Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejón El Rubio. (BOP-2025-2727)
BOP-2025-2727 Aprobación definitiva Ordenanza Reguladora del Servicio de Escuela Municipal de Educación Infantil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Torrejón el Rubio
Ayuntamiento de Torrejón el Rubio
Plaza de España, 1, Torrejón el Rubio. 10694 (Cáceres). Tfno. 927455004. Fax: 927455234
ARTÍCULO 13. Solicitudes de ingreso
1.Las solicitudes de ingreso estarán a disposición de los/as interesados/as en la Escuela Infantil
Municipal y en el Ayuntamiento.
La solicitud presentada deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Acreditación de la identidad de los padres o representante legal (DNI o documento equivalente)
Fotocopia del Libro de Familia donde conste la filiación del niño/a.
Certificado de Empadronamiento de la unidad familiar.
Dos fotografías del niño/a tamaño carné.
Original y Fotocopia del carné de vacunación o certificado equivalente.
La condición de miembro de familia numerosa se acreditará aportando el título oficial de familia
numerosa.
Firma de la aceptación de las obligaciones contenidas en la presente ordenanza.
2. Los padres/madres, tutores/as o representantes legales de los niños/as ya matriculados en la Escuela
Infantil Municipal, presentarán la solicitud de reserva de plaza. Estos, tendrán garantizada la
continuidad en el centro sin necesidad de someterse a un nuevo proceso de admisión, siempre que se
acredite que siguen cumpliendo los requisitos generales establecidos.
ARTÍCULO 14. Baremo
Finalizados los plazos de presentación de solicitudes, el Ayuntamiento procederá a la valoración de las
mismas, teniendo en cuenta el número de plazas disponibles, y adjudicando la correspondiente
puntuación a cada solicitud de acuerdo con los siguientes criterios de admisión:
a) Por cada hijo/a menor de 18 años, que conviva con la unidad familiar, contando al/a
solicitante: 2 puntos.
b) Por la existencia en la unidad familiar de algún/a miembro con discapacidad de 1 a 3 puntos
según la siguiente tabla:
Entre 33% y 45%: 1 punto.
Entre 46% y 65%: 2 puntos.
Más de 65%: 3 puntos.
c) Por cada hermano/a que asista al Centro durante el mismo curso: 2 puntos.
Situación laboral:
Únicamente se valorará una de las situaciones siguientes:
Ambos progenitores trabajan a jornada completa: 10 puntos.
Uno/a de los progenitores trabaja a jornada completa y el/a otro/a más de media jornada: 9
CVE:
BOP-2025-2727
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 2 de junio de 2025
N.º 0102
Pág. 13048
Ayuntamiento de Torrejón el Rubio
Plaza de España, 1, Torrejón el Rubio. 10694 (Cáceres). Tfno. 927455004. Fax: 927455234
ARTÍCULO 13. Solicitudes de ingreso
1.Las solicitudes de ingreso estarán a disposición de los/as interesados/as en la Escuela Infantil
Municipal y en el Ayuntamiento.
La solicitud presentada deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Acreditación de la identidad de los padres o representante legal (DNI o documento equivalente)
Fotocopia del Libro de Familia donde conste la filiación del niño/a.
Certificado de Empadronamiento de la unidad familiar.
Dos fotografías del niño/a tamaño carné.
Original y Fotocopia del carné de vacunación o certificado equivalente.
La condición de miembro de familia numerosa se acreditará aportando el título oficial de familia
numerosa.
Firma de la aceptación de las obligaciones contenidas en la presente ordenanza.
2. Los padres/madres, tutores/as o representantes legales de los niños/as ya matriculados en la Escuela
Infantil Municipal, presentarán la solicitud de reserva de plaza. Estos, tendrán garantizada la
continuidad en el centro sin necesidad de someterse a un nuevo proceso de admisión, siempre que se
acredite que siguen cumpliendo los requisitos generales establecidos.
ARTÍCULO 14. Baremo
Finalizados los plazos de presentación de solicitudes, el Ayuntamiento procederá a la valoración de las
mismas, teniendo en cuenta el número de plazas disponibles, y adjudicando la correspondiente
puntuación a cada solicitud de acuerdo con los siguientes criterios de admisión:
a) Por cada hijo/a menor de 18 años, que conviva con la unidad familiar, contando al/a
solicitante: 2 puntos.
b) Por la existencia en la unidad familiar de algún/a miembro con discapacidad de 1 a 3 puntos
según la siguiente tabla:
Entre 33% y 45%: 1 punto.
Entre 46% y 65%: 2 puntos.
Más de 65%: 3 puntos.
c) Por cada hermano/a que asista al Centro durante el mismo curso: 2 puntos.
Situación laboral:
Únicamente se valorará una de las situaciones siguientes:
Ambos progenitores trabajan a jornada completa: 10 puntos.
Uno/a de los progenitores trabaja a jornada completa y el/a otro/a más de media jornada: 9
CVE:
BOP-2025-2727
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 2 de junio de 2025
N.º 0102
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