Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talavera la Real. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (02365/2025)
Bases para cubrir una plaza como funcionario interino por programa, de Gerente para la Dinamización Comercial en Talavera la Real
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Talavera la Real
Anuncio 2365/2025
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) No padecer enfermedad o discapacidad que impida o dificulte el desempeño de las correspondientes
funciones.
g) Estar en posesión del carnet de conducir tipo B en vigor y disponibilidad de vehículo.
Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, debiendo acreditarse, en el caso del aspirante seleccionado, en
el plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación de la relación de aprobados en el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento.
Cuarta.- Instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en este proceso selectivo, en la que los/as aspirantes deberán manifestar que reúnen
todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base tercera de la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración
del plazo señalado para la presentación de las mismas, y que se comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir
fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental
del Estado, además de realizar los cursos de formación específicos que imparta Extremadura Avante dentro del Programa
de formación y asesoramiento del pequeño comercio minorista de Extremadura, se ajustarán al modelo que se anexa como
anexo II en estas bases y serán dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Talavera la Real y presentadas
en el Registro general en horario de 9:00 a 14:00 horas, durante el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día
siguiente al de la fecha de publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Dicha convocatoria se publicará asimismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la página web.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Junto con la instancia, deberá presentarse obligatoriamente:
Fotocopia compulsada del DNI.
Título que acredite la formación exigida.
Carnet de conducir tipo B.
Proyecto que será defendido ante el Tribunal.
Certificado de desempleo del Sexpe.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados junto con la instancia o no acreditados documentalmente en plazo.
Los/as aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y a las
decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones o recursos pertinentes. Los errores de hecho que
pudieran advertirse, podrán ser subsanados en cualquier momento, de ocio o a petición del interesado. Los/as aspirantes
quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante
escrito motivado, dentro del plazo concedido para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna
petición de esta naturaleza.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa-Presidenta de la Corporación dictará resolución, en un
plazo máximo cinco (5) días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, que será
expuesta en el tablón de anuncios. En dicha resolución se concederá plazo de tres (3) días hábiles, para subsanar los
defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos/as y excluidos/as.
Los/as aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a
ser incluidos/as en la relación de admitidos/as, serán definitivamente excluidos/as de la realización de las pruebas.
Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en los mismos medios, resolución elevando a definitiva la lista
provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, con la inclusión correspondiente como admitidos/as de aquéllos que
fueron excluidos/as y que hayan subsanado errores u omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora
del comienzo de los ejercicios, así como la composición del Tribunal Calificador, publicándose con una antelación mínima de
dos días hábiles para el inicio del proceso selectivo.
Sexta.- Tribunal Calificador.
El Tribunal, designado por la Alcaldesa de la Corporación, estará integrado por un Presidente, tres vocales y un Secretario,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) No padecer enfermedad o discapacidad que impida o dificulte el desempeño de las correspondientes
funciones.
g) Estar en posesión del carnet de conducir tipo B en vigor y disponibilidad de vehículo.
Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, debiendo acreditarse, en el caso del aspirante seleccionado, en
el plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación de la relación de aprobados en el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento.
Cuarta.- Instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en este proceso selectivo, en la que los/as aspirantes deberán manifestar que reúnen
todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base tercera de la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración
del plazo señalado para la presentación de las mismas, y que se comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir
fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental
del Estado, además de realizar los cursos de formación específicos que imparta Extremadura Avante dentro del Programa
de formación y asesoramiento del pequeño comercio minorista de Extremadura, se ajustarán al modelo que se anexa como
anexo II en estas bases y serán dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Talavera la Real y presentadas
en el Registro general en horario de 9:00 a 14:00 horas, durante el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día
siguiente al de la fecha de publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Dicha convocatoria se publicará asimismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la página web.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Junto con la instancia, deberá presentarse obligatoriamente:
Fotocopia compulsada del DNI.
Título que acredite la formación exigida.
Carnet de conducir tipo B.
Proyecto que será defendido ante el Tribunal.
Certificado de desempleo del Sexpe.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados junto con la instancia o no acreditados documentalmente en plazo.
Los/as aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y a las
decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones o recursos pertinentes. Los errores de hecho que
pudieran advertirse, podrán ser subsanados en cualquier momento, de ocio o a petición del interesado. Los/as aspirantes
quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante
escrito motivado, dentro del plazo concedido para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna
petición de esta naturaleza.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa-Presidenta de la Corporación dictará resolución, en un
plazo máximo cinco (5) días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, que será
expuesta en el tablón de anuncios. En dicha resolución se concederá plazo de tres (3) días hábiles, para subsanar los
defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos/as y excluidos/as.
Los/as aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a
ser incluidos/as en la relación de admitidos/as, serán definitivamente excluidos/as de la realización de las pruebas.
Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en los mismos medios, resolución elevando a definitiva la lista
provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, con la inclusión correspondiente como admitidos/as de aquéllos que
fueron excluidos/as y que hayan subsanado errores u omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora
del comienzo de los ejercicios, así como la composición del Tribunal Calificador, publicándose con una antelación mínima de
dos días hábiles para el inicio del proceso selectivo.
Sexta.- Tribunal Calificador.
El Tribunal, designado por la Alcaldesa de la Corporación, estará integrado por un Presidente, tres vocales y un Secretario,
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www.dip-badajoz.es/bop
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