Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herguijuela. (BOP-2025-2895)
BOP-2025-2895 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de Prestación de servicios del Centro Residencial Mixto con Centro de Día/Comedor.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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b.2) Plazas Autónomos. Servicio Residencial para personas mayores con autonomía.
- Cuota mes 800 € más subida anual del I.P.C.
C) Plazas Públicas de Centro de Día.
Servicio de Centro de Día para personas mayores en situación de dependencia. Con el límite
máximo del precio público fijado anualmente, según Orden a la que se ha hecho mención en el
punto A), los/as usuarios/as de este tipo de Centro satisfarán una cuota mensual equivalente a:
- El 25% de los ingresos que perciban por todos los conceptos, con las exenciones y
reducciones que en ella se establecen. (siendo el máximo 201,23 €/mes –precios
públicos de la Junta de Extremadura año 2024 publicados en el D.O.E.- pendiente de
actualización una vez sean publicados los precios públicos de la Junta de Extremadura
en el año 2025).
D) Plazas Privadas de Centro de Día:
d.1) Plazas Públicas Acreditadas o Vinculadas al Servicio de Centro de Día -PEVS prestación
económica vinculada al servicio-, cuota diferenciada por grado de dependencia del/a usuario/a.
- Usuario/a con dependencia moderada o Grado I. Cuota mes 500 más subida anual del
I.P.C.
- Usuario/a con dependencia severa o Grado II. Cuota mes 600 € más subida anual del
I.P.C.
- Usuario con gran dependencia o Grado III. Cuota mes 700 € más subida anual del
I.P.C.
d.2) Servicio de comedor. Centro de Día/Comedor para personas mayores con autonomía.
- Cuota mes 400 € más subida anual del I.P.C.
3.3. Los importes establecidos se modificarán anualmente según las variaciones del IPC
correspondiente. En esas cuantías está incluido el IVA correspondiente.
3.4. Las tarifas de precios aquí reflejadas deberán ser aprobadas por el SEPAD y serán
expuestas en el tablón de anuncios.
CVE:
BOP-2025-2895
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 9 de junio de 2025
N.º 0107
Pág. 13648
- Cuota mes 800 € más subida anual del I.P.C.
C) Plazas Públicas de Centro de Día.
Servicio de Centro de Día para personas mayores en situación de dependencia. Con el límite
máximo del precio público fijado anualmente, según Orden a la que se ha hecho mención en el
punto A), los/as usuarios/as de este tipo de Centro satisfarán una cuota mensual equivalente a:
- El 25% de los ingresos que perciban por todos los conceptos, con las exenciones y
reducciones que en ella se establecen. (siendo el máximo 201,23 €/mes –precios
públicos de la Junta de Extremadura año 2024 publicados en el D.O.E.- pendiente de
actualización una vez sean publicados los precios públicos de la Junta de Extremadura
en el año 2025).
D) Plazas Privadas de Centro de Día:
d.1) Plazas Públicas Acreditadas o Vinculadas al Servicio de Centro de Día -PEVS prestación
económica vinculada al servicio-, cuota diferenciada por grado de dependencia del/a usuario/a.
- Usuario/a con dependencia moderada o Grado I. Cuota mes 500 más subida anual del
I.P.C.
- Usuario/a con dependencia severa o Grado II. Cuota mes 600 € más subida anual del
I.P.C.
- Usuario con gran dependencia o Grado III. Cuota mes 700 € más subida anual del
I.P.C.
d.2) Servicio de comedor. Centro de Día/Comedor para personas mayores con autonomía.
- Cuota mes 400 € más subida anual del I.P.C.
3.3. Los importes establecidos se modificarán anualmente según las variaciones del IPC
correspondiente. En esas cuantías está incluido el IVA correspondiente.
3.4. Las tarifas de precios aquí reflejadas deberán ser aprobadas por el SEPAD y serán
expuestas en el tablón de anuncios.
CVE:
BOP-2025-2895
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 9 de junio de 2025
N.º 0107
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