D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250701-64)
Convenio – Convenio de 6 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, para la formalización por concesión directa de una subvención para el fomento de la igualdad de oportunidades y la corresponsabilidad en las empresas madrileñas, para el año 2025, cofinanciado al 40 % por el Fondo Social Europeo en el Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 155
dad a los requerimientos del mercado de trabajo. Asimismo, dicha Ley, en el art 14.6, establece como uno de los principios de actuación de los poderes públicos, la consideración de
las singulares dificultades en que se encuentran las mujeres de colectivos de especial vulnerabilidad como son, entre otras, las mujeres víctimas de violencia de género, para las cuales los poderes públicos podrán adoptar, igualmente, medidas de acción positiva.
IV. La subvención se encuentra financiada mediante un fondo vinculado al Instrumento de la Unión Europea, cuya regulación especial se encuentra en el capítulo V «De los
fondos vinculados al Instrumento de la Unión Europea», del título IV «Procedimientos de
gestión presupuestaria» de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid para 2022, con vigencia extendida hasta el 31 de diciembre
de 2030, tras la redacción modificada por la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.
Por este motivo, resulta de aplicación el régimen especial previsto en el artículo 62 de
la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, permitiendo la suscripción de un convenio por el titular
de la Consejería, sin necesidad del trámite de autorización del Consejo de Gobierno. Este
artículo establece una regulación especial que sustituye el régimen del artículo 4.5.c) de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, si bien, tal y como exige la Ley, debe constar la valoración de
las circunstancias excepcionales que concurren en el supuesto concreto, realizada por el
propio titular de la Consejería.
La incorporación de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la corresponsabilidad en las empresas madrileñas son clave para avanzar hacia una sociedad más
equitativa y justa. A pesar de los avances, las mujeres siguen enfrentando barreras estructurales en el mercado laboral, como la brecha salarial, el techo de cristal y la distribución
desigual de las responsabilidades de cuidados. En 2024, la tasa de actividad de las mujeres
en la Comunidad de Madrid se situó en 77,0%, frente al 83,0% de los hombres, lo que refleja un acceso desigual al empleo.
Las mujeres siguen concentrándose en sectores feminizados como la educación, la sanidad y los servicios, mientras que los sectores más masculinizados, como la construcción
y la industria, presentan mayores salarios y mejores oportunidades de carrera.
Además, el desempleo femenino en 2024 alcanzó en España un 11,9%, superior
al 9,6% masculino, según datos del Observatorio de la Mujer Trabajadora. El techo de cristal sigue siendo una realidad para muchas mujeres, que encuentran dificultades para acceder a posiciones de liderazgo y toma de decisiones, con un 34,5% de presencia femenina en
cargos directivos de empresas y administraciones públicas en la Comunidad de Madrid,
frente a un 65,5% de hombres, según datos del Observatorio de la Mujer Trabajadora.
Este contexto subraya la urgencia de implementar políticas de igualdad que promuevan
la corresponsabilidad en el ámbito laboral, personal y familiar, favoreciendo la conciliación
y un reparto equitativo de las tareas de cuidados. Solo a través de una transformación en las
estructuras laborales será posible garantizar una mayor inclusión y justicia social.
El papel de las empresas como escenarios para alcanzar la igualdad real entre mujeres
y hombres en la Comunidad de Madrid es fundamental para transformar las estructuras sociales y laborales que perpetúan las desigualdades.
Las empresas, al ser agentes clave en la creación de empleo y en la distribución de
oportunidades, tienen la capacidad de incidir de manera directa en la reducción de la brecha de género. Además, al reducir la brecha de género y fomentar la igualdad de oportunidades, las empresas se alinean con los principios de sostenibilidad social y responsabilidad
corporativa, aspectos cada vez más valorados en el entorno económico global.
Incorporar la igualdad de género en las políticas empresariales no solo tiene un impacto social positivo, sino que también ofrece ventajas competitivas para las empresas. Un entorno de trabajo más diverso e inclusivo favorece la innovación, mejora la retención del talento y aumenta el compromiso de la plantilla.
En definitiva, impulsar la igualdad de género y la corresponsabilidad en el ámbito empresarial no solo es una responsabilidad ética, sino también una inversión estratégica para
las empresas madrileñas, que podrán beneficiarse de una mayor productividad, innovación
y un clima laboral más justo e inclusivo.
Con el objetivo de favorecer una transformación que fomente el desarrollo profesional
de las personas y la innovación y la rentabilidad de las empresas, se definen como objetivos fundamentales de este Convenio:
— Adoptar medidas que contribuyan al impulso y fomento de la igualdad de oportunidades, y la implementación de medidas y estrategias de fomento de la conciliación corresponsable entre mujeres y hombres.
BOCM-20250701-64
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 155
dad a los requerimientos del mercado de trabajo. Asimismo, dicha Ley, en el art 14.6, establece como uno de los principios de actuación de los poderes públicos, la consideración de
las singulares dificultades en que se encuentran las mujeres de colectivos de especial vulnerabilidad como son, entre otras, las mujeres víctimas de violencia de género, para las cuales los poderes públicos podrán adoptar, igualmente, medidas de acción positiva.
IV. La subvención se encuentra financiada mediante un fondo vinculado al Instrumento de la Unión Europea, cuya regulación especial se encuentra en el capítulo V «De los
fondos vinculados al Instrumento de la Unión Europea», del título IV «Procedimientos de
gestión presupuestaria» de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid para 2022, con vigencia extendida hasta el 31 de diciembre
de 2030, tras la redacción modificada por la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.
Por este motivo, resulta de aplicación el régimen especial previsto en el artículo 62 de
la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, permitiendo la suscripción de un convenio por el titular
de la Consejería, sin necesidad del trámite de autorización del Consejo de Gobierno. Este
artículo establece una regulación especial que sustituye el régimen del artículo 4.5.c) de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, si bien, tal y como exige la Ley, debe constar la valoración de
las circunstancias excepcionales que concurren en el supuesto concreto, realizada por el
propio titular de la Consejería.
La incorporación de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la corresponsabilidad en las empresas madrileñas son clave para avanzar hacia una sociedad más
equitativa y justa. A pesar de los avances, las mujeres siguen enfrentando barreras estructurales en el mercado laboral, como la brecha salarial, el techo de cristal y la distribución
desigual de las responsabilidades de cuidados. En 2024, la tasa de actividad de las mujeres
en la Comunidad de Madrid se situó en 77,0%, frente al 83,0% de los hombres, lo que refleja un acceso desigual al empleo.
Las mujeres siguen concentrándose en sectores feminizados como la educación, la sanidad y los servicios, mientras que los sectores más masculinizados, como la construcción
y la industria, presentan mayores salarios y mejores oportunidades de carrera.
Además, el desempleo femenino en 2024 alcanzó en España un 11,9%, superior
al 9,6% masculino, según datos del Observatorio de la Mujer Trabajadora. El techo de cristal sigue siendo una realidad para muchas mujeres, que encuentran dificultades para acceder a posiciones de liderazgo y toma de decisiones, con un 34,5% de presencia femenina en
cargos directivos de empresas y administraciones públicas en la Comunidad de Madrid,
frente a un 65,5% de hombres, según datos del Observatorio de la Mujer Trabajadora.
Este contexto subraya la urgencia de implementar políticas de igualdad que promuevan
la corresponsabilidad en el ámbito laboral, personal y familiar, favoreciendo la conciliación
y un reparto equitativo de las tareas de cuidados. Solo a través de una transformación en las
estructuras laborales será posible garantizar una mayor inclusión y justicia social.
El papel de las empresas como escenarios para alcanzar la igualdad real entre mujeres
y hombres en la Comunidad de Madrid es fundamental para transformar las estructuras sociales y laborales que perpetúan las desigualdades.
Las empresas, al ser agentes clave en la creación de empleo y en la distribución de
oportunidades, tienen la capacidad de incidir de manera directa en la reducción de la brecha de género. Además, al reducir la brecha de género y fomentar la igualdad de oportunidades, las empresas se alinean con los principios de sostenibilidad social y responsabilidad
corporativa, aspectos cada vez más valorados en el entorno económico global.
Incorporar la igualdad de género en las políticas empresariales no solo tiene un impacto social positivo, sino que también ofrece ventajas competitivas para las empresas. Un entorno de trabajo más diverso e inclusivo favorece la innovación, mejora la retención del talento y aumenta el compromiso de la plantilla.
En definitiva, impulsar la igualdad de género y la corresponsabilidad en el ámbito empresarial no solo es una responsabilidad ética, sino también una inversión estratégica para
las empresas madrileñas, que podrán beneficiarse de una mayor productividad, innovación
y un clima laboral más justo e inclusivo.
Con el objetivo de favorecer una transformación que fomente el desarrollo profesional
de las personas y la innovación y la rentabilidad de las empresas, se definen como objetivos fundamentales de este Convenio:
— Adoptar medidas que contribuyan al impulso y fomento de la igualdad de oportunidades, y la implementación de medidas y estrategias de fomento de la conciliación corresponsable entre mujeres y hombres.
BOCM-20250701-64
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