C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250519-34)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 690/2025, de 22 de abril de 2025, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de subvenciones destinadas a asociaciones y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención y diagnóstico precoz de VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), dirigidos a grupos de población de alta prevalencia o especialmente vulnerables a estas enfermedades
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 134

LUNES 19 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 118

4. Las entidades que presenten proyectos deberán comprometerse a cumplir las obligaciones recogidas en las bases reguladoras, en la presente convocatoria y en la legislación
vigente en materia de subvenciones.
5. Los requisitos de las entidades solicitantes deberán mantenerse hasta la fecha de
justificación de las subvenciones.
6. En el caso de federaciones, el proyecto para el que se solicite la subvención deberá, necesariamente, tener carácter unitario y ser presentado directamente por las mismas,
quienes asumirán los derechos y las obligaciones dimanantes de la presente orden.
Las subvenciones concedidas a proyectos presentados por federaciones, no podrán ser
destinadas ni transferidas a entidades pertenecientes a las mismas, salvo cuando en el proyecto se consigne dicha circunstancia y su causa y figuren todos los datos requeridos de la
entidad o entidades que vayan a ejecutar el proyecto.
Segundo
Finalidad
La finalidad de las ayudas económicas es promover el desarrollo de proyectos de prevención y diagnóstico precoz de VIH y otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), dirigidos a grupos de población de alta prevalencia o especialmente vulnerables a estas infecciones, contribuyendo, con ello, a la mejora de la salud y calidad de vida del conjunto de
los ciudadanos de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1066/2017, de 15 de noviembre, de la Consejería de Sanidad por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a asociaciones y otras organizaciones
sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención y diagnóstico precoz de
VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) dirigidos a grupos de población de alta
prevalencia o especialmente vulnerables a estas enfermedades, publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 277, de 21 de noviembre de 2017.
Cuarto
Importe
El importe global máximo de todas las ayudas concedidas no podrá superar la cantidad de 500.000 euros.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al día de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto
Período subvencionable y plazo de justificación

La Consejera de Sanidad,
FÁTIMA MATUTE TERESA

(03/7.270/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20250519-34

Los proyectos objeto de subvención deberán desarrollarse en el período comprendido
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, debiendo presentar la documentación justificativa en el período máximo de tres meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de
marzo de 2026.
Madrid, a 22 de abril de 2025.