Alcorcón (BOCM-20250519-75)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE MAYO DE 2025

Pág. 227

4. Requisitos de las personas aspirantes
Además de los requisitos generales establecidos en el apartado 3.1.1 de las Bases Generales, las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Grado en Derecho, Grado en Ciencias Políticas, u otros títulos de Grado que, de acuerdo con su plan de
estudios, presenten un perfil en ciencias jurídicas, o equivalente, según lo previsto en el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Los requisitos establecidos en la presente convocatoria deberán cumplirse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión.
5. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales contados a partir del
día siguiente al de la publicación del extracto del anuncio de la Convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
Para ser admitidas, las personas aspirantes deberán presentar:
a) Anexo II. Solicitud, que puede descargarse en la web municipal y que incluye declaración responsable de cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Fotocopia del DNI.
c) Justificante del pago de los derechos de examen o, en caso de exención del mismo,
Anexo III. Declaración responsable y certificado/s correspondiente/s.
6. Publicaciones en el tablón de anuncios
Todas las referencias hechas al “Tablón de Anuncios” en las Bases Generales, deberán entenderse realizadas a la web municipal.
7. Lugar de presentación de solicitudes
Las solicitudes, según Anexo II, se presentarán en el Registro Electrónico o en el Registro General del Ayuntamiento de Alcorcón, dentro del plazo indicado en el apartado 5.
También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con el resto de documentación exigida.
Para las solicitudes presentadas en formato electrónico, la documentación deberá adjuntarse en formato pdf o similar. Por motivos de seguridad, no se admitirá ningún documento al que hubiera que acceder mediante un enlace a la nube.
8. Admisión de personas candidatas
Se aplicará lo previsto en el apartado 5 de las Bases Generales, salvo la designación
nominal del Tribunal Seleccionador y el lugar, fecha y horas del comienzo del proceso selectivo, que se harán públicos únicamente en la Web municipal tras la publicación de la relación definitiva prevista en el apartado 5.4 de las Bases Generales.
La inclusión de las personas aspirantes en los listados provisionales y definitivos de
admitidos no implica la verificación del cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública y los especialmente señalados en esta
convocatoria, que deberán ser acreditados documentalmente por las personas propuestas
para el nombramiento antes del mismo.

El Tribunal de Selección estará compuesto por un/a Presidente/a, un/a Secretario/a y
tres Vocales, así como una persona suplente por cada una de ellas.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a
los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se aplicará la paridad
entre mujer y hombre.

BOCM-20250519-75

9. Órgano de selección