Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villarta de los Montes. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (02114/2025)
Aprobación del Reglamento interno de la residencia de mayores
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Ayuntamiento de Villarta de los Montes
Anuncio 2114/2025
técnico del centro residencial y siempre que tengan reconocido grado de dependencia.
Segundo: Quienes estén ocupando plaza en el centro de día de Villarta de los Montes,
priorizando el de mayor antigüedad.
Tercero: Personas empadronadas en la localidad de Villarta de los Montes.
Cuarto: Por situación socio-económica, teniendo preferencia el solicitante de mayor
vulnerabilidad.
Quinto: Por orden de registro de entrada en el Ayuntamiento de Villarta de los Montes,
teniendo prioridad los de mayor antigüedad.
Para las plazas acreditadas/privadas:
Primero: Personas empadronadas en la localidad de Villarta de los Montes.
Segundo: Por orden de registro de entrada de la solicitud de ingreso en el Ayuntamiento de Villarta de los Montes, teniendo
prioridad las de mayor antigüedad.
Para todos los tipos de plazas:
Cuando se produzca una plaza vacante y siempre que el solicitante, incluido en lista de espera,
se encuentre en las mismas condiciones físicas y/o psíquicas que dieron lugar a esa posición,
pasará a ocupar la plaza vacante, según riguroso orden de inclusión en la misma.
En caso de que se presentase un caso de extrema necesidad, las trabajadoras sociales de
SSASB junto con el/la director/a de la residencia de mayores, podrán priorizar el ingreso a
través de la elaboración de un Informe al respecto.
En el contrato figurarán además de los datos de filiación del interesado y familiar, los datos
identificativos del familiar o representante, una descripción de su estado físico y psíquico y se
acompañará la siguiente documentación:
- Acuse de recibo del presente Reglamento.
- Certificado médico de su estado físico y psíquico, firmado por facultativo
colegiado competente.
Regulación de tarifas:
En los 15 días posteriores al ingreso, y durante toda la estancia, siempre que se observe un
cambio en la situación del residente, los profesionales sanitarios y/o socio-sanitarios (DUE,
terapeutas ocupacional, Fisioterapeuta y Psicólogo) realizarán una evaluación de la capacidad
de la persona para la realización de las actividades básicas para la vida diaria, utilizando el
instrumento Índice de Barthel. Del mismo modo, para evaluar la dependencia funcional que
está estrechamente unida a la aparición de alteraciones cognitivas se utilizará el test
Minimental. Estas valoraciones deben estar firmadas con el número de colegiado. En función
de los resultados obtenidos se elaborará un plan de actuación individualizado para la persona
con el objetivo de mejorar sus funciones físicas, cognitivas y funcionales, para favorecer su
autonomía.
Tipos de tarifas:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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técnico del centro residencial y siempre que tengan reconocido grado de dependencia.
Segundo: Quienes estén ocupando plaza en el centro de día de Villarta de los Montes,
priorizando el de mayor antigüedad.
Tercero: Personas empadronadas en la localidad de Villarta de los Montes.
Cuarto: Por situación socio-económica, teniendo preferencia el solicitante de mayor
vulnerabilidad.
Quinto: Por orden de registro de entrada en el Ayuntamiento de Villarta de los Montes,
teniendo prioridad los de mayor antigüedad.
Para las plazas acreditadas/privadas:
Primero: Personas empadronadas en la localidad de Villarta de los Montes.
Segundo: Por orden de registro de entrada de la solicitud de ingreso en el Ayuntamiento de Villarta de los Montes, teniendo
prioridad las de mayor antigüedad.
Para todos los tipos de plazas:
Cuando se produzca una plaza vacante y siempre que el solicitante, incluido en lista de espera,
se encuentre en las mismas condiciones físicas y/o psíquicas que dieron lugar a esa posición,
pasará a ocupar la plaza vacante, según riguroso orden de inclusión en la misma.
En caso de que se presentase un caso de extrema necesidad, las trabajadoras sociales de
SSASB junto con el/la director/a de la residencia de mayores, podrán priorizar el ingreso a
través de la elaboración de un Informe al respecto.
En el contrato figurarán además de los datos de filiación del interesado y familiar, los datos
identificativos del familiar o representante, una descripción de su estado físico y psíquico y se
acompañará la siguiente documentación:
- Acuse de recibo del presente Reglamento.
- Certificado médico de su estado físico y psíquico, firmado por facultativo
colegiado competente.
Regulación de tarifas:
En los 15 días posteriores al ingreso, y durante toda la estancia, siempre que se observe un
cambio en la situación del residente, los profesionales sanitarios y/o socio-sanitarios (DUE,
terapeutas ocupacional, Fisioterapeuta y Psicólogo) realizarán una evaluación de la capacidad
de la persona para la realización de las actividades básicas para la vida diaria, utilizando el
instrumento Índice de Barthel. Del mismo modo, para evaluar la dependencia funcional que
está estrechamente unida a la aparición de alteraciones cognitivas se utilizará el test
Minimental. Estas valoraciones deben estar firmadas con el número de colegiado. En función
de los resultados obtenidos se elaborará un plan de actuación individualizado para la persona
con el objetivo de mejorar sus funciones físicas, cognitivas y funcionales, para favorecer su
autonomía.
Tipos de tarifas:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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