Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Deleitosa. (BOP-2025-2921)
BOP-2025-2921 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Abastecimiento de Agua potable y ahorro en el consumo.
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1. El corte del suministro se realizará, previa comunicación de la resolución municipal
correspondiente al interesado, mediante el cierre u obturación de la llave de paso existente
entre la red municipal y el o los contadores.
2. El abonado podrá, en todo caso, antes de la realización del corte de suministro, abonar las
cantidades que se le hubieren liquidado más la nueva cuota de enganche o conexión.
Artículo 26. Resolución de los expedientes.
La resolución del corte de suministro corresponderá al Alcalde/sa, sin perjuicio de las
delegaciones que pudiera otorgar.
CAPÍTULO VII: CONSUMO Y TARIFAS.
Artículo 27. Financiación del servicio.
Las tarifas del servicio de suministro domiciliario de agua potable serán autosuficientes para la
financiación del mismo, incluyendo las reservas económicas necesarias para el mantenimiento
y renovación de sus instalaciones y se estará a lo establecido en la correspondiente Ordenanza
Fiscal.
Artículo 28. Lectura del contador.
1. La lectura del contador se efectuará por los servicios municipales o entidad concesionaria
del servicio de abastecimiento de agua una vez al cuatrimestre, en las primeras quincenas de
mayo, septiembre y enero. El consumo que refleje el contador será anotado en la hoja de
lectura del servicio municipal. A ese consumo se le aplicarán las tarifas establecidas en la
Ordenanza Fiscal en vigor, correspondientes al tipo de uso contratado.
2. De no ser posible la lectura del contador, se facturará por la cantidad consumida durante el
mismo periodo del año anterior, hasta la actualización del consumo.
Artículo 29. Recibos.
1. Los recibos no satisfechos en los períodos voluntarios señalados en los mismos serán
satisfechos por vía de apremio, conforme a la legislación de Régimen Local.
2. Los propietarios de los inmuebles, locales y viviendas cedidos en arrendamiento y otro
disfrute serán subsidiariamente responsables de los recibos que no hubieren sido satisfechos.
3. En el recibo de la tasa por el servicio de suministro del agua potable también podrán
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BOP-2025-2921
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Martes, 10 de junio de 2025
N.º 0108
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