Madrid (BOCM-20250519-63)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 118

BOCM-20250519-63

Sexta. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (en
adelante, BDNS) pudiendo acceder las entidades a través del siguiente enlace
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index , y un extracto de la misma en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial del
Ayuntamiento de Madrid, en la página web del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es
y en su sede electrónica https://sede.madrid.es
Séptima. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la
resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la Dirección General de Innovación y el titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, respectivamente.
Octava. Justificación y pago de la subvención.—Las entidades perceptoras de la subvención al amparo de esta convocatoria estarán obligadas a remitir a la Dirección General
de Innovación la justificación de la subvención. La justificación de las subvenciones que se
otorguen con arreglo a la presente convocatoria se realizará mediante la modalidad “cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto”.
El pago de la subvención se realizará previa justificación por el beneficiario de la realización del evento subvencionable.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.1 OBRS y, dada la naturaleza de las actividades subvencionables, no se considera preciso que el beneficiario preste garantía alguna.
La entidad deberá hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias
y frente a la Seguridad Social y no ser deudora por resolución de procedencia de reintegro.
El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de la entidad
financiera indicada por el solicitante en el documento modelo T de alta de pagos.
Madrid, a 25 de abril de 2025.—La delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.
(03/7.188/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791