Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cilleros. (BOP-2025-2435)
BOP-2025-2435 Aprobación definitiva del Reglamento Municipal Residencia Mixta de Mayores.
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Se formará una lista de espera, y el ingreso se realizará por orden de entrada, salvo en casos
de especial urgencia.
- PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE RESIDENTE.
La condición de residente se perderá por alguna de las siguientes causas:
1. A petición propia.
2. Por sanción disciplinaria.
3. Por fallecimiento.
4. Por no reunir los requisitos exigidos para permanecer en el Centro.
Éstas y otras causas que surjan quedarán a cargo de estudio del Órgano Directivo.
F.- SISTEMA DE REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN EN ÓRGANOS DE GESTIÓN.
El órgano de asesoramiento, representación y participación será el Consejo Sectorial de la
Residencia Mixta de Mayores “Sierra Santa Olalla”, de Cilleros, cuyo mandato concluirá con el
de la respectiva Corporación Loca y estará integrado de la siguiente forma:
Presidente: El/la Sr./a Alcalde/sa-Presidente/a o Sr./a Concejal/a en quien delegue.
Secretario: El/la Sr./Sra. Secretario/a-Interventor/a del Ayuntamiento o funcionario
propio del Ayuntamiento a quién la Alcaldía encomiende dichas funciones, a propuesta
del titular de la Secretaría-Intervención, y que actuarán como delgados de éste. La
Secretaría del Consejo se ejerce con voz, pero sin voto.
Vocales:
- Los concejales/as de los Grupos Políticos Municipales designados por sus
portavoces, en proporción al número de concejales que tengan en el Pleno.
- El/la trabajador social del Ayuntamiento.
- Un representante del Concesionario del servicio.
- Un representante de los trabajadores del Centro.
- Un representante de los residentes del Centro.
CVE:
BOP-2025-2435
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
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