Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (02357/2025)
Bases de la convocatoria para la concesión de becas escolares en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Almendralejo para el curso académico 2025-2026
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 2357/2025
- Cursar estudios en el curso académico 2025-2026 en centros educativos de Almendralejo.
Quinta.- Requisitos económicos de los beneficiarios.
A) Podrán optar a esta ayuda todas aquellas personas que durante el curso académico 2025-2026 se encuentren cursando
educación infantil, educación primaria o educación secundaria.
B) Se podrán proponer como beneficiarios de estas ayudas al alumnado con una renta familiar mensual disponible menor o
igual a:
Familias de 2 miembros
Hasta 720,00 €
Familias de 3 miembros
Hasta 792,00 €
Familias de 4 miembros
Hasta 871,20 €
Familias de 5 miembros
Hasta 958,32 €
Familias de 6 miembros
Hasta 1.054,15 €
Familias de 7 o más miembros
Hasta 1.159,57 €
(Cuantía IPREM 2025 incrementado en un 20% para hasta 2 miembros y un 10% por cada miembro que se
incremente)
2. La renta familiar disponible se obtendrá por suma de rentas mensuales disponibles de cada uno de los
miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza.
3. Se consideran miembros computables todas aquellas personas que se encuentren empadronadas en el
domicilio del alumno, independientemente de la relación de parentesco que exista.
4. Aquellas unidades de convivencia que deban hacer un esfuerzo de vivienda (pago de hipoteca o alquiler) se
les descontará un 25% de los ingresos mensuales.
C) Existiendo crédito presupuestario suficiente, se concederán ayudas a aquellas familias que no excedan en más de 100
euros la renta familiar mensual correspondiente.
Sexta.- Gastos subvencionados.
Los gastos subvencionados con la presente convocatoria serán gastos relacionados con material escolar.
Séptima.- Régimen de incompatibilidades.
Las becas son compatibles entre sí e incompatibles con las concedidas por cualquier otra entidad pública o privada si esta
ha superado la cantidad de 650,00 €.
Octava.- Documentación.
- Modelo de solicitud según anexo I de la presente convocatoria.
- DNI de los miembros de la unidad de convivencia.
- Certificado de empadronamiento.
- Tarjeta de demanda de empleo de aquellos miembros de la unidad de convivencia que se encuentren
desempleados.
- Certificado del SEPE de aquellos miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años que se
encuentren desempleados.
- Certificado de prestaciones de la Seguridad Social de los miembros de la unidad de convivencia mayores de
18 años.
- Documentos acreditativos de los ingresos obtenidos por todos los miembros de la unidad de convivencia
relativos a los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud.
- Informe de vida laboral de los miembros mayores de 16 años de la unidad de convivencia.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Anuncio 2357/2025
- Cursar estudios en el curso académico 2025-2026 en centros educativos de Almendralejo.
Quinta.- Requisitos económicos de los beneficiarios.
A) Podrán optar a esta ayuda todas aquellas personas que durante el curso académico 2025-2026 se encuentren cursando
educación infantil, educación primaria o educación secundaria.
B) Se podrán proponer como beneficiarios de estas ayudas al alumnado con una renta familiar mensual disponible menor o
igual a:
Familias de 2 miembros
Hasta 720,00 €
Familias de 3 miembros
Hasta 792,00 €
Familias de 4 miembros
Hasta 871,20 €
Familias de 5 miembros
Hasta 958,32 €
Familias de 6 miembros
Hasta 1.054,15 €
Familias de 7 o más miembros
Hasta 1.159,57 €
(Cuantía IPREM 2025 incrementado en un 20% para hasta 2 miembros y un 10% por cada miembro que se
incremente)
2. La renta familiar disponible se obtendrá por suma de rentas mensuales disponibles de cada uno de los
miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza.
3. Se consideran miembros computables todas aquellas personas que se encuentren empadronadas en el
domicilio del alumno, independientemente de la relación de parentesco que exista.
4. Aquellas unidades de convivencia que deban hacer un esfuerzo de vivienda (pago de hipoteca o alquiler) se
les descontará un 25% de los ingresos mensuales.
C) Existiendo crédito presupuestario suficiente, se concederán ayudas a aquellas familias que no excedan en más de 100
euros la renta familiar mensual correspondiente.
Sexta.- Gastos subvencionados.
Los gastos subvencionados con la presente convocatoria serán gastos relacionados con material escolar.
Séptima.- Régimen de incompatibilidades.
Las becas son compatibles entre sí e incompatibles con las concedidas por cualquier otra entidad pública o privada si esta
ha superado la cantidad de 650,00 €.
Octava.- Documentación.
- Modelo de solicitud según anexo I de la presente convocatoria.
- DNI de los miembros de la unidad de convivencia.
- Certificado de empadronamiento.
- Tarjeta de demanda de empleo de aquellos miembros de la unidad de convivencia que se encuentren
desempleados.
- Certificado del SEPE de aquellos miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años que se
encuentren desempleados.
- Certificado de prestaciones de la Seguridad Social de los miembros de la unidad de convivencia mayores de
18 años.
- Documentos acreditativos de los ingresos obtenidos por todos los miembros de la unidad de convivencia
relativos a los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud.
- Informe de vida laboral de los miembros mayores de 16 años de la unidad de convivencia.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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