D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250701-64)
Convenio – Convenio de 6 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, para la formalización por concesión directa de una subvención para el fomento de la igualdad de oportunidades y la corresponsabilidad en las empresas madrileñas, para el año 2025, cofinanciado al 40 % por el Fondo Social Europeo en el Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 155
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE JULIO DE 2025
Pág. 233
— Incrementar la empleabilidad de las mujeres, con especial interés en aquellas que
se encuentren en riesgo de exclusión social y/o situaciones de especial vulnerabilidad como las victimas de violencias contra las mujeres.
— Sensibilizar y prevenir la violencia contra las mujeres en el ámbito laboral.
Para la consecución de dichos objetivos y teniendo en cuanta la eficacia y eficiencia
en su consecución, se estima que la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de
Madrid, como Corporación de derecho público que representa, promueve y defiende los intereses generales de los agentes económicos de la región, es la que puede de manera más
exitosa contribuir a la consecución de los objetivos indicados. Asimismo, tratándose de un
proyecto nuevo que se implanta por primera vez en el año 2022, se hace imprescindible
continuar con la delimitación del ámbito subjetivo y objetivo que permita garantizar su éxito, extendiéndolo de este modo solamente a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y
Servicios de Madrid y su respectivo proyecto.
V. La financiación objeto de este Convenio se encuentra contemplada dentro de la
Orden 174/2025, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se
aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2025 de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales. En concreto se enmarca en el Objetivo 10, Línea 1.
VI. Las actuaciones del presente Convenio serán cofinanciadas al 40% por el Fondo
Social Europeo dentro del Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, Prioridad 1 Empleo, Objetivo específico C Promover una participación equilibrada de género en
el mercado de trabajo, unas condiciones de trabajo equitativas y una mejora del equilibrio
entre la vida laboral y la familiar, en particular mediante el acceso a unos servicios asequibles de atención a la infancia y de atención a personas dependientes.
VII. Es deseo de las partes firmantes fomentar la formación específica en igualdad
de oportunidades entre mujeres y hombres y, en virtud de las atribuciones conferidas,
acuerdan suscribir el presente convenio de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Constituye el objeto del presente Convenio la formalización, por concesión directa por
razones de interés social, de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y
Servicios de Madrid para la puesta en marcha de las acciones que contribuyan al impulso y
fomento de la igualdad y la implementación de medidas y estrategias de fomento de la conciliación/corresponsabilidad entre mujeres y hombres, incluyendo la sensibilización y la
prevención de la violencia de género, en las empresas madrileñas, así como la empleabilidad de las mujeres, mediante las siguientes líneas de actuación:
1. Igualdad de oportunidades y corresponsabilidad entre mujeres y hombres:
Impulsar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y el fomento de la corresponsabilidad en las organizaciones como elementos clave para el logro de una igualdad
real y efectiva en el desarrollo empresarial.
2. Violencia de género y otras violencias en el ámbito laboral:
Impulsar la gestión empresarial del acoso sexual y por razón de sexo y violencia sexual en el ámbito laboral, como reflejo de la violencia de género en los entornos empresariales y empoderar y facilitar el acceso al mercado laboral de las mujeres víctimas de violencia de género.
3. Empleabilidad de mujeres:
Facilitar el acceso de las mujeres a acciones formativas e informativas clave para impulsar su empleabilidad y potenciar su visibilidad en el mercado de trabajo en igualdad de
condiciones que los hombres.
Segunda
Ejecución del convenio
La ejecución de las acciones objeto del Convenio se hará desde la firma del Convenio,
hasta el 31 de diciembre de 2025. No obstante, podrán imputarse gastos realizados con
BOCM-20250701-64
Objeto
B.O.C.M. Núm. 155
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE JULIO DE 2025
Pág. 233
— Incrementar la empleabilidad de las mujeres, con especial interés en aquellas que
se encuentren en riesgo de exclusión social y/o situaciones de especial vulnerabilidad como las victimas de violencias contra las mujeres.
— Sensibilizar y prevenir la violencia contra las mujeres en el ámbito laboral.
Para la consecución de dichos objetivos y teniendo en cuanta la eficacia y eficiencia
en su consecución, se estima que la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de
Madrid, como Corporación de derecho público que representa, promueve y defiende los intereses generales de los agentes económicos de la región, es la que puede de manera más
exitosa contribuir a la consecución de los objetivos indicados. Asimismo, tratándose de un
proyecto nuevo que se implanta por primera vez en el año 2022, se hace imprescindible
continuar con la delimitación del ámbito subjetivo y objetivo que permita garantizar su éxito, extendiéndolo de este modo solamente a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y
Servicios de Madrid y su respectivo proyecto.
V. La financiación objeto de este Convenio se encuentra contemplada dentro de la
Orden 174/2025, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se
aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2025 de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales. En concreto se enmarca en el Objetivo 10, Línea 1.
VI. Las actuaciones del presente Convenio serán cofinanciadas al 40% por el Fondo
Social Europeo dentro del Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, Prioridad 1 Empleo, Objetivo específico C Promover una participación equilibrada de género en
el mercado de trabajo, unas condiciones de trabajo equitativas y una mejora del equilibrio
entre la vida laboral y la familiar, en particular mediante el acceso a unos servicios asequibles de atención a la infancia y de atención a personas dependientes.
VII. Es deseo de las partes firmantes fomentar la formación específica en igualdad
de oportunidades entre mujeres y hombres y, en virtud de las atribuciones conferidas,
acuerdan suscribir el presente convenio de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Constituye el objeto del presente Convenio la formalización, por concesión directa por
razones de interés social, de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y
Servicios de Madrid para la puesta en marcha de las acciones que contribuyan al impulso y
fomento de la igualdad y la implementación de medidas y estrategias de fomento de la conciliación/corresponsabilidad entre mujeres y hombres, incluyendo la sensibilización y la
prevención de la violencia de género, en las empresas madrileñas, así como la empleabilidad de las mujeres, mediante las siguientes líneas de actuación:
1. Igualdad de oportunidades y corresponsabilidad entre mujeres y hombres:
Impulsar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y el fomento de la corresponsabilidad en las organizaciones como elementos clave para el logro de una igualdad
real y efectiva en el desarrollo empresarial.
2. Violencia de género y otras violencias en el ámbito laboral:
Impulsar la gestión empresarial del acoso sexual y por razón de sexo y violencia sexual en el ámbito laboral, como reflejo de la violencia de género en los entornos empresariales y empoderar y facilitar el acceso al mercado laboral de las mujeres víctimas de violencia de género.
3. Empleabilidad de mujeres:
Facilitar el acceso de las mujeres a acciones formativas e informativas clave para impulsar su empleabilidad y potenciar su visibilidad en el mercado de trabajo en igualdad de
condiciones que los hombres.
Segunda
Ejecución del convenio
La ejecución de las acciones objeto del Convenio se hará desde la firma del Convenio,
hasta el 31 de diciembre de 2025. No obstante, podrán imputarse gastos realizados con
BOCM-20250701-64
Objeto