C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250520-17)
Bases ayudas – Orden 1447/2025, de 4 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 2755/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela” para simplificar los mecanismos de financiación de las ayudas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 119
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE MAYO DE 2025
Pág. 105
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 1447/2025, de 4 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se modifica la Orden 2755/2023, de 26 de julio, de la
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las
bases reguladoras de las ayudas de atracción de talento investigador “César
Nombela” para simplificar los mecanismos de financiación de las ayudas.
El artículo 26.1 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, le atribuye como competencias exclusivas el fomento del
desarrollo económico de la Comunidad de Madrid, dentro de los objetivos marcados por la
política económica nacional, y el fomento de la cultura y la investigación científica y técnica (apartados 1.17 y 1.20).
Igualmente, el artículo 26.3.1.3 del Estatuto de Autonomía le atribuye a la Administración autonómica la competencia exclusiva en materia de industria, sin perjuicio de las que establezcan las normas del Estado por razones de seguridad, sanitaria o de interés militar y las
normas relacionadas con las industrias de minas, hidrocarburos y energía nuclear.
La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, Tecnología e Investigación, establece el
marco para el fomento de la investigación científica y técnica y sus instrumentos de coordinación general, con el fin de contribuir a la generación, difusión y transferencia del conocimiento para resolver los problemas esenciales de la sociedad. En su artículo 3 se establece
que el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación está integrado, en lo que al ámbito público se refiere, por las políticas públicas desarrolladas por la Administración General
de Estado y por las desarrolladas, en su propio ámbito, por las Comunidades Autónomas.
Los artículos 13 y siguientes de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, establecen
medidas de estímulo de la investigación científica y la innovación tecnológica.
El Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, atribuye a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, las competencias establecidas
en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid, y restantes disposiciones en vigor, correspondiéndole, como órgano superior de la Administración de la Comunidad de Madrid, el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del Gobierno en investigación científica e innovación tecnológica.
Este decreto atribuye a la Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia,
las competencias sobre la coordinación, impulso y supervisión de las actividades que competen a la consejería en materia de universidades, ciencia, investigación y divulgación científica e innovación empresarial de base científica y tecnológica.
Mediante Orden 2755/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, se establecen las bases reguladoras de las ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela” (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de
agosto de 2023).
Desde la entrada en vigor de la citada orden, se han publicado dos convocatorias cuya
gestión ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar algunos aspectos de las bases reguladoras sin que cambie el objetivo de las mismas. Con estas modificaciones se pretende
establecer un marco de igualdad con las características de otras convocatorias de atracción
de talento a nivel nacional, fomentar la participación del personal investigador doctor en
convocatorias del Consejo Europeo de Investigación y simplificar los procedimientos de
ejecución y justificación de las ayudas.
Estas modificaciones permitirán ampliar las modalidades de contratación del personal
investigador doctor ya que, aunque se siga considerando que la modalidad de contratación
preferente sea la regulada por el artículo 22 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, se considera
necesario contemplar otras modalidades de contratación previstas en la legislación vigente
que no impidan acceder a estas ayudas a investigadores que, habiendo disfrutado de contra-
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B.O.C.M. Núm. 119
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE MAYO DE 2025
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I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 1447/2025, de 4 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se modifica la Orden 2755/2023, de 26 de julio, de la
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las
bases reguladoras de las ayudas de atracción de talento investigador “César
Nombela” para simplificar los mecanismos de financiación de las ayudas.
El artículo 26.1 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, le atribuye como competencias exclusivas el fomento del
desarrollo económico de la Comunidad de Madrid, dentro de los objetivos marcados por la
política económica nacional, y el fomento de la cultura y la investigación científica y técnica (apartados 1.17 y 1.20).
Igualmente, el artículo 26.3.1.3 del Estatuto de Autonomía le atribuye a la Administración autonómica la competencia exclusiva en materia de industria, sin perjuicio de las que establezcan las normas del Estado por razones de seguridad, sanitaria o de interés militar y las
normas relacionadas con las industrias de minas, hidrocarburos y energía nuclear.
La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, Tecnología e Investigación, establece el
marco para el fomento de la investigación científica y técnica y sus instrumentos de coordinación general, con el fin de contribuir a la generación, difusión y transferencia del conocimiento para resolver los problemas esenciales de la sociedad. En su artículo 3 se establece
que el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación está integrado, en lo que al ámbito público se refiere, por las políticas públicas desarrolladas por la Administración General
de Estado y por las desarrolladas, en su propio ámbito, por las Comunidades Autónomas.
Los artículos 13 y siguientes de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, establecen
medidas de estímulo de la investigación científica y la innovación tecnológica.
El Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, atribuye a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, las competencias establecidas
en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid, y restantes disposiciones en vigor, correspondiéndole, como órgano superior de la Administración de la Comunidad de Madrid, el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del Gobierno en investigación científica e innovación tecnológica.
Este decreto atribuye a la Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia,
las competencias sobre la coordinación, impulso y supervisión de las actividades que competen a la consejería en materia de universidades, ciencia, investigación y divulgación científica e innovación empresarial de base científica y tecnológica.
Mediante Orden 2755/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, se establecen las bases reguladoras de las ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela” (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de
agosto de 2023).
Desde la entrada en vigor de la citada orden, se han publicado dos convocatorias cuya
gestión ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar algunos aspectos de las bases reguladoras sin que cambie el objetivo de las mismas. Con estas modificaciones se pretende
establecer un marco de igualdad con las características de otras convocatorias de atracción
de talento a nivel nacional, fomentar la participación del personal investigador doctor en
convocatorias del Consejo Europeo de Investigación y simplificar los procedimientos de
ejecución y justificación de las ayudas.
Estas modificaciones permitirán ampliar las modalidades de contratación del personal
investigador doctor ya que, aunque se siga considerando que la modalidad de contratación
preferente sea la regulada por el artículo 22 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, se considera
necesario contemplar otras modalidades de contratación previstas en la legislación vigente
que no impidan acceder a estas ayudas a investigadores que, habiendo disfrutado de contra-
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