Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02320/2025)
Bases de la convocatoria para cubrir una plaza de Gerente de Dinamización Comercial, funcionario interino, turno libre, por el sistema de concurso-oposición para el Ayuntamiento de Castuera
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Castuera
Anuncio 2320/2025
En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el
Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro competente en la materia, que acredite la citada
equivalencia. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el
Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la administración competente para ello.
2. Fecha de cumplimiento de requisitos. Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán cumplirse a fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo. Igualmente, deberán
mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento del nombramiento, y acreditarse, en caso de resultar
seleccionado, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
Tercero.- Forma y plazo de presentación de instancias.
1. Instancias: En las instancias dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Castuera, solicitando tomar
parte en el concurso-oposición, conforme al modelo que aparece en el anexo I, los aspirantes deberán manifestar que
reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos en que se recogen, en la base segunda, debiéndose
acompañar:
• Copia del DNI, NIE o pasaporte.
• Copia de la titulación académica requerida.
• Copia del proyecto a valorar en la fase de selección (base séptima). La no presentación del proyecto
supondrá la exclusión del proceso selectivo. La falta de este requisito no es subsanable.
• Documentación correspondiente a la acreditación de méritos en la fase correspondiente al concurso.
• Justificante de haber realizado el ingreso bancario de los derechos de examen dentro del plazo legal
concedido para ello. Y caso de tener derecho a la reducción de dicho importe, documento que justifique su
aplicación. En ningún caso la presentación del justificante del ingreso bancario de los derechos de examen,
supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
De acuerdo con lo establecido en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen del Ayuntamiento de
Castuera, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia anuncio 10843/2007, número 251, de fecha 31 de diciembre de 2007
la tarifa de la tasa será la siguiente:
Grupo C: 12,00 €
La cuenta bancaria donde se realizará el ingreso es:
ES78 3001 0044 8144 1000 0820
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a instancia del
interesado.
2. Lugar de presentación de instancias:
• En el registro general de este Excmo. Ayuntamiento, en horario de atención al público de lunes a viernes o
bien por la sede electrónica (https://castuera.sedelectronica.es/info.0).
• También podrán presentarse conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común y adelantar posteriormente, dentro del plazo de presentación, copia
de la solicitud, al correo electrónico intervencion.ayto@castuera.es.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo, deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de
presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el registro general de
este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la mencionada oficina.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el
Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro competente en la materia, que acredite la citada
equivalencia. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el
Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la administración competente para ello.
2. Fecha de cumplimiento de requisitos. Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán cumplirse a fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo. Igualmente, deberán
mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento del nombramiento, y acreditarse, en caso de resultar
seleccionado, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
Tercero.- Forma y plazo de presentación de instancias.
1. Instancias: En las instancias dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Castuera, solicitando tomar
parte en el concurso-oposición, conforme al modelo que aparece en el anexo I, los aspirantes deberán manifestar que
reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos en que se recogen, en la base segunda, debiéndose
acompañar:
• Copia del DNI, NIE o pasaporte.
• Copia de la titulación académica requerida.
• Copia del proyecto a valorar en la fase de selección (base séptima). La no presentación del proyecto
supondrá la exclusión del proceso selectivo. La falta de este requisito no es subsanable.
• Documentación correspondiente a la acreditación de méritos en la fase correspondiente al concurso.
• Justificante de haber realizado el ingreso bancario de los derechos de examen dentro del plazo legal
concedido para ello. Y caso de tener derecho a la reducción de dicho importe, documento que justifique su
aplicación. En ningún caso la presentación del justificante del ingreso bancario de los derechos de examen,
supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
De acuerdo con lo establecido en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen del Ayuntamiento de
Castuera, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia anuncio 10843/2007, número 251, de fecha 31 de diciembre de 2007
la tarifa de la tasa será la siguiente:
Grupo C: 12,00 €
La cuenta bancaria donde se realizará el ingreso es:
ES78 3001 0044 8144 1000 0820
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a instancia del
interesado.
2. Lugar de presentación de instancias:
• En el registro general de este Excmo. Ayuntamiento, en horario de atención al público de lunes a viernes o
bien por la sede electrónica (https://castuera.sedelectronica.es/info.0).
• También podrán presentarse conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común y adelantar posteriormente, dentro del plazo de presentación, copia
de la solicitud, al correo electrónico intervencion.ayto@castuera.es.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo, deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de
presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el registro general de
este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la mencionada oficina.
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