Madrid (BOCM-20250519-65)
Régimen económico. Distrito de Arganzuela. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 196

LUNES 19 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 118

Se valorará especialmente las grabaciones en vivo del grupo o solista con música en
directo.
Se establece una única categoría, donde tienen cabida todos los estilos musicales. Las
obras presentadas serán originales y cada participante podrá concurrir con un máximo de
un proyecto considerado en conjunto.
No podrán participar artistas o grupos musicales que tengan contrato vigente con una
compañía discográfica.
6. Inscripción y presentación
Para participar será necesario registrar la solicitud de inscripción en el formulario correspondiente.
Las propuestas serán presentadas por personas físicas, actuando como representante en
caso de formaciones de más de un miembro.
Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Madrid:
A. Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento
( https://sede.madrid.es ). En este caso deberá utilizar alguno de los sistemas de
identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid. Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las
entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Documentación que deberá acompañar a la solicitud electrónica:
1) Un vídeo en formato MP4 y dos canciones en formato MP3 comprimidos en
archivos RAR o ZIP. O bien, enlace a dichos archivos desde un almacenamiento en la nube.
2) Dossier del solista o grupo (trayectoria y enlaces a vídeos de actuaciones
musicales).
B. Presencialmente, en cualquiera de las oficinas de registro del Ayuntamiento de
Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas (LPAC).
Documentación, que deberá acompañar a la solicitud presencial:
1) Un vídeo en formato MP4 y dos canciones en formato MP3, grabados en un CD,
dentro de un sobre cerrado. O bien, enlace a dichos archivos desde un almacenamiento en la nube.
2) Dossier del solista o grupo (trayectoria y enlaces a vídeos de actuaciones
musicales), que será escaneado en la oficina de registro.
El modelo de solicitud está disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
Madrid ( https://sede.madrid.es ) y estará dirigida a la Unidad de Servicios Culturales y
Ocio Comunitario de Arganzuela.
La solicitud incluye la opción de autorizar que el órgano instructor recabe de oficio la
información de consulta y verificación de los datos de identidad y de estar al corriente de
pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Seguridad
Social y con la Agencia Tributaria de Madrid. En caso contrario, la entidad solicitante deberá aportar la correspondiente certificación de conformidad con lo previsto en el artículo 22.4
del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

El plazo de presentación de las solicitudes se establece del 2 al 20 de junio de 2025.
No se admitirán inscripciones fuera del plazo establecido, para lo que se tendrá en cuenta
la fecha de entrada en registro.
El texto íntegro de la convocatoria se publica en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento
de Madrid” (BOAM).
Madrid, a 29 de abril de 2025.—La concejala-presidenta de Arganzuela, María Dolores
Navarro Ruiz.
(03/7.315/25)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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7. Plazo