Autoridades y personal. . (2025/108-31)
Resolución de 3 de junio de 2025, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca, proceso selectivo para la contratación de personal investigador predoctoral en formación con cargo a la Actuación R.2.c) Apoyo a la incorporación de personal investigador de excelencia a la Universidad de Jaén del Plan de Investigación y Transferencia del Conocimiento 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 108 - Lunes, 9 de junio de 2025
página 7978/5
la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, será obligatorio
enviar la justificación documental de las circunstancias al Vicerrectorado de Investigación
y Transferencia del Conocimiento y al Servicio de Personal de la Universidad de Jaén.
5.9. Finalización de la etapa predoctoral.
De conformidad con la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación, cuando el personal investigador en formación obtenga el título de doctor o
finalice la permanencia en el programa de doctorado, finalizará el periodo de ejecución
de la etapa predoctoral. Se considera que se ha obtenido el título de doctor en la fecha
del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.
5.10. Compromiso postdoctoral.
La concesión y disfrute de uno de los contratos predoctorales, objeto de esta
convocatoria, para la Formación de Personal Investigador no implica compromiso
alguno respecto a la incorporación posterior de la persona beneficiaria a la plantilla de la
Universidad de Jaén.
5.11. Renuncia y cobertura de vacantes.
La renuncia a los contratos deberá presentarse por sede electrónica ante el
Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento. En caso de renuncia,
la vacante podrá ser cubierta con la persona suplente siguiente en el listado, según
la plaza en la que se haya producido la renuncia, siempre que cumpla los requisitos
establecidos. Los contratos concedidos por renuncias tendrán una duración máxima
de cuatro años, y el periodo máximo para la cobertura de vacantes es de seis meses
desde la fecha de incorporación indicada en la resolución definitiva de concesión de los
contratos predoctorales.
5.12. Transición de la etapa predoctoral a la posdoctoral.
Para la transición de la etapa predoctoral a la posdoctoral, las personas interesadas
deberán presentar la solicitud a través de la Sede Electrónica de la UJA, dirigida al
Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento con al menos 15
días naturales de antelación a la fecha fin de la tercera anualidad. Será imprescindible
acreditar documentalmente la defensa y aprobación de la tesis doctoral antes del inicio
de la última anualidad, así como presentar un programa de actividades de docencia e
investigación para el contrato posdoctoral. No será válido el depósito de la tesis doctoral
pendiente de aprobación para su defensa.
6. Presupuesto de la convocatoria.
El presupuesto asignado a los contratos objeto de esta resolución asciende a 561.825 €, que
se imputará a la aplicación presupuestaria 02.03 IFSP 644 y 02.03 IBPP 640 correspondiente al
Presupuesto de la Universidad de Jaén para el ejercicio 2025, y sus equivalentes en ejercicios
posteriores, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria de cada ejercicio.
La distribución estimada de la financiación de los contratos predoctorales por
aplicaciones presupuestarias, es la siguiente:
Aplicación
presupuestaria
02.03 IFSP 644
2025
2026
2027
2028
2029
TOTAL
30.627 €
122.509 €
128.190 €
151.819 €
128.680 €
561.825 €
7. Régimen de incompatibilidades.
7.1. Incompatibilidad con otros contratos.
Los contratos financiados serán incompatibles con la vigencia de cualquier otro
contrato laboral por parte del personal investigador predoctoral en formación contratado
y con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, cuando ello
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321576
Importes en euros.
La distribución de la cuantía total máxima recogida en esta convocatoria tiene carácter
meramente estimativo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 108 - Lunes, 9 de junio de 2025
página 7978/5
la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, será obligatorio
enviar la justificación documental de las circunstancias al Vicerrectorado de Investigación
y Transferencia del Conocimiento y al Servicio de Personal de la Universidad de Jaén.
5.9. Finalización de la etapa predoctoral.
De conformidad con la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación, cuando el personal investigador en formación obtenga el título de doctor o
finalice la permanencia en el programa de doctorado, finalizará el periodo de ejecución
de la etapa predoctoral. Se considera que se ha obtenido el título de doctor en la fecha
del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.
5.10. Compromiso postdoctoral.
La concesión y disfrute de uno de los contratos predoctorales, objeto de esta
convocatoria, para la Formación de Personal Investigador no implica compromiso
alguno respecto a la incorporación posterior de la persona beneficiaria a la plantilla de la
Universidad de Jaén.
5.11. Renuncia y cobertura de vacantes.
La renuncia a los contratos deberá presentarse por sede electrónica ante el
Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento. En caso de renuncia,
la vacante podrá ser cubierta con la persona suplente siguiente en el listado, según
la plaza en la que se haya producido la renuncia, siempre que cumpla los requisitos
establecidos. Los contratos concedidos por renuncias tendrán una duración máxima
de cuatro años, y el periodo máximo para la cobertura de vacantes es de seis meses
desde la fecha de incorporación indicada en la resolución definitiva de concesión de los
contratos predoctorales.
5.12. Transición de la etapa predoctoral a la posdoctoral.
Para la transición de la etapa predoctoral a la posdoctoral, las personas interesadas
deberán presentar la solicitud a través de la Sede Electrónica de la UJA, dirigida al
Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento con al menos 15
días naturales de antelación a la fecha fin de la tercera anualidad. Será imprescindible
acreditar documentalmente la defensa y aprobación de la tesis doctoral antes del inicio
de la última anualidad, así como presentar un programa de actividades de docencia e
investigación para el contrato posdoctoral. No será válido el depósito de la tesis doctoral
pendiente de aprobación para su defensa.
6. Presupuesto de la convocatoria.
El presupuesto asignado a los contratos objeto de esta resolución asciende a 561.825 €, que
se imputará a la aplicación presupuestaria 02.03 IFSP 644 y 02.03 IBPP 640 correspondiente al
Presupuesto de la Universidad de Jaén para el ejercicio 2025, y sus equivalentes en ejercicios
posteriores, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria de cada ejercicio.
La distribución estimada de la financiación de los contratos predoctorales por
aplicaciones presupuestarias, es la siguiente:
Aplicación
presupuestaria
02.03 IFSP 644
2025
2026
2027
2028
2029
TOTAL
30.627 €
122.509 €
128.190 €
151.819 €
128.680 €
561.825 €
7. Régimen de incompatibilidades.
7.1. Incompatibilidad con otros contratos.
Los contratos financiados serán incompatibles con la vigencia de cualquier otro
contrato laboral por parte del personal investigador predoctoral en formación contratado
y con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, cuando ello
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321576
Importes en euros.
La distribución de la cuantía total máxima recogida en esta convocatoria tiene carácter
meramente estimativo.