D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250628-5)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 190
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 153
La documentación señalada a continuación, continuación, que se corresponda con las acciones
recogidas en la cláusula SEGUNDA del presente convenio, se entregará junto con la cuenta justificativa,
salvo que ya haya sido entregada durante la fase de seguimiento, de conformidad con lo previsto en la
cláusula DECIMOSEGUNDA, en cuyo caso no será necesaria una nueva entrega, a menos que alguna
circunstancia lorequiera como incorporación de datos adicionales, corrección de errores o similares.
Como criterio general toda aquella documentación susceptible de no poder ser subsanada con
posterioridad o que pueda poner de manifiesto posibles problemas en la fase final de justificación será
entregada, en cuanto esté disponible, durante la fase de seguimiento a fin de ser evaluada por el IRSST y
corregida cualquier posible desviación respecto a las indicaciones del presente convenio.
11.2.1
A)
Acciones de asesoramiento
Resumen general de las actuaciones
Cuadros de estadísticas de las actuaciones realizadas que deberán contener, como
mínimo, los siguientes aspectos:
1.
Datos referidos a la fecha y al tipo de actuación, sector de actividad, intervenciones
realizadas por el técnico y otros datos que se consideren de interés.
2.
Deberán ir firmados por el técnico responsable del seguimiento y control de la ejecución
de las actuaciones, con el visto bueno de uno de los firmantes del convenio.
3.
Cuadro con las acciones de asesoramiento, entrevistas y consultas realizadas, modelo SEN
6 Bis, según procedimiento de actuación establecido en el IRSST, indicando el número de
acciones y porcentaje de cada una de ellas realizado por cada uno de los técnicos, así como
la identificación de éste, bien a través del nombre, apellidos y DNI o a través de un código.
En este caso, se deberá adjuntar el correspondiente listado de códigos de los técnicos,
señalando, expresamente, la identificación del técnico al que corresponde dicho código.
Los cuadros y resúmenes se entregarán igualmente en formato Excel, para facilitar la
labor de comprobación y justificación.
Justificación de visitas de asesoramiento específicas.
Se entregará la documentación, conjunto de SEN 2-1, conforme al procedimiento de
seguimiento de actuaciones establecido en el IRSST, quedando los check list a disposición de la
administración.
Dicha documentación deberá cumplir:
1. Constará la fecha de la visita.
2. Constará la razón social de la entidad visitada.
3. Constará la dirección completa del centro visitado. Dicha dirección deberá ser siempre de la
Comunidad de Madrid.
86
BOCM-20250628-5
B)
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 190
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 153
La documentación señalada a continuación, continuación, que se corresponda con las acciones
recogidas en la cláusula SEGUNDA del presente convenio, se entregará junto con la cuenta justificativa,
salvo que ya haya sido entregada durante la fase de seguimiento, de conformidad con lo previsto en la
cláusula DECIMOSEGUNDA, en cuyo caso no será necesaria una nueva entrega, a menos que alguna
circunstancia lorequiera como incorporación de datos adicionales, corrección de errores o similares.
Como criterio general toda aquella documentación susceptible de no poder ser subsanada con
posterioridad o que pueda poner de manifiesto posibles problemas en la fase final de justificación será
entregada, en cuanto esté disponible, durante la fase de seguimiento a fin de ser evaluada por el IRSST y
corregida cualquier posible desviación respecto a las indicaciones del presente convenio.
11.2.1
A)
Acciones de asesoramiento
Resumen general de las actuaciones
Cuadros de estadísticas de las actuaciones realizadas que deberán contener, como
mínimo, los siguientes aspectos:
1.
Datos referidos a la fecha y al tipo de actuación, sector de actividad, intervenciones
realizadas por el técnico y otros datos que se consideren de interés.
2.
Deberán ir firmados por el técnico responsable del seguimiento y control de la ejecución
de las actuaciones, con el visto bueno de uno de los firmantes del convenio.
3.
Cuadro con las acciones de asesoramiento, entrevistas y consultas realizadas, modelo SEN
6 Bis, según procedimiento de actuación establecido en el IRSST, indicando el número de
acciones y porcentaje de cada una de ellas realizado por cada uno de los técnicos, así como
la identificación de éste, bien a través del nombre, apellidos y DNI o a través de un código.
En este caso, se deberá adjuntar el correspondiente listado de códigos de los técnicos,
señalando, expresamente, la identificación del técnico al que corresponde dicho código.
Los cuadros y resúmenes se entregarán igualmente en formato Excel, para facilitar la
labor de comprobación y justificación.
Justificación de visitas de asesoramiento específicas.
Se entregará la documentación, conjunto de SEN 2-1, conforme al procedimiento de
seguimiento de actuaciones establecido en el IRSST, quedando los check list a disposición de la
administración.
Dicha documentación deberá cumplir:
1. Constará la fecha de la visita.
2. Constará la razón social de la entidad visitada.
3. Constará la dirección completa del centro visitado. Dicha dirección deberá ser siempre de la
Comunidad de Madrid.
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