Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2025-2721)
BOP-2025-2721 Aprobación definitiva de las Bases para la concesión de Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias.
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e) Previo informe motivado de los Servicios Sociales de Atención Social Básica, en la
resolución de concesión podrá exigirse a cualquiera de las personas integrantes de la
unidad familiar la obligación de participar en acciones de inserción social, laboral y/o
formativas o análogas con el fin de propiciar su integración y de abandonar el proceso
de exclusión o riesgo de exclusión social en que se encuentra la unidad familiar.
QUINTA.-PLAZOYLUGARDEPRESENTACIÓNDESOLICITUDES.
1. Las instancias se dirigirán al Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres y se presentarán en
el Registro General del Ayuntamiento, así como en las demás formas previstas en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Los/as interesados/as, deberán entregar la solicitud debidamente
cumplimentada con toda la documentación necesaria.
2. El plazo para poder solicitar las ayudas estará abierto, desde el día siguiente a la
publicación de la presente convocatoria en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y
Boletín Oficial de la Provincia, hasta que se agote el crédito correspondiente al año
Malpartida de Cáceres de la subvención concedida para este fin por la Consejería de
Sanidad y Servicios Sociales, y en todo caso, hasta el día 30 de noviembre de 2025. Las
personas interesadas
Presentarán su solicitud conforme al modelo establecido en la presente convocatoria
(Anexo I).
SEXTA.–SOLICITUDES Y PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESION DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS.
Las solicitudes físicas se ajustarán al modelo oficial establecido en la presente
convocatoria, Anexo I.
El procedimiento para la concesión de las ayudas reguladas en esta convocatoria se
iniciará mediante solicitud del/la interesado/a, debidamente firmado y cumplimentado,
acompañada de la documentación exigida, permaneciendo abierto el plazo de solicitud conforme
se establece en la norma quinta de esta convocatoria. Si se agotaran dichos fondos, las
solicitudes se denegarán por no existir crédito presupuestario disponible y suficiente.
La concesión de las ayudas, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley 39/2015, de 1 de
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Lunes, 2 de junio de 2025
N.º 0102
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