Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2025-2998)
BOP-2025-2998 Convocatoria de una plaza de Oficial Electricista con carácter interino.
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no residan en España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as, y que no
residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de
estancia, deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte y
fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los/as familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar una fotocopia
compulsada del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la
correspondiente tarjeta o resguardo de haber solicitado la exención del visado y la correspondiente
tarjeta. También deberán presentar la documentación expedida por las autoridades competentes que
acrediten el vínculo del parentesco y una declaración jurada o promesa del español o nacional de la
Unión Europea, con el que existe este vínculo, de que no está separado/a de derecho de su cónyuge
y, en su caso, del hecho de que el/la aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
e) Certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio,
en el que se haga constar expresamente que el/la aspirante posee la capacidad funcional para el
desarrollo de las tareas.
En todo caso, el certificado médico citado en párrafo anterior no excluirá, en absoluto, las
comprobaciones posteriores que sean realizadas por el Ayuntamiento de Moraleja.
Si el/la aspirante propuesto/a tuviera la condición de empleado/a público/a estará exento de
justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior
nombramiento/contratación, debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de la
Administración Pública de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que
consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor el/la aspirante propuesto/a no
presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que carece de los requisitos
exigidos, no podrá ser contratado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia solicitando tomar parte
en el proceso selectivo. En este caso el Ilmo. Sr. Alcalde efectuará nombramiento a favor de quien,
habiendo alcanzado la puntuación mínima exigida en los ejercicios de la oposición, siga en el orden
de clasificación definitiva, una vez acreditados el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Concluido el proceso selectivo y acreditados documentalmente los requisitos, se dictará
Resolución de Alcaldía disponiendo la contratación del/la aspirante propuesto/a.
OCTAVA.- BOLSA DE TRABAJO
Para la constitución de listas de espera, en los términos previstos en el artículo 29 del Decreto
201/1995, de 26 de diciembre, se confeccionará con el resto de aspirantes que hubiesen superado el
proceso selectivo, no propuestos/as para ocupar el puesto, ordenados/as por riguroso orden de
puntuación según la clasificación definitiva elaborada por el Tribunal de Selección, una bolsa de
trabajo para el llamamiento y contratación de empleados/as, cuando se halle vacante el puesto y no
sea posible cubrirlo por personal fijo, sin necesidad de convocar un nuevo proceso de selección, que
estará vigente hasta la cobertura definitiva del puesto de Oficial/a Electricista, máximo 3 años.
El orden de llamamiento de los/as aspirantes inscritos/as en la bolsa será por sistema rotativo:
 Causas de la rotación: a fin de cubrir vacante temporal para suplencia del titular por
incapacidad laboral temporal, renuncias, excedencias...
Cód.
Validación:
4ZLXYW2MHEH2554P39MZGTCXK
Verificación:
https://moraleja.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
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Jueves, 12 de junio de 2025
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