D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250628-5)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 153
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
x
Número de asesoramientos por centro: 3
x
Número mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 27
x
Contenido de la visita:
Pág. 123
* Material de apoyo a emplear:
- Cartel informativo
- Material impreso (Guías aplicables)
* Porcentaje de asesoramientos destinados a autónomo sin personas trabajadoras: 0%
x
Personal para la realización de la actividad: Recursos ajenos de AECIM.
1.2.10. Asesoramiento técnico preventivo sobre trabajos en altura realizados en empresas
de los montajes, mantenimientos y servicios industriales en centros de trabajo del
sector metal.
Se realizará una visita de asesoramiento técnico a 60 puestos de trabajo (máximo de tres
puestos por centro de trabajo) de empresas dedicadas a los montajes, mantenimientos y servicios
industriales que realicen labores en altura.
Se utilizará un cuestionario de toma de datos para recoger información relativa al
procedimiento llevado a cabo por las empresas.
Se elaborarán 60 ejemplares de un tríptico divulgativo con las principales recomendaciones
sobre la utilización de los EPI en los trabajos en altura.
Se elaborará un informe confidencial para las empresas en las que se encontrará una
valoración sobre la adecuación de los EPI utilizados en los puestos de trabajos analizados y las
recomendaciones en materia de selección, uso y mantenimiento de los EPI analizados en relación
a los riesgos. Este informe se enviará mediante correo electrónico a las empresas participantes en
esta campaña, y en el supuesto de detectarse la necesidad de un estudio más exhaustivo en la
materia, la empresa podrá acudir a la modalidad preventiva elegida por la misma.
Se indicará en el informe que tiene carácter de recomendación y que no constituye el
conjunto de obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales y la normativa que lo desarrolla.
En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuación 1.9.10 y se hará
entrega, además, del material especificado en el punto 1.6.1 según la actividad de la empresa y el
criterio del Técnico. Este material se entregará preferentemente en la visita y, el material, que no
hubiese podido entregarse en la misma se enviará por correo o por mensajero a empresas del
sector acreditando el envío.
Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Además de las visitas y de la entrega
BOCM-20250628-5
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 153
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
x
Número de asesoramientos por centro: 3
x
Número mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 27
x
Contenido de la visita:
Pág. 123
* Material de apoyo a emplear:
- Cartel informativo
- Material impreso (Guías aplicables)
* Porcentaje de asesoramientos destinados a autónomo sin personas trabajadoras: 0%
x
Personal para la realización de la actividad: Recursos ajenos de AECIM.
1.2.10. Asesoramiento técnico preventivo sobre trabajos en altura realizados en empresas
de los montajes, mantenimientos y servicios industriales en centros de trabajo del
sector metal.
Se realizará una visita de asesoramiento técnico a 60 puestos de trabajo (máximo de tres
puestos por centro de trabajo) de empresas dedicadas a los montajes, mantenimientos y servicios
industriales que realicen labores en altura.
Se utilizará un cuestionario de toma de datos para recoger información relativa al
procedimiento llevado a cabo por las empresas.
Se elaborarán 60 ejemplares de un tríptico divulgativo con las principales recomendaciones
sobre la utilización de los EPI en los trabajos en altura.
Se elaborará un informe confidencial para las empresas en las que se encontrará una
valoración sobre la adecuación de los EPI utilizados en los puestos de trabajos analizados y las
recomendaciones en materia de selección, uso y mantenimiento de los EPI analizados en relación
a los riesgos. Este informe se enviará mediante correo electrónico a las empresas participantes en
esta campaña, y en el supuesto de detectarse la necesidad de un estudio más exhaustivo en la
materia, la empresa podrá acudir a la modalidad preventiva elegida por la misma.
Se indicará en el informe que tiene carácter de recomendación y que no constituye el
conjunto de obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales y la normativa que lo desarrolla.
En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuación 1.9.10 y se hará
entrega, además, del material especificado en el punto 1.6.1 según la actividad de la empresa y el
criterio del Técnico. Este material se entregará preferentemente en la visita y, el material, que no
hubiese podido entregarse en la misma se enviará por correo o por mensajero a empresas del
sector acreditando el envío.
Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Además de las visitas y de la entrega
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