D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250704-26)
Convenio – Convenio de 22 de abril de 2025, de cooperación educativa entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, a través del Servicio de Urgencia Médica de la Comunidad de Madrid (SUMMA-112), y la Fundación para el Desarrollo de la Enfermería-FUDEN, para la realización de prácticas que integran el máster de postgrado de Enfermería en Urgencias Extrahospitalarias
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 4 DE JULIO DE 2025
Pág. 225
1. Queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva
sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de su
función, especialmente los datos personales, que no podrá copiar o utilizar con fin
distinto al que esté determinado, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de
conservación. Esta obligación subsistirá una vez cumplido el periodo de prácticas
acordado en virtud del Convenio de Cooperación Educativa.
2. Queda prohibida la salida de información propiedad del SUMMA-112 obtenida de
sus sistemas de información o de otras fuentes, por cualquier medio físico o
telemático, salvo autorización por escrito del Responsable de dicha información.
3. Una vez cumplido el periodo de prácticas acordado en virtud de Convenio de
Cooperación Educativa, los datos personales pertenecientes al SUMMA-112 que
pudiera tener bajo control del abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos al
centro por el método acordado, así como cualquier otro soporte o documento en
que conste algún dato personal.
4. El acceso lógico a los Sistemas de Información y Comunicaciones del SERMAS, se
hará con la autorización correspondiente, en la forma que se indique y con las
medidas de seguridad que se marquen en cada caso, no pudiendo acceder a datos
reales sin la autorización por escrito del Responsable del Tratamiento o Encargado
del Tratamiento.
5. Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los Sistemas de
Información y Comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en
el SUMMA-112 . La función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender
cualquier tipo de consulta o necesidad, transmitir instrucciones, ponerle al
corriente de sus cometidos, objetivos, entre otras.
6. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas
de información del SUMMA-112 sin la correspondiente licencia y/o autorización.
Los programas informáticos propiedad de SERMAS están protegidos por propiedad
intelectual, y por tanto está estrictamente prohibida su reproducción,
modificación, cesión o comunicación sin la debida autorización.
7. Queda estrictamente prohibido en los sistemas de información del SUMMA-112, el
uso, reproducción, cesión, transformación o comunicación pública de cualquier
otro tipo de obra o invención protegida por la propiedad intelectual sin la debida
autorización.
Por su parte, el estudiante se compromete a cumplir la “Política de seguridad de la
información en el ámbito de la Administración Electrónica y de los sistemas de información
de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid”, publicado en la Orden 491/2013,
BOCM-20250704-26
B.O.C.M. Núm. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE JULIO DE 2025
Pág. 225
1. Queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva
sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de su
función, especialmente los datos personales, que no podrá copiar o utilizar con fin
distinto al que esté determinado, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de
conservación. Esta obligación subsistirá una vez cumplido el periodo de prácticas
acordado en virtud del Convenio de Cooperación Educativa.
2. Queda prohibida la salida de información propiedad del SUMMA-112 obtenida de
sus sistemas de información o de otras fuentes, por cualquier medio físico o
telemático, salvo autorización por escrito del Responsable de dicha información.
3. Una vez cumplido el periodo de prácticas acordado en virtud de Convenio de
Cooperación Educativa, los datos personales pertenecientes al SUMMA-112 que
pudiera tener bajo control del abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos al
centro por el método acordado, así como cualquier otro soporte o documento en
que conste algún dato personal.
4. El acceso lógico a los Sistemas de Información y Comunicaciones del SERMAS, se
hará con la autorización correspondiente, en la forma que se indique y con las
medidas de seguridad que se marquen en cada caso, no pudiendo acceder a datos
reales sin la autorización por escrito del Responsable del Tratamiento o Encargado
del Tratamiento.
5. Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los Sistemas de
Información y Comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en
el SUMMA-112 . La función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender
cualquier tipo de consulta o necesidad, transmitir instrucciones, ponerle al
corriente de sus cometidos, objetivos, entre otras.
6. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas
de información del SUMMA-112 sin la correspondiente licencia y/o autorización.
Los programas informáticos propiedad de SERMAS están protegidos por propiedad
intelectual, y por tanto está estrictamente prohibida su reproducción,
modificación, cesión o comunicación sin la debida autorización.
7. Queda estrictamente prohibido en los sistemas de información del SUMMA-112, el
uso, reproducción, cesión, transformación o comunicación pública de cualquier
otro tipo de obra o invención protegida por la propiedad intelectual sin la debida
autorización.
Por su parte, el estudiante se compromete a cumplir la “Política de seguridad de la
información en el ámbito de la Administración Electrónica y de los sistemas de información
de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid”, publicado en la Orden 491/2013,
BOCM-20250704-26
B.O.C.M. Núm. 158
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