C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20250617-38)
Convenio ejecución infraestructuras – Convenio de colaboración de 22 de mayo de 2025, entre el Ente Público Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Fuenlabrada, para la cofinanciación de actuaciones de protección y adaptación al riesgo de inundación e integración ambiental en núcleos urbanos, en el marco del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 143
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE JUNIO DE 2025
Pág. 147
ciadas a través del “Plan de actuaciones de protección y adaptación al riesgo de inundación
e integración ambiental en núcleos urbanos” al Ente Público Canal de Isabel II, como entidad instrumental, con sujeción a las condiciones recogidas en el anexo I del acuerdo de
Conferencia Sectorial y a la normativa reguladora del PRTR.
Cuarto
Conforme se determina en el apartado 4.2 del Anexo I de la Conferencia Sectorial, las
Comunidades Autónomas, como beneficiarias del reparto de fondos, deben identificar las
actuaciones de su competencia, bien a ejecutar directamente, o bien aquellas que vayan a
ejecutar a través de convocatorias o convenios con las entidades locales, que cumplan con
los criterios establecidos en el punto 4 de la Conferencia Sectorial.
Las actuaciones a seleccionar deben ser prioritarias y que tengan un alto grado de definición y, atendiendo entre otras a estas preferencias, con fecha 30 de septiembre de 2022,
Canal de Isabel II presentó ante la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico el informe inicial, en el que se identificaban y comunicaban las actuaciones que desde la Comunidad de Madrid se consideraban
prioritarias para gestionar a través de estas ayudas. Este informe inicial ha sido revisado posteriormente. En concreto, con fecha 3 de abril de 2025 Canal de Isabel II ha comunicado a
la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico su intención de cofinanciar la actuación denominada “Proyecto de modificación de obra de paso transversal del Arroyo Culebro en cruce con el Eje Radial Nordeste. Fuenlabrada”, que es objeto de cofinanciación a través del presente Convenio.
La Comunidad de Madrid considera de especial interés los proyectos que tienen por
objeto la recuperación y restablecimiento de aquellos cauces que han sufrido impactos generados por actuaciones antropomórficas, para restablecer sus condiciones naturales originales siempre que sea posible o para integrarlos adecuadamente en el entorno actual, pero
siempre dotándolos de las condiciones que garanticen su correcto funcionamiento hidrológico y que permitan eliminar las afecciones producidas en los episodios de avenida y mitigar los daños por inundaciones.
La actuación a cofinanciar en el término municipal de Fuenlabrada a través del presente Convenio tiene como objetivo la ampliación de la obra de paso existente en el arroyo Culebro en su cruce con la Radial Norte, que presenta en la actualidad problemas de capacidad. Esta ampliación pretende evitar la inundabilidad de la Radial Norte en la zona objeto
de estudio, mejorando la capacidad hidráulica del arroyo en este punto y dotando al paso
bajo el vial de una sección libre acorde a los caudales que circulan por al cauce en los episodios de lluvia que estipula la normativa.
La actuación contempla adecuar la capacidad hidráulica de un punto dentro del Área con
riesgo potencial significativo de inundación (ARPSI) denominada ES030-X-04-1-58 Arroyo
del Culebro en Fuenlabrada.
Esta actuación está alineada con la condición específica a) establecida en el apartado 4.1
del Anexo I del acuerdo de la Conferencia Sectorial, esto es:
“a) Actuaciones relativas obras de recuperación ambiental y mejora del estado de cauces y riberas que contribuyan además a la reducción del riesgo de inundación, especialmente en los entornos urbanos, incluyendo actuaciones de adaptación al
riesgo de inundación en los elementos vulnerables”.
Lo expuesto, en relación con la asignación de la ejecución de las inversiones financiadas a través del “Plan de actuaciones de protección y adaptación al riesgo de inundación e
integración ambiental en núcleos urbanos” al Ente Público Canal de Isabel II, como entidad instrumental, justifica la necesidad y oportunidad de celebrar el presente Convenio.
El Ayuntamiento, a tenor de lo establecido en el artículo 25.2 a), b), d) y f) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, ejerce como propias entre otras, las
competencias en materia de urbanismo, medio ambiente urbano e infraestructura viaria y protección civil.
En virtud de estas competencias, el Ayuntamiento ha contratado la ejecución de un
proyecto de obras, con el objeto de realizar los trabajos de mejora del drenaje del Arroyo
Culebro en su intersección con el Eje Radial Nordeste en Fuenlabrada.
El proyecto contempla la sustitución del paso actual del Eje Radial Nordeste sobre el
arroyo Culebro, que actualmente consiste en una pareja de tubos de hormigón de 1.000 mm
BOCM-20250617-38
Quinto
B.O.C.M. Núm. 143
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE JUNIO DE 2025
Pág. 147
ciadas a través del “Plan de actuaciones de protección y adaptación al riesgo de inundación
e integración ambiental en núcleos urbanos” al Ente Público Canal de Isabel II, como entidad instrumental, con sujeción a las condiciones recogidas en el anexo I del acuerdo de
Conferencia Sectorial y a la normativa reguladora del PRTR.
Cuarto
Conforme se determina en el apartado 4.2 del Anexo I de la Conferencia Sectorial, las
Comunidades Autónomas, como beneficiarias del reparto de fondos, deben identificar las
actuaciones de su competencia, bien a ejecutar directamente, o bien aquellas que vayan a
ejecutar a través de convocatorias o convenios con las entidades locales, que cumplan con
los criterios establecidos en el punto 4 de la Conferencia Sectorial.
Las actuaciones a seleccionar deben ser prioritarias y que tengan un alto grado de definición y, atendiendo entre otras a estas preferencias, con fecha 30 de septiembre de 2022,
Canal de Isabel II presentó ante la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico el informe inicial, en el que se identificaban y comunicaban las actuaciones que desde la Comunidad de Madrid se consideraban
prioritarias para gestionar a través de estas ayudas. Este informe inicial ha sido revisado posteriormente. En concreto, con fecha 3 de abril de 2025 Canal de Isabel II ha comunicado a
la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico su intención de cofinanciar la actuación denominada “Proyecto de modificación de obra de paso transversal del Arroyo Culebro en cruce con el Eje Radial Nordeste. Fuenlabrada”, que es objeto de cofinanciación a través del presente Convenio.
La Comunidad de Madrid considera de especial interés los proyectos que tienen por
objeto la recuperación y restablecimiento de aquellos cauces que han sufrido impactos generados por actuaciones antropomórficas, para restablecer sus condiciones naturales originales siempre que sea posible o para integrarlos adecuadamente en el entorno actual, pero
siempre dotándolos de las condiciones que garanticen su correcto funcionamiento hidrológico y que permitan eliminar las afecciones producidas en los episodios de avenida y mitigar los daños por inundaciones.
La actuación a cofinanciar en el término municipal de Fuenlabrada a través del presente Convenio tiene como objetivo la ampliación de la obra de paso existente en el arroyo Culebro en su cruce con la Radial Norte, que presenta en la actualidad problemas de capacidad. Esta ampliación pretende evitar la inundabilidad de la Radial Norte en la zona objeto
de estudio, mejorando la capacidad hidráulica del arroyo en este punto y dotando al paso
bajo el vial de una sección libre acorde a los caudales que circulan por al cauce en los episodios de lluvia que estipula la normativa.
La actuación contempla adecuar la capacidad hidráulica de un punto dentro del Área con
riesgo potencial significativo de inundación (ARPSI) denominada ES030-X-04-1-58 Arroyo
del Culebro en Fuenlabrada.
Esta actuación está alineada con la condición específica a) establecida en el apartado 4.1
del Anexo I del acuerdo de la Conferencia Sectorial, esto es:
“a) Actuaciones relativas obras de recuperación ambiental y mejora del estado de cauces y riberas que contribuyan además a la reducción del riesgo de inundación, especialmente en los entornos urbanos, incluyendo actuaciones de adaptación al
riesgo de inundación en los elementos vulnerables”.
Lo expuesto, en relación con la asignación de la ejecución de las inversiones financiadas a través del “Plan de actuaciones de protección y adaptación al riesgo de inundación e
integración ambiental en núcleos urbanos” al Ente Público Canal de Isabel II, como entidad instrumental, justifica la necesidad y oportunidad de celebrar el presente Convenio.
El Ayuntamiento, a tenor de lo establecido en el artículo 25.2 a), b), d) y f) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, ejerce como propias entre otras, las
competencias en materia de urbanismo, medio ambiente urbano e infraestructura viaria y protección civil.
En virtud de estas competencias, el Ayuntamiento ha contratado la ejecución de un
proyecto de obras, con el objeto de realizar los trabajos de mejora del drenaje del Arroyo
Culebro en su intersección con el Eje Radial Nordeste en Fuenlabrada.
El proyecto contempla la sustitución del paso actual del Eje Radial Nordeste sobre el
arroyo Culebro, que actualmente consiste en una pareja de tubos de hormigón de 1.000 mm
BOCM-20250617-38
Quinto