Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02364/2025)
Bases y convocatoria para cubrir dos plazas de Agentes de la Policía Local
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Guareña
Anuncio 2364/2025
En todo lo no previsto expresamente en las presentes bases, en la Ley de Coordinación de Policías Locales de Extremadura o
en el Decreto 64/2022, de 8 de junio; será de aplicación a los tribunales calificadores, lo dispuesto para los órganos
colegiados en la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
5.5. Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas puedan presentarse, y adoptar las soluciones, criterios o medidas
necesarias para el buen orden del proceso selectivo.
5.6. Publicidad.
La totalidad de acuerdos que adopte el Tribunal Calificador, se insertarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de
Guareña.
Sexta.- Actuación de las personas aspirantes.
El orden de actuación de los y las aspirantes en las pruebas que no se puedan realizar conjuntamente, se determinará
previamente al comienzo de cada una de ellas, mediante sorteo público.
La resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes, así como el lugar, fecha, y hora de comienzo de las pruebas,
deberá publicarse con una antelación de, al menos, quince días hábiles a dicho comienzo.
Las pruebas selectivas, no podrán comenzar hasta transcurridos al menos un mes desde la fecha de publicación del anuncio
de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, ni exceder de seis meses el tiempo total comprendido entre dicha
publicación y la finalización de todos los ejercicios, salvo caso de fuerza mayor. No obstante, todas las pruebas deberán
estar concluidas con antelación suficiente al inicio del curso selectivo a celebrar en la Academia de Seguridad Pública de
Extremadura.
Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de dos días y un
máximo de quince días hábiles.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se harán públicos
en la sede electrónica del Ayuntamiento de Guareña (Badajoz).
Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistas del DNI, salvo
causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el Tribunal motivadamente.
La no presentación a cualquiera de las pruebas de la fase de la oposición, en el momento de ser llamadas, determinará
automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluida, en
consecuencia, del procedimiento selectivo.
Séptima.- Procedimiento de selección.
Se efectuará por el procedimiento de oposición libre, que constará de dos fases de carácter eliminatorio: Una de oposición
libre y un curso selectivo a superar en la Academia de la Seguridad Pública de Extremadura, que incluirá un periodo de
prácticas en el municipio respectivo.
La fase de oposición consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio, a desarrollar por el siguiente
orden:
a) Prueba de conocimientos: Consistirá en la contestación por escrito de un examen tipo test de hasta 100
preguntas con varias respuestas cada una, de las que sólo una será la correcta, en relación con el temario
establecido en el anexo III de las presentes bases. El tiempo máximo para la realización del mismo será de
120 minutos. Cada tres preguntas erróneamente contestadas restarán una contestada correctamente. Las
preguntas no contestadas no restarán respuestas correctas. El Tribunal de Selección incluirá 10 preguntas
adicionales como reserva, haciéndolo constar así en el cuestionario, para el caso de anulación posterior de
alguna de las anteriores, de manera que sólo serán tenidas en cuenta para el cómputo de la nota final a
medida que se vaya produciendo esa circunstancia.
b) Prueba práctica: Consistirá en contestar las preguntas, formuladas con varias respuestas alternativas cada
una de ellas, en relación a uno o varios supuestos prácticos planteados por el Tribunal de Selección. La nota
final de esta prueba vendrá determinada por la media aritmética de la suma de las notas obtenidas en cada
supuesto, en el caso de plantear más de uno, siendo necesario para superar dicha prueba obtener una nota
final mínima de cinco (5) puntos. Los supuestos prácticos versarán sobre materias de la parte específica del
programa incluido en el anexo III, categoría de Agente de la Policía Local turno libre, del Decreto 64/2022, de 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En todo lo no previsto expresamente en las presentes bases, en la Ley de Coordinación de Policías Locales de Extremadura o
en el Decreto 64/2022, de 8 de junio; será de aplicación a los tribunales calificadores, lo dispuesto para los órganos
colegiados en la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
5.5. Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas puedan presentarse, y adoptar las soluciones, criterios o medidas
necesarias para el buen orden del proceso selectivo.
5.6. Publicidad.
La totalidad de acuerdos que adopte el Tribunal Calificador, se insertarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de
Guareña.
Sexta.- Actuación de las personas aspirantes.
El orden de actuación de los y las aspirantes en las pruebas que no se puedan realizar conjuntamente, se determinará
previamente al comienzo de cada una de ellas, mediante sorteo público.
La resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes, así como el lugar, fecha, y hora de comienzo de las pruebas,
deberá publicarse con una antelación de, al menos, quince días hábiles a dicho comienzo.
Las pruebas selectivas, no podrán comenzar hasta transcurridos al menos un mes desde la fecha de publicación del anuncio
de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, ni exceder de seis meses el tiempo total comprendido entre dicha
publicación y la finalización de todos los ejercicios, salvo caso de fuerza mayor. No obstante, todas las pruebas deberán
estar concluidas con antelación suficiente al inicio del curso selectivo a celebrar en la Academia de Seguridad Pública de
Extremadura.
Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de dos días y un
máximo de quince días hábiles.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se harán públicos
en la sede electrónica del Ayuntamiento de Guareña (Badajoz).
Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistas del DNI, salvo
causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el Tribunal motivadamente.
La no presentación a cualquiera de las pruebas de la fase de la oposición, en el momento de ser llamadas, determinará
automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluida, en
consecuencia, del procedimiento selectivo.
Séptima.- Procedimiento de selección.
Se efectuará por el procedimiento de oposición libre, que constará de dos fases de carácter eliminatorio: Una de oposición
libre y un curso selectivo a superar en la Academia de la Seguridad Pública de Extremadura, que incluirá un periodo de
prácticas en el municipio respectivo.
La fase de oposición consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio, a desarrollar por el siguiente
orden:
a) Prueba de conocimientos: Consistirá en la contestación por escrito de un examen tipo test de hasta 100
preguntas con varias respuestas cada una, de las que sólo una será la correcta, en relación con el temario
establecido en el anexo III de las presentes bases. El tiempo máximo para la realización del mismo será de
120 minutos. Cada tres preguntas erróneamente contestadas restarán una contestada correctamente. Las
preguntas no contestadas no restarán respuestas correctas. El Tribunal de Selección incluirá 10 preguntas
adicionales como reserva, haciéndolo constar así en el cuestionario, para el caso de anulación posterior de
alguna de las anteriores, de manera que sólo serán tenidas en cuenta para el cómputo de la nota final a
medida que se vaya produciendo esa circunstancia.
b) Prueba práctica: Consistirá en contestar las preguntas, formuladas con varias respuestas alternativas cada
una de ellas, en relación a uno o varios supuestos prácticos planteados por el Tribunal de Selección. La nota
final de esta prueba vendrá determinada por la media aritmética de la suma de las notas obtenidas en cada
supuesto, en el caso de plantear más de uno, siendo necesario para superar dicha prueba obtener una nota
final mínima de cinco (5) puntos. Los supuestos prácticos versarán sobre materias de la parte específica del
programa incluido en el anexo III, categoría de Agente de la Policía Local turno libre, del Decreto 64/2022, de 8
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