Madrid (BOCM-20250519-62)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE MAYO DE 2025

Pág. 187

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto del Decreto de 5 de mayo de 2025 de la delegada del Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para apoyar el funcionamiento de los sectores comercial, hostelero y hotelero correspondiente al año 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ):
BDNS (Identif.): 830582: Documento CONTA 1400003406 (SUBCO 2025 69)
Primero. Objeto.—Conceder subvenciones para la financiación de determinados
gastos de funcionamiento de asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de comerciantes, hosteleros y hoteleros.
Los objetivos operativos perseguidos con las ayudas objeto de la convocatoria, contemplada en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos para el período 2024-2027, son los siguientes:
a) Promocionar y fortalecer el tejido asociativo de los sectores comercial, hostelero y
hotelero.
b) Potenciar el comercio de proximidad.
Los indicadores y metas que se contemplan para evaluar la consecución de los objetivos operativos descritos en el apartado anterior son los siguientes:

Segundo. Entidades beneficiarias y requisitos.—1. Tendrán la condición de entidades beneficiarias de estas ayudas las entidades asociativas, ya sea bajo la figura de asociación, federación, confederación o unión de asociaciones, que cumplan con el requisito de ser entidades sin ánimo de lucro, con sede social o delegación en el término
municipal de Madrid, constituidas exclusivamente por empresarios y profesionales del
sector comercial, hostelero y hotelero, que desarrollen su actividad principalmente dentro del ámbito territorial del municipio de Madrid, que estén formalmente constituidas e
inscritas y cuya actividad se circunscriba preferentemente al municipio de Madrid, y lo
acrediten de conformidad con lo establecido en la base 10.4.
2. Asimismo, las entidades asociativas, para ser beneficiarias de estas ayudas, deberán ostentar una representatividad mínima que se medirá en atención al número de asociados con que cuente la entidad, ya sea de forma directa, como en el caso de asociaciones, o
bien de forma indirecta, como en el supuesto de las federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones. A estos efectos, deberán integrar un mínimo de 50 asociados debiendo contar, cada uno de ellos, con al menos un establecimiento físico ubicado en el término
municipal de Madrid.

BOCM-20250519-62

a) Promocionar y fortalecer el tejido asociativo de los sectores comercial, hostelero y
hotelero.
Indicador: número de entidades solicitantes. Meta: 60.
b) Potenciar el comercio de proximidad.
Indicador: número de empresas/establecimientos beneficiados (suma de los asociados de todas las entidades beneficiarias). Meta: 800.