Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Vera. (BOP-2025-3054)
BOP-2025-3054 Aprobación definitiva del Programa de Gestión de Colonias Felinas.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
P R O G R A M A D E G E S T I Ó N D E C O L O N I A S F E L I N A S
D E L A Y U N T A M I E N T O D E V I L L A N U E V A D E L A V E R A .
Pág. 7 de 10
A las personas cuidadoras de colonias felinas se les asignará una colonia y
sus funciones serán las siguientes:
— Captura de los animales para su registro y esterilización.
— Suelta de los mismos, una vez registrados y esterilizados.
— Suministro controlado de alimento adecuado y de agua limpia y fresca a
los gatos de la colonia.
— Limpieza periódica de las zonas destinadas a la alimentación y a las
deposiciones.
— Información al Ayuntamiento sobre cualquier problema o incidencia en la
colonia.
— Cumplimiento del presente Programa o sus posibles modificaciones.
ARTÍCULO 9. Gestión de las personas cuidadoras
Las personas que, de manera voluntaria, deseen comprometerse con el
cuidado cuidado y atención de los gatos de las colonias felinas, deberán presentar
solicitud de persona cuidadora autorizada en el correspondiente registro del
Ayuntamiento.
Este Ayuntamiento dispone del registro de personas cuidadoras presentadas
voluntariamente, a las que se les facilitará un carne identificativo.
Cualquier persona cuidadora de colonias felinas podrá cesar en cualquier
momento por decisión propia, debiéndolo comunicar al Ayuntamiento con
antelación mínima de 15 días
En caso de incumplimiento reiterado de sus obligaciones o de lo previsto en
el presente Programa, o si del mismo se derivan perjuicios graves para la adecuada
gestión de las colonias felinas, se dará lugar a la pérdida de la condición de persona
cuidadora.
ARTÍCULO 10. Obligaciones de los ciudadanos
En virtud del artículo 41 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de
los derechos y el bienestar de los animales as personas, en su convivencia natural
con las colonias felinas, deberán respetar la integridad, seguridad y calidad de vida
de los gatos, así como las instalaciones de comida y refugio, propias del programa
de gestión de gatos comunitarios.
CVE:
BOP-2025-3054
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de junio de 2025
N.º 0112
Pág. 14334