D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250628-5)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 153
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
Pág. 125
material, se elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado para
los ítems considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
De forma general se establecen los siguientes límites:
x
Número total de asesoramientos: 150
x
Número de asesoramientos por centro: 1
x
Número mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 150
x
Contenido de la visita:
* Material de apoyo a emplear:
- Cartel informativo
- Material impreso (Guías aplicables)
* Porcentaje de asesoramientos destinados a autónomo sin personas trabajadoras: 0%
x
Personal para la realización de la actividad: Recursos propios de AECIM.
x
Número de horas de participación de personal técnico propio por asesoramiento: 5h. (Este
tiempo incluye todas las tareas necesarias para efectuar dicho asesoramiento; tiempo en la
empresa asesorada, tiempo de desplazamiento y tiempo de trabajos de gabinete). Un total de
750 horas.
1.2.12. Asesoramiento técnico para el análisis y determinación de la exposición a
contaminantes presentes en humos metálicos en procesos de la industria en puestos
de trabajo de centros del sector metal.
Se analizarán los contaminantes en procesos de soldadura (cromo, manganeso, níquel,
cobre, magnesio… entre otros), además de otros contaminantes producidos en empresas de la
industria del metal en 80 puestos de trabajo, en centros de trabajo que realicen actividades
relacionadas con el sector del metal (máximo 3 puestos por centro de trabajo), en los que existan
riesgo de exposición a estos contaminantes presentes en humos metálicos. Este análisis incluirá la
realización de mediciones cuantitativas con la finalidad de determinar la exposición a humos
metálicos en procesos de la industria.
Cada empresa participante recibirá un informe confidencial con el resultado de la visita
técnica.
Se indicará en el informe que tiene carácter de recomendación y que no constituye el
conjunto de obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales y la normativa que lo desarrolla, enviándose el mencionado informe confidencial a la
empresa por correo electrónico, y en el supuesto de detectarse la necesidad de un estudio más
exhaustivo en la materia, la empresa podrá acudir a la modalidad preventiva elegida por la misma.
Se elaborarán 80 ejemplares de una ficha informativa con las principales medidas y
BOCM-20250628-5
21
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 153
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
Pág. 125
material, se elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado para
los ítems considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
De forma general se establecen los siguientes límites:
x
Número total de asesoramientos: 150
x
Número de asesoramientos por centro: 1
x
Número mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 150
x
Contenido de la visita:
* Material de apoyo a emplear:
- Cartel informativo
- Material impreso (Guías aplicables)
* Porcentaje de asesoramientos destinados a autónomo sin personas trabajadoras: 0%
x
Personal para la realización de la actividad: Recursos propios de AECIM.
x
Número de horas de participación de personal técnico propio por asesoramiento: 5h. (Este
tiempo incluye todas las tareas necesarias para efectuar dicho asesoramiento; tiempo en la
empresa asesorada, tiempo de desplazamiento y tiempo de trabajos de gabinete). Un total de
750 horas.
1.2.12. Asesoramiento técnico para el análisis y determinación de la exposición a
contaminantes presentes en humos metálicos en procesos de la industria en puestos
de trabajo de centros del sector metal.
Se analizarán los contaminantes en procesos de soldadura (cromo, manganeso, níquel,
cobre, magnesio… entre otros), además de otros contaminantes producidos en empresas de la
industria del metal en 80 puestos de trabajo, en centros de trabajo que realicen actividades
relacionadas con el sector del metal (máximo 3 puestos por centro de trabajo), en los que existan
riesgo de exposición a estos contaminantes presentes en humos metálicos. Este análisis incluirá la
realización de mediciones cuantitativas con la finalidad de determinar la exposición a humos
metálicos en procesos de la industria.
Cada empresa participante recibirá un informe confidencial con el resultado de la visita
técnica.
Se indicará en el informe que tiene carácter de recomendación y que no constituye el
conjunto de obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales y la normativa que lo desarrolla, enviándose el mencionado informe confidencial a la
empresa por correo electrónico, y en el supuesto de detectarse la necesidad de un estudio más
exhaustivo en la materia, la empresa podrá acudir a la modalidad preventiva elegida por la misma.
Se elaborarán 80 ejemplares de una ficha informativa con las principales medidas y
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