B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250519-4)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 1099/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el de promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Ciencias Experimentales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 50

LUNES 19 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 118

3.5. En ningún caso se valorarán los méritos que no hayan sido alegados ni, en aquellos
casos en que corresponda, acreditados documentalmente, en el plazo habilitado a tal efecto.
Respecto de aquellos méritos que, por el contrario, sí hayan sido alegados y acreditados por las personas aspirantes en dicho plazo, pero adolecieran de algún defecto o se hallaran incompletos, el órgano de selección deberá concederles un plazo no inferior a diez
días hábiles a efectos de la subsanación de dichos extremos. La referida actuación podrá
efectuarse mediante notificación individual a cada una de las personas aspirantes que incurrieran en esta situación o, de afectar a un volumen significativo de ellas, habilitándose el plazo
de referencia a través de la correspondiente publicación en la página web correspondiente a esta
convocatoria, accesible desde el enlace: https://www.comunidad.madrid/gobierno/espaciosprofesionales/oposiciones-promocion-interna-administracion-servicios-comunidadmadrid , o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid
Segundo
Calificación del proceso selectivo
1.

Fase de oposición.

Para la calificación de los ejercicios de la oposición el órgano de selección se ajustará
a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y a lo indicado en este apartado.
En el supuesto de que alguna persona aspirante haya participado en una convocatoria celebrada con posterioridad al 31 de diciembre de 2016, esta podrá elegir entre la mejor calificación obtenida en la convocatoria anterior o en el presente proceso selectivo, siempre y cuando exista entre ambas la correspondiente similitud en programa y tipo de pruebas a realizar.
Si se opta por la nota obtenida en la convocatoria anterior, la comprobación de la misma se efectuará, de oficio, por la Dirección General de Función Pública de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo.
En el caso de que la convocatoria por la que se opte haya fijado una puntuación máxima para la valoración de los ejercicios y los méritos que la componen diferente a la de la regulada en esta orden, la calificación a tener en cuenta será la resultante de la ponderación que
se realice entre esta y aquella, en función de los puntos concretos otorgadas en una y otra, de
manera que no exista desequilibrio o perjuicio para la persona que lleva a cabo esta opción.
Los ejercicios de la fase de oposición serán calificados de la siguiente manera:
1.1. Primer ejercicio: se calificará de cero a cincuenta puntos, siendo necesario, para
superarlo, obtener un mínimo de veinticinco puntos.
1.2. Segundo ejercicio: se calificará de cero a cincuenta puntos, siendo necesario,
para superarlo, obtener un mínimo de veinticinco puntos.
1.3. Calificación final de la fase de oposición: a fin de garantizar, en todo caso, la
idoneidad de las personas aspirantes seleccionadas, el órgano de selección establecerá un
nivel mínimo de cincuenta puntos para la superación de la fase de oposición, sin la obtención del cual ninguna persona podrá pasar a la fase de concurso.
El órgano de selección podrá declarar que la fase de oposición es superada por un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
La calificación final de las personas aspirantes en la fase de oposición vendrá integrada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios aprobados.
Finalizada la fase de oposición, el órgano de selección hará pública, en la página web
correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace:

O en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid , la relación de las personas aspirantes que la han superado, indicando los siguientes extremos:
a) Número de orden obtenido en la oposición, de acuerdo con la puntuación total alcanzada y datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.
b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición.
c) Puntuación total.

BOCM-20250519-4

— https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposicionespromocion-interna-administracion-servicios-comunidad-madrid