D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250702-51)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresarios de las Industrias del Mueble, Carpintería y Afines de la Comunidad de Madrid (AFAMID) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 268
MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2025
11.1
B.O.C.M. Núm. 156
Cuenta justificativa
AFAMID deberá presentar, en el registro del IRSST, una cuenta justificativa estructurada con arreglo
a los conceptos que se determinan en la cláusula NOVENA y deberá incluir:
11.1.1
Documentación General:
a)
Certificado de las cantidades invertidas en la ejecución del convenio e imputadas al mismo
según el modelo que figura como ANEXO.
b)
Memoria explicativa de las acciones realizadas, suscrita por el firmante del convenio.
Podrán unificarse en este documento las memorias solicitadas para cada actuación,
siempre que se incluyan todos los datos solicitados en el apartado correspondiente.
Igualmente se podrá unificar en este documento el contenido del punto c, Relación del
personal, de la presente enumeración.
c)
Relación del personal vinculado al convenio, suscrita por el firmante del convenio, a menos
que se incluya en el documento indicado en el punto b) de la presente enumeración.
Contendrá descripción de las funciones y labores desarrolladas, así como los porcentajes
de dedicación en cada una de las mensualidades. En el Anexo 1 se entregará cuadro
resumen de esta información.
d)
Modelo 390 completo de la declaración tributaria del IVA presentada o, en su caso,
Certificado de la AEAT de no haber presentado dicha declaración, en ambos casos,
referidos al ejercicio fiscal correspondiente al año que abarca la vigencia del convenio.
Igualmente, cualquier otro documento justificativo aplicable al convenio sobre el tratamiento
del IVA en la entidad.
e)
Acreditación de haber realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales al que se hace
referencia en la cláusula DÉCIMA del presente convenio.
11.1.2
Gastos de personal
Con cargo a este concepto se imputarán únicamente los derivados de la contratación del
personal propio y, por tanto, se justificarán conforme a los siguientes criterios:
a)
Contrato de trabajo u otra documentación que acredite el convenio colectivo aplicable a los
trabajadores cuyas nóminas se imputan como gastos subvencionables.
Nóminas, así como el abono de las mismas mediante la presentación de transferencia
bancaria a favor del trabajador, o copia del talón nominativo, acompañada del extracto del
movimiento bancario justificativo de la realización efectiva del pago.
Deberán excluirse de la imputación los pagos realizados correspondientes a incapacidad
temporal, los atrasos de ejercicios anteriores o los anticipos de la futura subida que pueda
pactarse para ejercicios posteriores, la percepción salarial correspondiente a la
50
BOCM-20250702-51
b)
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 268
MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2025
11.1
B.O.C.M. Núm. 156
Cuenta justificativa
AFAMID deberá presentar, en el registro del IRSST, una cuenta justificativa estructurada con arreglo
a los conceptos que se determinan en la cláusula NOVENA y deberá incluir:
11.1.1
Documentación General:
a)
Certificado de las cantidades invertidas en la ejecución del convenio e imputadas al mismo
según el modelo que figura como ANEXO.
b)
Memoria explicativa de las acciones realizadas, suscrita por el firmante del convenio.
Podrán unificarse en este documento las memorias solicitadas para cada actuación,
siempre que se incluyan todos los datos solicitados en el apartado correspondiente.
Igualmente se podrá unificar en este documento el contenido del punto c, Relación del
personal, de la presente enumeración.
c)
Relación del personal vinculado al convenio, suscrita por el firmante del convenio, a menos
que se incluya en el documento indicado en el punto b) de la presente enumeración.
Contendrá descripción de las funciones y labores desarrolladas, así como los porcentajes
de dedicación en cada una de las mensualidades. En el Anexo 1 se entregará cuadro
resumen de esta información.
d)
Modelo 390 completo de la declaración tributaria del IVA presentada o, en su caso,
Certificado de la AEAT de no haber presentado dicha declaración, en ambos casos,
referidos al ejercicio fiscal correspondiente al año que abarca la vigencia del convenio.
Igualmente, cualquier otro documento justificativo aplicable al convenio sobre el tratamiento
del IVA en la entidad.
e)
Acreditación de haber realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales al que se hace
referencia en la cláusula DÉCIMA del presente convenio.
11.1.2
Gastos de personal
Con cargo a este concepto se imputarán únicamente los derivados de la contratación del
personal propio y, por tanto, se justificarán conforme a los siguientes criterios:
a)
Contrato de trabajo u otra documentación que acredite el convenio colectivo aplicable a los
trabajadores cuyas nóminas se imputan como gastos subvencionables.
Nóminas, así como el abono de las mismas mediante la presentación de transferencia
bancaria a favor del trabajador, o copia del talón nominativo, acompañada del extracto del
movimiento bancario justificativo de la realización efectiva del pago.
Deberán excluirse de la imputación los pagos realizados correspondientes a incapacidad
temporal, los atrasos de ejercicios anteriores o los anticipos de la futura subida que pueda
pactarse para ejercicios posteriores, la percepción salarial correspondiente a la
50
BOCM-20250702-51
b)