Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cilleros. (BOP-2025-2435)
BOP-2025-2435 Aprobación definitiva del Reglamento Municipal Residencia Mixta de Mayores.
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La convocatoria del Consejo se realizará por la Presidencia del mismo, en horario y días de
oficina, en concreto de 9 horas a 13 horas, de lunes a viernes y su convocatoria se efectuará
con 48 horas de antelación, salvo en casos de especial urgencia. Los acuerdos se adoptarán
por mayoría simple, dirimiendo en caso de empate, el voto de calidad de la Presidencia.
Para su válida constitución será necesario que asistan en primera convocatoria la mitad de sus
miembros y en segunda convocatoria, 48 horas después, quedará válidamente constituida
cualquiera que sea el número de asistentes.
Se levantará acta de las sesiones, en la que figurarán los asistentes a la reunión, desarrollo del
orden del día y acuerdos tomados.
Son facultades del Consejo, las siguientes, que tendrán exclusivamente carácter de informe,
estudio, consulta y, en general, asesoramiento a los órganos municipales:
1. Planteamiento y propuesta de resolución de posibles problemas que pudieran surgir
en el Centro, con el objeto de procurar y mejorar el buen funcionamiento del mismo.
2. Velar por unas relaciones de convivencia participativas y democráticas entre los
usuarios.
3. Estimular la solidaridad entre los residentes.
4. Cualquier otra, de informe y en su caso propuesta, en relación a las iniciativas
municipales relativas al servicio de referencia.
El Consejo, a iniciativa de la presidencia, podrá ser oído en los siguientes casos:
- Previa convocatoria de su Presidencia, a efectos de asesoramiento de los órganos
municipales, en aquellos asuntos de interés del servicio que por su transcendencia considere
oportuno que sean estudiadas por el Consejo.
G.- SISTEMA DE RECOGIDA DE SUGERENCIAS Y CANALIZACIÓN Y RESOLUCIÓN DE
QUEJAS Y RECLAMACIONES.
Se habilitará un sistema de recogida de reclamaciones, quejas y sugerencias. Para ello se
instalará un buzón en un lugar visible del Centro, donde los usuarios podrán depositar las
mismas. Éstas serán remitidas por el adjudicatario del servicio al Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento, el cual adoptará la decisión procedente, oídas en su caso las partes implicadas.
CVE:
BOP-2025-2435
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
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