D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250704-26)
Convenio –  Convenio de 22 de abril de 2025, de cooperación educativa entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, a través del Servicio de Urgencia Médica de la Comunidad de Madrid (SUMMA-112), y la Fundación para el Desarrollo de la Enfermería-FUDEN, para la realización de prácticas que integran el máster de postgrado de Enfermería en Urgencias Extrahospitalarias
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 158

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE JULIO DE 2025

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to, es el organismo encargado de la atención integral de la salud del individuo mediante la adecuada organización y asignación de los recursos sanitarios, teniendo en cuenta las características sanitarias, socioeconómicas, epidemiológicas y poblacionales, en el ámbito territorial de la
Comunidad de Madrid. Dicho ente de derecho público, creado por la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, dotado de personalidad jurídica
propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, tiene entre sus funciones
la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.
Tercero
Que el Servicio Madrileño de Salud, de acuerdo a lo contemplado en la disposición adicional primera del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, incluye el Servicio de
Urgencia Médica de la Comunidad de Madrid-SUMMA-112 (en adelante, SUMMA-112) en
el conjunto de centros adscritos y vinculados a este servicio público, que, junto con los recursos humanos de reconocido prestigio personal, se consideran adecuados para el desarrollo prácticas de urgencias y emergencias sanitarias.
Cuarto
Que el SUMMA-112 tiene encomendadas las funciones de atención a las urgencias y
emergencias extrahospitalarias en la Comunidad de Madrid, constituyendo una referencia
de calidad ampliamente reconocida en todo el entorno profesional.
Quinto
Que la Fundación para el Desarrollo de la Enfermería-FUDEN (en adelante FUDEN),
tiene como objetivo principal ofrecer una formación completa y de calidad contrastada para
hacer frente a las necesidades de la sociedad actual mediante la realización de actividades
de docencia, investigación, innovación, cultura y desarrollo científico. Para ello, está interesada en colaborar con los agentes de los distintos sectores económicos y sociales, y en especial, con aquellas instituciones que proyectan su actividad a la mejora de la calidad de
vida de los distintos estamentos sociales.
Sexto
Que la enfermería de Urgencias y de Emergencias extrahospitalarias, requiere una formación altamente específica y avanzada, que proporcione la obtención de las competencias
necesarias, complementando los conocimientos teóricos con las habilidades y actitudes necesarias en la asistencia extrahospitalaria. Estas competencias, se adquieren durante su período rotatorio práctico en ambulancias asistenciales del SUMMA-112, en donde serán instruidos y supervisados por un tutor en prácticas.
Séptimo
Que las distintas instituciones manifiestan su deseo de cooperación y colaboración mutua, en el desarrollo de las prácticas en urgencias extrahospitalarias para la realización del período de formación en ambulancias asistenciales que integra el programa formativo del “Máster de postgrado de Enfermería en Urgencias Extrahospitalarias”, en el SUMMA-112.
Que de acuerdo con lo antes expuesto, las partes intervinientes deciden formalizar este
convenio de acuerdo con las siguientes,

Primera
Objeto
El objeto de este convenio es facilitar a los estudiantes de la Fundación para el Desarrollo de la Enfermería-FUDEN (en adelante FUDEN) la realización del período de formación en ambulancias asistenciales del “Máster de postgrado de Enfermería en Urgencias
Extrahospitalarias”, en el SUMMA-112.

BOCM-20250704-26

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