Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Alagón. (BOP-2025-2445)
BOP-2025-2445 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno del Programa de Formación y Empleo Escala "Valle Del Alagón en Formación VII".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad Integ. de Municipios Valle del Alagón
Plaza de España, nº 1, Pozuelo de Zarzón. 10813 (Cáceres). Tfno. 927448250. Fax:
carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la
vida familiar y laboral.
● Por asuntos particulares, seis días. Las solicitudes para el disfrute de estos días
serán cursadas ante la oficina de personal, con una antelación mínima de 72
horas excepto en casos extraordinarios, acusándose recibo de la misma.
Salvo excepción motivada por el equipo directivo y técnico del Programa, no
podrán coincidir más de un 30% de los componentes de una especialidad
formativa o personal directivo y técnico del proyecto, debiendo tener la
autorización del personal docente de la especialidad, del Coordinador de
Formación, además de contar siempre con el Vº Bº del director del Proyecto. La
Dirección valorará la petición y autorizará, o no, el día de asuntos propios,
comunicándoselo al solicitante.
En caso de denegación deberá notificarlo en las siguientes 24 horas,
motivando suficientemente las necesidades del servicio causantes de dicha
denegación.
Estos días no podrán ser acumulados a otros permisos o licencias.
● Por matrimonio propio, inscripción en el Registro Oficial de Parejas o convivencia
estable, 15 días naturales pudiendo ser acumulables a los meses de
vacaciones.
● Necesidades de asesoramiento por un sindicato e información del trabajador o
trabajadora que esté afiliado/a a un sindicato, un día al año.
● El tiempo necesario para asistir a consulta médica, del trabajador o persona a su
cargo que deberá acreditarse mediante parte del facultativo en la que se hagan
constar las horas de asistencia y consulta.
● Por matrimonio de ascendientes, descendientes, hermanos, un día.
No se concederá permiso retribuido para la realización de cualesquiera actividades
anteriores cuando puedan llevarse a cabo en horario distinto de la jornada
formativa y de trabajo.
CAPÍTULO IV: REGLAS DE FUNCIONAMIENTO.
8. Responsabilidad Patrimonial.
El Proyecto no se hará responsable de la pérdida de cualquier objeto de valor o dinero
que no sea depositado en las dependencias, contra recibo del mismo.
En caso de pérdida de cualquier objeto, deberá comunicarse a la Dirección y/o al
personal docente.
Cualquier objeto que se encuentre habrá de ser entregado inmediatamente a la
Dirección.
9. Botiquín.
CVE:
BOP-2025-2445
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
Pág. 11422
Plaza de España, nº 1, Pozuelo de Zarzón. 10813 (Cáceres). Tfno. 927448250. Fax:
carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la
vida familiar y laboral.
● Por asuntos particulares, seis días. Las solicitudes para el disfrute de estos días
serán cursadas ante la oficina de personal, con una antelación mínima de 72
horas excepto en casos extraordinarios, acusándose recibo de la misma.
Salvo excepción motivada por el equipo directivo y técnico del Programa, no
podrán coincidir más de un 30% de los componentes de una especialidad
formativa o personal directivo y técnico del proyecto, debiendo tener la
autorización del personal docente de la especialidad, del Coordinador de
Formación, además de contar siempre con el Vº Bº del director del Proyecto. La
Dirección valorará la petición y autorizará, o no, el día de asuntos propios,
comunicándoselo al solicitante.
En caso de denegación deberá notificarlo en las siguientes 24 horas,
motivando suficientemente las necesidades del servicio causantes de dicha
denegación.
Estos días no podrán ser acumulados a otros permisos o licencias.
● Por matrimonio propio, inscripción en el Registro Oficial de Parejas o convivencia
estable, 15 días naturales pudiendo ser acumulables a los meses de
vacaciones.
● Necesidades de asesoramiento por un sindicato e información del trabajador o
trabajadora que esté afiliado/a a un sindicato, un día al año.
● El tiempo necesario para asistir a consulta médica, del trabajador o persona a su
cargo que deberá acreditarse mediante parte del facultativo en la que se hagan
constar las horas de asistencia y consulta.
● Por matrimonio de ascendientes, descendientes, hermanos, un día.
No se concederá permiso retribuido para la realización de cualesquiera actividades
anteriores cuando puedan llevarse a cabo en horario distinto de la jornada
formativa y de trabajo.
CAPÍTULO IV: REGLAS DE FUNCIONAMIENTO.
8. Responsabilidad Patrimonial.
El Proyecto no se hará responsable de la pérdida de cualquier objeto de valor o dinero
que no sea depositado en las dependencias, contra recibo del mismo.
En caso de pérdida de cualquier objeto, deberá comunicarse a la Dirección y/o al
personal docente.
Cualquier objeto que se encuentre habrá de ser entregado inmediatamente a la
Dirección.
9. Botiquín.
CVE:
BOP-2025-2445
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
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