Madrid.
3. La fundación Juegaterapia, se compromete a:
— Invertir las cantidades necesarias para concluir la ejecución del proyecto, cuyo
presupuesto y plazos de ejecución figuran en el anexo I.
— Contratar los medios técnicos y humanos necesarios para la realización del proyecto, contratando directamente con las sociedades y entidades que considere
oportunas para su ejecución.
— Coordinar, junto con el Servicio Madrileño de Salud, las obras de ejecución a través de sus equipos técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por
la Fundación, habrán de ser previamente consensuadas con el Servicio Madrileño
de Salud a través del equipo técnico del Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”, de acuerdo a los requisitos técnicos y de seguridad que la intervención requiera, cumpliendo las condiciones específicas señaladas en el anexo I.
— Hacerse cargo de todos los estudios, planos, proyecto de adecuación, presupuesto,
etc., necesarios para la total ejecución del proyecto.
— Cumplir los requisitos y trámites administrativos pertinentes y asumir el coste total de la obra.
— Acordar con las unidades de prensa y comunicación de la Consejería de Sanidad,
el Servicio Madrileño de Salud y el Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”,
la difusión de las intervenciones realizadas en los medios de comunicación.
BOCM-20250517-7
Compromisos de las partes