Disposiciones generales. . (2025/104-2)
Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas ubicadas en municipios especialmente afectados por determinados fenómenos meteorológicos adversos acontecidos en 2024 y 2025, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 23), y se efectúa su convocatoria.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Martes, 3 de junio de 2025
página 7742/6

19. Asimismo, con anterioridad al procedimiento de reintegro, las personas o
entidades beneficiarias podrán presentar solicitud de aplazamiento o fraccionamiento
con reconocimiento de deuda dirigida al órgano gestor de la subvención, acompañada de
la documentación prevista en la normativa de aplicación.
Tercero. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola
y Ganadera para dictar las instrucciones y adoptar las medidas necesarias para el
desarrollo y ejecución de la presente orden, cada una en el ámbito de sus competencias,
sin que en ningún caso pueda suponer modificar el contenido normativo de la misma.
Cuarto. Aprobación del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.
Las ayudas previstas en la presente orden estarán condicionadas a la aprobación
definitiva, por la Comisión Europea, de la versión 15 del Programa de Desarrollo Rural
de Andalucía 2014-2022, aprobado por la Comisión europea el 10 de agosto de 2015,
desarrollada en la Medida 23 «Ayuda temporal excepcional destinada a agricultores y
ganaderos especialmente afectados por desastres naturales», Operación 23.1.1. Por
todo ello, en caso de que tras la aprobación definitiva de la citada versión del Programa
de Desarrollo Rural se establezcan cambios respecto a los requisitos, condiciones de
admisibilidad e importes establecidos en la presente orden, deberán ser tenidos en
cuenta para la concesión de las ayudas.
Quinto. Efectos.
La presente orden surtirá efectos el día siguiente al que se publique en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sevilla, 21 de mayo de 2025
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL
Consejero de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

ANEXO I
BASES REGULADORAS

Primero. Objeto.
Establecimiento de una línea de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, dirigidas a las personas titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas,
cuya producción o potencial productivo se vio afectado por los daños causados por la
DANA acontecida entre el 29 de octubre y el 3 de noviembre de 2024, y las borrascas de
los meses de febrero y marzo de 2025, en los municipios contenidos en el Anexo II de
esta orden, para afrontar los problemas de liquidez que ponen en peligro la continuidad
de las actividades agrarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía
2014-2022 (Medida 23).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321341

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN
RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DIRIGIDAS A LOS TITULARES
DE EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS Y GANADERAS UBICADAS EN MUNICIPIOS
ESPECIALMENTE AFECTADOS POR DETERMINADOS FENÓMENOS
METEOROLÓGICOS ADVERSOS ACONTECIDOS EN 2024 Y 2025, EN EL MARCO
DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE ANDALUCÍA 2014-2022 (MEDIDA 23)