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Convenio –  Adenda de 11 de junio de 2025, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Angela Navarro, para facilitar a pacientes oncológicos de hospitales del Servicio Madrileño de Salud el acceso a prótesis capilares
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 158

les que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria a través de la personalización de
la atención en los diferentes niveles y a lo largo de todo el proceso asistencial”.
Tercero
El artículo 2, apartados 1 y 2, del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, define el Servicio Madrileño de Salud como un
ente de Derecho Público de los previstos en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, adscrito a la Consejería que
tenga atribuidas las competencias en materia de sanidad. Tiene entre sus fines la promoción
de la humanización en todos los centros sanitarios de utilización pública de la Comunidad
de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 60.1.d) de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.
Por otro lado, la disposición adicional segunda, apartado 1, del Decreto 246/2023, de 4 de
octubre, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, recoge
los centros adscritos al mismo.
Cuarto
La Fundación Ángela Navarro es una organización privada sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
con número 28-1660 que, de acuerdo con sus estatutos, tiene entre sus fines el fomento, promoción, desarrollo y/o gestión, de programas de investigación, desarrollo e innovación en
los distintos ámbitos de la estética aplicada a la salud, y particularmente de tratamientos,
productos y servicios estéticos para personas afectadas por una enfermedad y/o secuelas y/o
efectos derivados de su tratamiento, a fin de promover su bienestar y salud física y psíquica y favorecer su aceptación e integración social.
Quinto
Según su cláusula décima, el convenio tiene una vigencia de cuatro años desde la fecha de su perfección con el consentimiento de las partes, entendiendo por tal el día en que
el convenio fue suscrito por el último de sus firmantes, pudiéndose prorrogar mediante
acuerdo unánime y escrito de las partes firmantes del convenio por períodos bienales que
en su totalidad no superen el máximo de cuatro años adicionales.
Sexto
Con el fin de poder continuar la colaboración establecida entre las partes, que contribuye a la consecución de los objetivos de interés general propios de ambas, se considera necesario prorrogar el convenio que finaliza su vigencia el 24 de julio de 2025.
Con base en las anteriores manifestaciones las partes acuerdan prorrogar el Convenio
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Ángela Navarro, para el acompañamiento de los pacientes en
los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud, suscrito el 25 de julio de 2019, de
acuerdo con la siguiente,

Única
Prórroga del convenio
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula décima del convenio de referencia, las partes acuerdan su prórroga para el período comprendido entre el 25 de julio de 2025 y el 24 de julio de 2027, ambas fechas incluidas.
Con independencia del período de prórroga indicado, se entenderá que el día de perfección de este acuerdo es aquel en el que se encuentre firmado por todas las partes intervinientes.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
documento.
Madrid, a 11 de junio de 2025.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud, la Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno.—Por
la Fundación Ángela Navarro, la Presidenta, Ángela Navarro Valladolid.
(03/9.620/25)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20250704-28

CLÁUSULA