D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250628-5)
Convenio –  Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 124

SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 153

de material, se elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado
para los ítems considerados como más relevantes en la lista de chequeo.

De forma general se establecen los siguientes límites:
x

Número total de asesoramientos: 60

x

Número de asesoramientos por centro: 3

x

Número mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 20

x

Contenido de la visita:
* Material de apoyo a emplear:
- Tríptico informativo
- Material impreso (Guías aplicables)
* Porcentaje de asesoramientos destinados a autónomo sin personas trabajadoras: 0%

x

Personal para la realización de la actividad: Recursos ajenos de AECIM.

1.2.11. Asistencia técnica y análisis de las condiciones de seguridad en las operaciones de
almacenamiento en los centros de trabajo del sector del metal.

Se elaborará un documento de toma de datos para analizar las condiciones de seguridad
en el almacenamiento y manipulación de cargas de las personas trabajadoras del sector, en
especial el trabajo de carga y descarga en los muelles y campas de los centros de trabajo,
empleando como herramienta el referido cuestionario de toma de datos.
Se evaluarán 150 centros de trabajo que realicen actividades relacionadas con el sector
metal.

Cada empresa participante recibirá un informe confidencial con el resultado de la visita
técnica. Se indicará en el informe que tiene carácter de recomendación y que no constituye el
conjunto de obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales y la normativa que lo desarrolla, enviándose el mencionado informe confidencial a la
empresa por correo electrónico.

Se elaborarán 150 ejemplares de un cartel informativo con las principales medidas y
recomendaciones en relación con estos riesgos.

En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuación 1.9.11 y se hará
entrega, además, del material especificado en el punto 1.6.1 según la actividad de la empresa y el
criterio del Técnico. Este material se entregará preferentemente en la visita y, el material, que no
hubiese podido entregarse en la misma se enviará por correo o por mensajero a empresas del sector
acreditando el envío.

Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Además de las visitas y de la entrega de

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