D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250621-33)
Convenio –  Convenio de colaboración de 2 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid y la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas curriculares externas en la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental y los centros de archivo de la Comunidad de Madrid
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 147

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 21 DE JUNIO DE 2025

Pág. 159

las dirigidas a la obtención de un título propio de la universidad, ya sea un máster de formación
permanente, un diploma de especialización o un diploma de experto.
2. Corresponderá a la UAM el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad
Social previstas para las prácticas formativas no remuneradas en la letra b) del apartado 4 de la
disposición adicional quincuagésima segunda del vigente texto refundido de la Ley General de
la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, asumiendo la condición de empresaria a los efectos en materia de Seguridad Social.
Tercera
Actuaciones correspondientes a la UAM

Cuarta
Actuaciones correspondientes a la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vistas al
desarrollo de dicho objetivo, las siguientes actuaciones:
a) En tanto que colabora en un programa de formación universitaria, facilitará al estudiante la realización de sus exámenes y, salvo por causa debidamente justifica-

BOCM-20250621-33

La UAM tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vistas al desarrollo de dicho
objetivo y a través del órgano responsable de cada Titulación, las siguientes actuaciones:
a) Los programas de prácticas contarán con un proyecto formativo en el que se hará
constar las competencias que debe adquirir el estudiante, la dedicación en créditos
ECTS, las actividades formativas que debe desarrollar el estudiante, el calendario y
horario, así como el sistema de evaluación. El órgano responsable de la Titulación resolverá cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las prácticas.
b) El órgano responsable de la Titulación nombrará un tutor que se responsabilizará
de la tutoría de cada uno de los estudiantes participantes en las prácticas y de la
supervisión de su realización.
c) Elaborará un documento en el que hará constar: el sistema que se establece para la
adjudicación de plazas; el perfil académico de los candidatos; la dedicación máxima del estudiante; y el procedimiento establecido para la calificación de los correspondientes créditos. La propuesta razonada de calificación tendrá en cuenta el
informe presentado por la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental, por el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid o por el Archivo Histórico Provincial de Madrid y el que necesariamente deberá presentar el estudiante
sobre la labor realizada.
d) Cumplimentará el Anexo del Estudiante para cada estudiante en prácticas (según
el modelo que figura como Anexo Único de este Convenio de Colaboración), donde se consigne la siguiente información: los datos del estudiante, la titulación, los
créditos ECTS, las fechas de comienzo y de finalización de las prácticas, el lugar
donde se realizarán las prácticas y el horario de estas, así como el nombre del tutor académico y del tutor de la Comunidad de Madrid. Además, el Anexo del Estudiante deberá incorporar el proyecto formativo, en el que se harán constar los
objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el estudiante, así como
las actividades formativas que desarrollará. El órgano responsable de la Titulación
resolverá cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las prácticas.
e) Designará un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto
formativo, colaborará con el tutor de la Comunidad de Madrid en todos aquellos
aspectos que afecten al mismo y se responsabilizará de la supervisión de la realización de las prácticas.
f) La UAM se reserva la facultad de revocar, para un determinado estudiante, o grupo de estudiantes, la participación en el Convenio de Colaboración por el incumplimiento de las cláusulas establecidas en el mismo. Asimismo, podrán darse
como finalizadas las prácticas de un alumno, o grupo de alumnos, cuando concurran alguna de las siguientes circunstancias:
1.o El cese de actividades de cualquiera de las partes.
2.o Una causa de fuerza mayor que impida el desarrollo de las actividades programadas.
3.o El mutuo acuerdo entre las partes intervinientes.