D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250704-26)
Convenio – Convenio de 22 de abril de 2025, de cooperación educativa entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, a través del Servicio de Urgencia Médica de la Comunidad de Madrid (SUMMA-112), y la Fundación para el Desarrollo de la Enfermería-FUDEN, para la realización de prácticas que integran el máster de postgrado de Enfermería en Urgencias Extrahospitalarias
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 158
de 27 de junio y todas las políticas, normas y procedimientos del SUMMA-112 y de la
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid que emanen del citado código. Para su
conocimiento, se le proporcionará acceso a la normativa que le sea de aplicación.
Siempre que se encuentre en el SUMMA-112 deberá llevar en lugar plenamente visible la
tarjeta identificativa que se le facilitará y en donde se recogen sus datos personales,
identificándole como estudiante. Al finalizar el período de prácticas, deberá devolver la
tarjeta al centro sanitario
El estudiante será responsable del incumplimiento de cualquiera de las disposiciones
anteriormente expuestas en que hubiera incurrido personalmente, lo cual podrá ser
motivo de exigencia de las responsabilidades legales que correspondan.
El tutor profesional del SUMMA-112
Nombre y apellidos:
Localización:
Teléfono corporativo:
Correo electrónico corporativo:
El tutor profesional se compromete a:
BOCM-20250704-26
1. Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo
establecido en el proyecto formativo.
2. Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas con una relación
basada en el respeto con el derecho fundamental a la protección de datos del
paciente, respecto a la información contenida en su historia clínica, en el ámbito de
desarrollo de actividades de docencia.
3. Informar al estudiante de la organización y funcionamiento del SERMAS y de la
normativa aplicable en materia de confidencialidad y protección de datos.
4. Proporcionar la información complementaria que precise el estudiante para la
realización de las prácticas.
5. Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el desarrollo
de las prácticas e informarle sobre el correcto uso de los mismos.
6. Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del
estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 158
de 27 de junio y todas las políticas, normas y procedimientos del SUMMA-112 y de la
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid que emanen del citado código. Para su
conocimiento, se le proporcionará acceso a la normativa que le sea de aplicación.
Siempre que se encuentre en el SUMMA-112 deberá llevar en lugar plenamente visible la
tarjeta identificativa que se le facilitará y en donde se recogen sus datos personales,
identificándole como estudiante. Al finalizar el período de prácticas, deberá devolver la
tarjeta al centro sanitario
El estudiante será responsable del incumplimiento de cualquiera de las disposiciones
anteriormente expuestas en que hubiera incurrido personalmente, lo cual podrá ser
motivo de exigencia de las responsabilidades legales que correspondan.
El tutor profesional del SUMMA-112
Nombre y apellidos:
Localización:
Teléfono corporativo:
Correo electrónico corporativo:
El tutor profesional se compromete a:
BOCM-20250704-26
1. Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo
establecido en el proyecto formativo.
2. Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas con una relación
basada en el respeto con el derecho fundamental a la protección de datos del
paciente, respecto a la información contenida en su historia clínica, en el ámbito de
desarrollo de actividades de docencia.
3. Informar al estudiante de la organización y funcionamiento del SERMAS y de la
normativa aplicable en materia de confidencialidad y protección de datos.
4. Proporcionar la información complementaria que precise el estudiante para la
realización de las prácticas.
5. Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el desarrollo
de las prácticas e informarle sobre el correcto uso de los mismos.
6. Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del
estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.