Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Solana de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02330/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de dos puestos de Entrenador/a de Fútbol y un puesto de Entrenador/a de Pádel
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Solana de los Barros
Anuncio 2330/2025
11.3. Falta de presentación de documentos.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General del Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional, de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado, y salvo los
casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno
de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
En este supuesto, además, se entenderá efectuada la propuesta de nombramiento del Tribunal en favor del
aspirante que, tras el decaído en su derecho, hubiere aprobado la fase de concurso-oposición y ocupase el
siguiente lugar en el orden de puntuación final y así sucesivamente.
12.- Fase de periodo de prácticas.
En este periodo, el personal en prácticas realizará funciones propias del puesto de trabajo al que aspiran, donde se
someterán a un periodo de tres meses de prácticas, tendrán derecho a percibir las retribuciones del puesto.
Durante el tiempo de duración de esta fase de prácticas se realizará el seguimiento necesario de la actuación del/a aspirante
para constatar las aptitudes y actitudes personales respecto al ejercicio de sus funciones, estableciéndose para ello los
controles necesarios para su evaluación.
Al finalizar el periodo de prácticas, se emitirá un informe motivado sobre el trabajo realizado en este periodo de prácticas
con la calificación de "apto" o "no apto", según proceda.
Las personas aspirantes en prácticas que no superen el período de prácticas por haber obtenido la calificación de "no apta"
perderán todos los derechos a su nombramiento.
Durante el tiempo que la persona aspirante permanezca nombrada como personal laboral en prácticas, tendrán derecho a
ser retribuidas.
13. Decimocuarta.- Formación y funcionamiento de la bolsa de empleo.
Las personas aspirantes, aunque no hayan superado la fase de oposición y no hayan sido propuestas por el órgano técnico
de selección, por no existir suficientes plazas vacantes, pasarán a conformar una bolsa de empleo por el orden de la
puntuación total obtenida en el proceso selectivo. Teniendo en cuenta lo siguiente, el orden de prelación, será el siguiente:
- Primero, los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición, y sumada la fase de concurso, hayan
obtenido una mayor puntuación.
- Segundo, los/as aspirantes que no hayan superado la fase de oposición, y sumada la fase de concurso,
hayan obtenido una mayor puntuación.
La bolsa de empleo se destinará a las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir necesidades temporales
debidas a vacantes de esta plaza o, si se motiva en base a criterios de necesidad y urgencia, cualquier otra de equivalente
escala, grupo y subgrupo. Dichas vacantes lo podrán ser por vacaciones, bajas por enfermedad y/o accidente laboral,
maternidad, paternidad o cualesquiera otras necesidades de los servicios. La bolsa tendrá validez hasta la realización de
otro proceso para la formación de una bolsa para la misma categoría profesional, o una duración máxima de doce meses,
en su caso.
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del aspirante al último lugar de la bolsa de empleo, salvo que
concurra una de las siguientes circunstancias, debidamente acreditadas.
- Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
- Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
El llamamiento se realizará siguiendo el orden de puntuación que haya sido obtenida por los/as aspirantes.
Notificado el mismo, el plazo para que se presente será de 3 días.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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11.3. Falta de presentación de documentos.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General del Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional, de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado, y salvo los
casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno
de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
En este supuesto, además, se entenderá efectuada la propuesta de nombramiento del Tribunal en favor del
aspirante que, tras el decaído en su derecho, hubiere aprobado la fase de concurso-oposición y ocupase el
siguiente lugar en el orden de puntuación final y así sucesivamente.
12.- Fase de periodo de prácticas.
En este periodo, el personal en prácticas realizará funciones propias del puesto de trabajo al que aspiran, donde se
someterán a un periodo de tres meses de prácticas, tendrán derecho a percibir las retribuciones del puesto.
Durante el tiempo de duración de esta fase de prácticas se realizará el seguimiento necesario de la actuación del/a aspirante
para constatar las aptitudes y actitudes personales respecto al ejercicio de sus funciones, estableciéndose para ello los
controles necesarios para su evaluación.
Al finalizar el periodo de prácticas, se emitirá un informe motivado sobre el trabajo realizado en este periodo de prácticas
con la calificación de "apto" o "no apto", según proceda.
Las personas aspirantes en prácticas que no superen el período de prácticas por haber obtenido la calificación de "no apta"
perderán todos los derechos a su nombramiento.
Durante el tiempo que la persona aspirante permanezca nombrada como personal laboral en prácticas, tendrán derecho a
ser retribuidas.
13. Decimocuarta.- Formación y funcionamiento de la bolsa de empleo.
Las personas aspirantes, aunque no hayan superado la fase de oposición y no hayan sido propuestas por el órgano técnico
de selección, por no existir suficientes plazas vacantes, pasarán a conformar una bolsa de empleo por el orden de la
puntuación total obtenida en el proceso selectivo. Teniendo en cuenta lo siguiente, el orden de prelación, será el siguiente:
- Primero, los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición, y sumada la fase de concurso, hayan
obtenido una mayor puntuación.
- Segundo, los/as aspirantes que no hayan superado la fase de oposición, y sumada la fase de concurso,
hayan obtenido una mayor puntuación.
La bolsa de empleo se destinará a las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir necesidades temporales
debidas a vacantes de esta plaza o, si se motiva en base a criterios de necesidad y urgencia, cualquier otra de equivalente
escala, grupo y subgrupo. Dichas vacantes lo podrán ser por vacaciones, bajas por enfermedad y/o accidente laboral,
maternidad, paternidad o cualesquiera otras necesidades de los servicios. La bolsa tendrá validez hasta la realización de
otro proceso para la formación de una bolsa para la misma categoría profesional, o una duración máxima de doce meses,
en su caso.
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del aspirante al último lugar de la bolsa de empleo, salvo que
concurra una de las siguientes circunstancias, debidamente acreditadas.
- Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
- Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
El llamamiento se realizará siguiendo el orden de puntuación que haya sido obtenida por los/as aspirantes.
Notificado el mismo, el plazo para que se presente será de 3 días.
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