Disposiciones generales. . (2025/95-4)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Almería para el proyecto tractor «Innovación y sostenibilidad en la industria auxiliar de la agricultura almeriense».
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INTERIOR,
DIÁLOGO
SOCIAL
SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

Y

Secretaría General Técnica

BOJA

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:

ANEXO II y III
Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía

Consejería de Industria Energía y Minas.

Número 95 - Miércoles, 21 de mayo dePágina
202529 de
página 7035/42
40

ORGANISMO:

Secretaría General de Industria y Minas.
ANEXO VII

Costes subvencionables por la aplicación del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la
Comisión, de 17 de junio de 2014 (RGEC)

-

Para las tipologías de proyectos «A.1.1. Diversificación económica, modernización y reconversión
mediante inversiones productivas y de tecnologías y logística avanzada» para «Ayudas
regionales a la inversión (artículo 14 RGEC)» serán los costes de inversión en activos materiales
e inmateriales.
Los activos inmateriales serán admisibles para el cálculo de los costes de inversión si cumplen
las siguientes condiciones:
a) utilizarse exclusivamente en el establecimiento beneficiario de la ayuda.
b) ser amortizables.
c) adquirirse en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador, e
d) formar parte de los activos de la empresa beneficiaria y permanecer vinculados con el proyecto
para el que se concede la ayuda durante al menos 5 años (3 años en el caso de las pymes).
Será subvencionable el 100 % de los costes de los activos inmateriales. En el caso de las
grandes empresas, los costes de los activos inmateriales únicamente serán subvencionables
hasta un límite del 50 % del total de los costes de inversión subvencionables del proyecto para la
inversión inicial.

-

Para la tipología de proyecto «A.2.2. Mejora de la economía circular, también mediante la
prevención y reducción de residuos, la eficiencia en el uso de los recursos, la reutilización, la
reparación y el reciclado» los costes subvencionables para «Ayudas a la inversión para la
eficiencia en el uso de los recursos y para apoyar la transición hacia una economía circular
(Artículo 47 RGEC)» serán los costes de inversión adicionales determinados comparando los
costes totales de inversión del proyecto con los de un proyecto o actividad menos respetuoso con
el medio ambiente, que será uno de los siguientes:
a) Una hipótesis de contraste que consista en una inversión comparable que podría realizarse de
forma creíble sin ayuda en un proceso de producción nuevo o ya existente y que no logre el
mismo nivel de eficiencia en el uso de los recursos.
b) Una hipótesis de contraste que consista en un tratamiento de los residuos basado en una
operación de tratamiento situada más abajo en el orden de prioridades de la jerarquía de
residuos a que se refiere el artículo 4, punto 1, de la Directiva 2008/98/CE, o un tratamiento de
los residuos u otros productos, materiales o sustancias menos eficiente en el uso de los
recursos.

00320634

c) Una hipótesis de contraste que consista en una inversión comparable en un proceso de
producción convencional que utilice una materia prima o producto primario, si el producto
secundario (reutilizado o valorizado) es técnica y económicamente sustituible por la materia
prima o producto primario.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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