C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250626-29)
Concesión subvenciones –  Resolución de 12 de junio de 2025, del Director General de Cultura e Industrias Creativas, por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas sin promover concurrencia por este órgano
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 151

c.3) Si se aportaran gastos de personal, se presentarán los siguientes documentos:
— Nóminas.
— TC1 (o Recibo de Liquidación de Cotizaciones) y TC2 de los trabajadores
cuyas nóminas se presenten.
— Resúmenes de nómina de los meses a los que correspondan dichas cotizaciones, en los que se identifique adecuadamente a los trabajadores referidos anteriormente.
En todas las hojas deberá figurar el nombre y la firma del representante de la
entidad.
— Declaración responsable firmada por el representante de la entidad en la que
conste:
• Que los gastos de personal aportados para justificar la subvención corresponden a trabajadores dedicados con carácter exclusivo y durante todo el
período subvencionable al proyecto Photoespaña 2025.
• Que la cuota empresarial a la Seguridad Social por dichos trabajadores es
la que se detalla de forma individualizada en una tabla adjunta.
c.4) Se deberán aportar las tres ofertas o presupuestos de diferentes proveedores
cuando se den las circunstancias previstas en el apartado quinto, letra f).
c.5) Las facturas con pago en moneda extranjera irán acompañadas de documento
bancario de cargo en el que conste el cambio utilizado, o bien de las resoluciones del Banco de España publicadas en el “Boletín Oficial del Estado” en las que
conste dicho cambio.
Séptimo
Se autoriza al beneficiario a subcontratar hasta el 100 por 100 de la actividad subvencionada. En todo caso, cuando la cuantía subcontratada exceda del 20 por 100 del importe
de la subvención y dicho importe sea superior a 60.000 euros, el beneficiario solicitará la
autorización previa para contratar con terceros esa parte del proyecto y celebrará el contrato por escrito.
Octavo
La subvención será compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos concedidos para el mismo objeto, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
El beneficiario deberá presentar Declaración responsable respecto a la obtención de otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
No obstante lo anterior, en ningún caso el importe de la subvención podrá ser de tal
cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. De producirse esta circunstancia, la
contribución de la Comunidad de Madrid se reducirá en el exceso resultante.
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de otras aportaciones concedidas por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación
de la subvención otorgada.

El incumplimiento de los plazos y las obligaciones que se fijan podrá dar lugar a la revocación de la subvención concedida.
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora en los términos y supuestos que señalan los artículos 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y 11 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, entre los que se encuentra el incumplimiento de la obligación de justificación, el incumplimiento de la finalidad para la que la
subvención fue concedida y el incumplimiento de las condiciones impuestas al beneficiario con motivo de la concesión de la subvención.
Sin perjuicio de lo anterior, las conductas del beneficiario tipificadas en los artículos 56, 57
y 58 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y artículo 14 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, tendrán la consideración de infracciones administrativas y producirán los efectos contenidos en los
artículos 59 a 69 de la Ley General de Subvenciones y 15 y 16 de la Ley autonómica respecti-

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