B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250521-4)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 1100/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el de promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos Superiores Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 18
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 120
cedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de
la Función Pública de la Comunidad de Madrid, podrá participar por el turno de promoción
interna, siempre que sea personal funcionario de carrera de un cuerpo y especialidad de
administración especial, equivalente al Cuerpo de Técnicos Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid y acrediten un mínimo de dos años de servicios efectivos prestados como personal funcionario de carrera en
el cuerpo y especialidad de procedencia.
3. Las personas aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad, además de reunir los restantes requisitos exigidos en esta convocatoria, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y acreditarlo en los términos
señalados en la base decimocuarta.6, apartado d) de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
4. En cuanto a las adaptaciones de tiempo y medios, cuando la adaptación solicitada
consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público
de personas con discapacidad.
Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De
igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de
tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo
de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 36 de la Orden 1285/1999, de 11 de
mayo, de la entonces Consejería de Hacienda, y a efectos de poder valorar la procedencia
de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su
caso, colaboración de los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el
Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.
Las personas aspirantes, que, aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente,
de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar
certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.
En el caso de las aspirantes embarazadas o en puerperio, se garantizará su acceso en
condiciones de igualdad a la realización de los ejercicios de que consta este proceso selectivo, con independencia del momento en el que éstas lo soliciten.
5. Todos los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria, deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.
Cuarta
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes se presentarán electrónicamente, junto con la documentación que
debe acompañarlas, a través del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid,
en virtud de lo regulado en el artículo 6 del Decreto 127/2022, de 7 de diciembre.
Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de
uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar a
través de la página web correspondiente a cada convocatoria, accesible desde los siguientes enlaces:
— http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracionservicios-comunidad-madrid , para el turno libre.
— https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposicionespromocion-interna-administracion-servicios-comunidad-madrid , para promoción interna.
BOCM-20250521-4
Solicitudes y plazo de presentación
Pág. 18
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 120
cedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de
la Función Pública de la Comunidad de Madrid, podrá participar por el turno de promoción
interna, siempre que sea personal funcionario de carrera de un cuerpo y especialidad de
administración especial, equivalente al Cuerpo de Técnicos Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid y acrediten un mínimo de dos años de servicios efectivos prestados como personal funcionario de carrera en
el cuerpo y especialidad de procedencia.
3. Las personas aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad, además de reunir los restantes requisitos exigidos en esta convocatoria, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y acreditarlo en los términos
señalados en la base decimocuarta.6, apartado d) de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
4. En cuanto a las adaptaciones de tiempo y medios, cuando la adaptación solicitada
consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público
de personas con discapacidad.
Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De
igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de
tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo
de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 36 de la Orden 1285/1999, de 11 de
mayo, de la entonces Consejería de Hacienda, y a efectos de poder valorar la procedencia
de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su
caso, colaboración de los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el
Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.
Las personas aspirantes, que, aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente,
de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar
certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.
En el caso de las aspirantes embarazadas o en puerperio, se garantizará su acceso en
condiciones de igualdad a la realización de los ejercicios de que consta este proceso selectivo, con independencia del momento en el que éstas lo soliciten.
5. Todos los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria, deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.
Cuarta
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes se presentarán electrónicamente, junto con la documentación que
debe acompañarlas, a través del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid,
en virtud de lo regulado en el artículo 6 del Decreto 127/2022, de 7 de diciembre.
Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de
uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar a
través de la página web correspondiente a cada convocatoria, accesible desde los siguientes enlaces:
— http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracionservicios-comunidad-madrid , para el turno libre.
— https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposicionespromocion-interna-administracion-servicios-comunidad-madrid , para promoción interna.
BOCM-20250521-4
Solicitudes y plazo de presentación