C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250627-20)
Bases subvenciones – Orden de 16 de junio de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de prospección, intermediación y apoyo en el puesto de trabajo de personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de inserción laboral
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 112
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 152
2. Los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679,
podrán ejercerse directamente o por medio de representante legal o voluntario. El responsable del tratamiento es la Dirección General del Servicio Público de Empleo o el órgano que
asuma sus competencias, en caso de que se produzcan modificaciones en la estructura de las
Consejerías de la Comunidad de Madrid. Ante dicho responsable podrá ejercerse los derechos
de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Habilitación
Se faculta al titular de la Dirección General competente en materia de programas de
apoyo al empleo, para dictar las resoluciones y adoptar las medidas para la ejecución y aplicación de lo dispuesto en esta Orden.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Expedientes correspondientes a solicitudes anteriores a la entrada en vigor de esta Orden
Las prórrogas de proyectos aprobados al amparo de convocatorias correspondientes al
programa de subvenciones para el empleo con apoyo de personas con discapacidad reguladas mediante Orden de 4 de octubre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para
el empleo con apoyo de personas con discapacidad, dentro del programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, que hayan sido presentadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2024 y que se hallen pendientes de resolución, se tramitarán conforme a la regulación vigente a la fecha de presentación de las
respectivas solicitudes y se financiarán con cargo a la dotación económica prevista para la
Ayuda 2 en la convocatoria anual correspondiente al año 2025.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Alcance de la derogación
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Orden y, en particular, la Orden de 4 de octubre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones para el empleo con apoyo de personas con discapacidad, dentro del programa de
inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 16 de junio de 2025.
La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR
BOCM-20250627-20
(03/10.209/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Pág. 112
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 152
2. Los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679,
podrán ejercerse directamente o por medio de representante legal o voluntario. El responsable del tratamiento es la Dirección General del Servicio Público de Empleo o el órgano que
asuma sus competencias, en caso de que se produzcan modificaciones en la estructura de las
Consejerías de la Comunidad de Madrid. Ante dicho responsable podrá ejercerse los derechos
de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Habilitación
Se faculta al titular de la Dirección General competente en materia de programas de
apoyo al empleo, para dictar las resoluciones y adoptar las medidas para la ejecución y aplicación de lo dispuesto en esta Orden.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Expedientes correspondientes a solicitudes anteriores a la entrada en vigor de esta Orden
Las prórrogas de proyectos aprobados al amparo de convocatorias correspondientes al
programa de subvenciones para el empleo con apoyo de personas con discapacidad reguladas mediante Orden de 4 de octubre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para
el empleo con apoyo de personas con discapacidad, dentro del programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, que hayan sido presentadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2024 y que se hallen pendientes de resolución, se tramitarán conforme a la regulación vigente a la fecha de presentación de las
respectivas solicitudes y se financiarán con cargo a la dotación económica prevista para la
Ayuda 2 en la convocatoria anual correspondiente al año 2025.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Alcance de la derogación
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Orden y, en particular, la Orden de 4 de octubre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones para el empleo con apoyo de personas con discapacidad, dentro del programa de
inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 16 de junio de 2025.
La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR
BOCM-20250627-20
(03/10.209/25)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791